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  • Diputados analizará proyecto para prohibir que deudores alimentarios ingresen a espectáculos deportivos

    Parana » AnalisisDigital

    Fecha: 30/08/2025 23:48

    El miércoles 3 de septiembre la Cámara de Diputados abordará, entre otros proyectos, el que propone incorporar a la Ley de Registro de Deudores Alimentarios de la provincia, la prohibición de ingreso a espectáculos culturales y deportivos en los que haya que pagar entrada y a Salas de Juego y Casinos, de deudores alimentarios. Nadia Planiscek, de Asistencia integral a la Víctima de Delitos; y Mariela Acosta, del Registro de Deudores Alimentarios de la provincia, fueron invitadas a disertar. El miércoles 3 de septiembre, en la Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados de la provincia, los legisladores continuarán el análisis del proyecto de ley que propone incorporar “el artículo 12 bis a la Ley N.º 9424 de ‘Creación del Registro de Deudores Alimentarios de la Provincia de Entre Ríos’”, que postula que “los espectáculos culturales y deportivos que se realicen en la Provincia, para los que sea necesario abonar entrada, deberán prohibir el ingreso a quienes se encuentren incluidos en el Registro de Deudores Alimentarios”. La reunión de comisiones fue convocada para las 13 y se informó que se invitó a la directora General de Asistencia Integral a la Víctima de Delitos, Nadia Planiscek; y a Mariela Acosta, jefa del Departamento de Registro de Deudores Alimentarios de la provincia, para que realicen sus aportes. El proyecto, de la diputada de Unión por la Patria-Más para Entre Ríos, Lorena Arrozogaray, ingresó a la Cámara Baja el 17 de junio. Para su implementación se incluyó a los municipios que “adheridos a esta Ley, informarán a los organizadores de los eventos de este requisito, quienes deberán solicitar en este Registro la información pertinente. La diputada peronista expresó que “dentro de esta Ley que hoy se pretende modificar, se encuentran algunas prohibiciones para las personas incluidas en el Registro, como la imposibilidad de ser proveedores del Estado Provincial, la prohibición para ser concesionarios y funcionarios públicos, entre otras. Esto ha motivado la inclusión de algunas otras formas de disuasión que se utilizan a menudo por orden de los Juzgados para casos en concreto, pero que creemos pueden ser agregadas como restricciones generales en que el Estado puede cooperar para proteger el derecho de los menores y crear un marco legal más contundente”. Arrozogaray resaltó que “el presente proyecto busca incluir dos artículos: uno prohibiendo la entrada de quienes incumplen con sus obligaciones alimentarias, a eventos deportivos y culturales cuya entrada sea paga, y otro, para que tampoco puedan ingresar a Salas de Juegos y Casinos en esta Provincia”. Entendió que aquella “incorporación, busca visibilizar la responsabilidad parental, evitando que las personas que incumplen con esta obligación puedan acceder a gastos superfluos en actividades recreativas. Vale aclarar, que esta iniciativa afectará específicamente a quienes están registrados por incumplimientos persistentes y esperamos que vía reglamentaria, los controles en casinos, estadios y demás espacios habilitados, puedan implementar estas medidas sin complicaciones técnicas. Por las razones antes expuestas, es que solicito a mis pares, acompañen el presente proyecto, para que se convierta prontamente en Ley. Sin acceso a Salas de Juego y Casinos de la Provincia También comprende que “las Salas de Juego y Casinos de la Provincia de Entre Ríos deberán prohibir la entrada a quienes se encuentren en el Registro de Deudores Alimentarios. A tal fin, el Instituto de Ayuda Financiera a la Acción Social (Iafas) o el organismo que en un futuro lo reemplace, deberá implementar la forma aplicable en conjunto con las autoridades del mencionado Registro”. Fundamentos Arrozogaray recordó que Entre Ríos cuenta, desde 2002, con el Registro de Deudores Alimentarios Morosos, organismo que fue creado por la Ley Nº 9424 y depende orgánicamente de la Dirección General de Asistencia Integral a la Víctima del Delito, que funciona en la órbita del Ministerio de Seguridad y Justicia. Añadió que “el Registro, reglamentado por el Decreto Nº 4967/2003, tiene como principal tarea, la de registrar a todas aquellas personas obligadas a prestar asistencia alimentaria que adeuden tres cuotas consecutivas o cinco alternadas en el periodo de un año, fijadas judicialmente, en carácter de alimentos provisorios o definitivos. Además, dentro de sus funciones lleva un listado actualizado mensualmente de todos los deudores alimentarios morosos de la Provincia de Entre Ríos y expide los certificados ante simple requerimiento de persona física o jurídica que acredite su interés o resulte facultada por la Ley 9424, sin costo alguno”. Fuente: APF Digital

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