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  • Empleados de Comercio: categoría por categoría, cómo serán los aumentos de sueldo desde agosto hasta fin de 2025 :: Asdigitalnews

    Parana » Asdigitalnews

    Fecha: 08/08/2025 00:22

    Tras el acuerdo paritario firmado en junio de 2025, y la reciente homologación del ministerio de Capital Humano, los empleados de comercio percibirán aumentos mensuales progresivos desde agosto 2025 hasta enero 2026. El entendimiento, firmado entre FAECyS y las cámaras empresarias, contempla una suma fija mensual de $40.000, no remunerativa, vigente hasta diciembre inclusive, y nuevos básicos que se consolidan desde enero 2026. Este artículo detalla, categoría por categoría, cuánto cobrarán los trabajadores del sector mes a mes, incluyendo adicionales como antigüedad y presentismo, según el Convenio Colectivo de Trabajo 130/75. ¿Cómo se compone el sueldo de un empleado de comercio? El salario mensual incluye: Sueldo básico, que varía mes a mes por categoría. Suma fija no remunerativa de $40.000 (julio a diciembre 2025). Antigüedad: 1% por año trabajado, aplicado sobre básicos y montos no remunerativos. Presentismo, según el artículo 40 del CCT 130/75. Los valores aquí informados corresponden a trabajadores de jornada completa, sin adicionales por zona o regímenes especiales. Escalas salariales por categoría – Mes a mes Administrativos Administrativo A: Agosto: $1.026.994 + $40.000 = $1.066.994 Septiembre: $1.037.062 + $40.000 = $1.077.062 Octubre: $1.047.131 + $40.000 = $1.087.131 Noviembre: $1.057.199 + $40.000 = $1.097.199 Diciembre: $1.067.268 + $40.000 = $1.107.268 Enero 2026: $1.107.268 Administrativo B: Agosto: $1.031.413 + $40.000 = $1.071.413 Septiembre: $1.041.525 + $40.000 = $1.081.525 Octubre: $1.051.637 + $40.000 = $1.091.637 Noviembre: $1.061.749 + $40.000 = $1.101.749 Diciembre: $1.071.860 + $40.000 = $1.111.860 Enero 2026: $1.111.860 Administrativo C: Agosto: $1.035.827 + $40.000 = $1.075.827 Septiembre: $1.045.982 + $40.000 = $1.085.982 Octubre: $1.056.137 + $40.000 = $1.096.137 Noviembre: $1.066.293 + $40.000 = $1.106.293 Diciembre: $1.076.448 + $40.000 = $1.116.448 Enero 2026: $1.116.448 Vendedores Vendedor A: Agosto: $1.030.672 + $40.000 = $1.070.672 Septiembre: $1.040.777 + $40.000 = $1.080.777 Octubre: $1.050.882 + $40.000 = $1.090.882 Noviembre: $1.060.986 + $40.000 = $1.100.986 Diciembre: $1.071.091 + $40.000 = $1.111.091 Enero 2026: $1.111.091 Vendedor B: Agosto: $1.052.759 + $40.000 = $1.092.759 Septiembre: $1.063.080 + $40.000 = $1.103.080 Octubre: $1.073.401 + $40.000 = $1.113.401 Noviembre: $1.083.723 + $40.000 = $1.123.723 Diciembre: $1.094.044 + $40.000 = $1.134.044 Enero 2026: $1.134.044 Vendedor C: Agosto: $1.060.117 + $40.000 = $1.100.117 Septiembre: $1.070.510 + $40.000 = $1.110.510 Octubre: $1.080.904 + $40.000 = $1.120.904 Noviembre: $1.091.297 + $40.000 = $1.131.297 Diciembre: $1.101.690 + $40.000 = $1.141.690 Enero 2026: $1.141.690 Auxiliares Auxiliar A: Agosto: $1.030.672 + $40.000 = $1.070.672 Septiembre: $1.040.777 + $40.000 = $1.080.777 Octubre: $1.050.882 + $40.000 = $1.090.882 Noviembre: $1.060.986 + $40.000 = $1.100.986 Diciembre: $1.071.091 + $40.000 = $1.111.091 Enero 2026: $1.111.091 Auxiliar B: Agosto: $1.038.033 + $40.000 = $1.078.033 Septiembre: $1.048.210 + $40.000 = $1.088.210 Octubre: $1.058.387 + $40.000 = $1.098.387 Noviembre: $1.068.563 + $40.000 = $1.108.563 Diciembre: $1.078.740 + $40.000 = $1.118.740 Enero 2026: $1.118.740 Auxiliar C: Agosto: $1.062.325 + $40.000 = $1.102.325 Septiembre: $1.072.740 + $40.000 = $1.112.740 Octubre: $1.083.155 + $40.000 = $1.123.155 Noviembre: $1.093.570 + $40.000 = $1.133.570 Diciembre: $1.103.985 + $40.000 = $1.143.985 Enero 2026: $1.143.985 Consideraciones importantes La suma fija de $40.000 es no remunerativa y se abona mensualmente desde julio a diciembre 2025. En enero 2026, desaparece la suma fija y los básicos se consolidan como nuevos montos definitivos. El adicional por antigüedad se aplica sobre todas las cifras, incluyendo sumas no remunerativas. El presentismo se liquida según el artículo 40 del Convenio Colectivo 130/75. Los valores pueden variar en casos de trabajo a tiempo parcial o con adicionales zonales.

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