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  • Nuevo régimen penal juvenil: los delitos de menores que cita el Ministerio de Justicia para impulsar su aprobación

    Buenos Aires » Infobae

    Fecha: 12/08/2025 04:35

    Desde el Ministerio de Justicia se difundió un documento que procura apuntalar el proyecto del régimen penal juvenil El Ministerio de Justicia de la Nación difundió un documento en el que detalla decenas de delitos cometidos por menores de edad para argumentar la necesidad de sancionar un nuevo régimen penal juvenil, actualmente en discusión dentro del Congreso. La propuesta apunta, según ese texto, a reemplazar el sistema vigente que “que tiene más de 44 años de antigüedad y resulta deficiente, ineficaz, insatisfactorio y, en especial, injusto”. El texto en cuestión está firmado por el titular de la cartera, Mariano Cúneo Libarona, y ofrece “ciertas consideraciones” respecto del “Proyecto de Ley del Nuevo Régimen Penal Juvenil” impulsado en julio de 2024 por el Poder Ejecutivo y aprobado -con modificaciones- en un plenario de las Comisiones de Legislación Penal, Familias, Niñez y Juventudes, Justicia, Presupuesto y Hacienda de la Cámara de Diputados en el mes de mayo. El documento da cuenta de “numerosos y recientes casos de adolescentes que han cometido delitos graves” como uno de los ejes que sustentan la necesidad de actualizar el tratamiento judicial que reciben los menores que delinquen. “Esta propuesta no es antojadiza -destaca Cúneo Libarona-, sino que se encuentra respaldada por las más recientes estadísticas, que evidencian un incremento en la participación de menores de 16 años en la comisión de delitos graves. Participan en hechos de significativa violencia como homicidios, robos con armas, lesiones graves, tráfico de drogas, asociaciones ilícitas vinculadas a la comisión de diferentes conductas punibles (daños, extorsiones, ataques a la integridad física, etc.) e incluso delitos sexuales“. El documento llevó la firma del ministro Mariano Cúneo Libarona Según desarrolla el ministro en un escrito de 26 páginas, que procura fundar la “necesidad de avanzar imperiosamente con la reforma propuesta”, el mundo de hace 44 años -cuando se creó el esquema juvenil que rige hoy- “ha cambiado y existen nuevas reglas de la vida”, con jóvenes atravesados por “el flagelo de la droga y en muchos casos sin una educación adecuada”. “Las costumbres, la tecnología, los medios digitales, la virtualidad y la interconectividad han favorecido a que los menores evolucionen prematuramente y han modificado su capacidad mental. Hoy en día aparecen más prontamente interacciones con las drogas, la violencia, las armas, la pornografía, se exacerban los conflictos educativos y familiares, y los entornos nocivos. No puede negarse que hoy el mundo es otro, que la sociedad cambió y que los adolescentes de nuestros días comprenden plenamente la criminalidad de sus actos y pueden dirigir libremente sus acciones", subraya el escrito. En ese marco, luego de exponer ideas ligadas al desarrollo y maduración del cerebro en un adolescente, con referencias al neurólogo Conrado Estol y al psiquiatra André Blake, el documento menciona una serie de hechos delictivos con el fin de ilustrar la noción de que a “esta altura del siglo XXI ya no es sensato considerar que una persona de trece años no ‘comprende’ que está prohibido disparar un arma con ánimo homicida contra otra, cometer una violación, un abuso sexual, un robo violento”. En efecto, el “Régimen Penal de la Minoridad” fijado por Ley N° 22.278, firmada el 25 de agosto de 1980, establece, entre otras cosas, que “No es punible el menor que no haya cumplido dieciséis (16) años de edad“. Como parte de los delitos evocados por el documento ministerial, se incluyen “el homicidio agravado por alevosía de Adrián Bustamante, perpetrado de forma brutal a patadas, trompadas y piedrazos en José C. Paz, provincia de Buenos Aires, en el que participó un menor de trece años" y “un salvaje robo ocurrido en Acassuso, San Isidro, a manos de ‘La Banda del Millón’“, donde ”la víctima fue un jubilado de 86 años, al que torturaron y golpearon en su casa para robarle sus ahorros. Entre los detenidos había tres menores (el más joven, de 12 años, los otros de 15 y 16) y un adolescente de 18 años”. "La Banda del Millón", una de las mencionadas en el escrito del Ministerio de Justicia vinculado al régimen penal de menores Otro episodio destacado es “el homicidio de Joaquín Sperani, en la localidad de Laboulaye, provincia de Córdoba, por parte de su amigo y compañero de colegio de catorce años de edad”, junto al asesinato de Facundo Pereyra, “cometido por tres adolescentes de catorce, quince y dieciséis años, quien fue baleado por la espalda en la ciudad de Córdoba (...) con el fin de robarle su celular”. El texto propone que el régimen penal juvenil sea “aplicable a las personas adolescentes que cometiesen entre sus trece y dieciocho años de edad un hecho tipificado como delictivo por el Código Penal de la Nación o las leyes penales especiales vigentes a la fecha de su comisión”. Este punto fue uno de los que modificó el dictamen de mayoría emitido en Diputados hace tres meses, donde se acordó bajar la imputabilidad de los ilícitos desde los 16 años, vigente al día de hoy, a los 14 años. A su vez, el documento establece que “el régimen de penas deberá orientarse siempre a la resocialización y educación, a fin de que el adolescente imputado obtenga un futuro con integración social y trabajo, comprensión y arrepentimiento por la conducta punible perpetrada”. Entre las medidas previstas, indica que “si la pena del delito (...) se encuentra entre los tres y los seis años de prisión, el magistrado puede reemplazar la pena de prisión por otra de menor gravedad”, como “una amonestación, la prohibición de contacto con ciertas personas, la prohibición de concurrencia a determinados lugares, la realización de tareas comunitarias o monitoreo electrónico”. El proyecto también postula que “las penas privativas de la libertad sólo podrán consistir en: 1) prisión domiciliaria; 2) privación de la libertad en un instituto abierto; 3) privación de la libertad en un instituto especializado de detención (...)”. La duración máxima de la sanción, en tanto, será de veinte años, “aún si la escala penal fuera más elevada producto de la concurrencia real de varios hechos independientes”. Esta cláusula también fue modificada en el tratamiento de las Comisiones legislativas, donde bajaron el máximo a 15 años de pena. La propuesta del Poder Ejecutivo fue tratada en mayo en un plenario de la Cámara de Diputados de distintas comisiones (Gentileza: Diputados.gov.ar) A lo largo del escrito, el ministro de Justicia menciona más de 40 episodios donde menores de edad protagonizaron distintas modalidades de delito. Para el funcionario, estos casos, en su mayoría ocurridos tras la presentación del proyecto en el Congreso, “podrían haberse evitado o juzgado de manera diferente si contásemos con la aprobación del nuevo Régimen propuesto”. “La reseña no es exhaustiva -explica Cúneo Libarona-, pero sí ejemplificativa, establece un sistema y exige al Estado sancionar, resocializar y educar de modo urgente con el nuevo régimen penal juvenil que propusimos“. Luego añade: ”Inclusive se observa que en algunos de los hechos delictivos que se enumeraron, los jóvenes son utilizados por mayores, que muchos son narcotraficantes, barras bravas o hasta incluso por organizaciones, como 'mano de obra criminal’, lo cual es inaceptable e inserta a los adolescentes en una carrera criminal que al llegar a la mayoría de edad los encuentra cometiendo delitos de mayor gravedad". En ese contexto, la nota relata el caso de dos jóvenes de 14 y 17 años que en la ciudad de La Plata “le robaron el auto a una señora que circulaba con su hija de siete años (...), la que quedó enganchada en el auto y falleció”. O el de adolescente de 14 que resultó detenido “como cómplice de su tía de 17 años” por asesinar a dos ciudadanos chinos “que eran sus jefes” en la localidad bonaerense de Merlo. Crimen del playero en Rosario: el documento expone el incremento de la participación juvenil en delitos graves También habla de la muerte de Gonzalo Guenchur en Comodoro Rivadavia, Chubut, “quien fue apuñalado en el pecho por un menor de quince años, con el fin de robarle su celular” y del crimen de Emilio Ghessi, ejecutado por un adolescente de la misma edad “en ocasión de robo” a través de “dos disparos en la espalda de la víctima”, en la localidad bonaerense de Aldo Bonzi. El listado también consigna “el cruel homicidio de Bruno Bussanich, empleado de una estación de servicio, en la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, cometido por un ‘sicario’ de quince años” y el asesinato “de Walter Sampietro, un empresario de 50 años de edad (...), perpetrado por tres personas, dos de ellas menores de quince años, quienes fueron inmediatamente liberados y entregados al cuidado de sus padres”. De acuerdo a los fundamentos del titular de la cartera de Justicia, la reforma del régimen penal juvenil “es una deuda de la democracia de más de cuarenta años” en tanto el esquema vigente “sostiene y ampara injusticias indiscutibles”. Al respecto, la “falta de sanción es percibida como sinónimo de que la ley no rige para determinada franja etaria. El menor que comete un delito se burla de la autoridad y de la ley penal. Sabe que es impune”. Para el ministro, si bien “se ha intentado reducir esta reforma integral a un único artículo: el que fija la edad mínima de responsabilidad penal”, “lo que se está tratando en el Congreso es una transformación estructural del sistema penal juvenil”. El trabajo en Comisión ya cuenta con dictámenes de mayoría, minoría, rechazo y disidencias al proyecto firmado por el presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete Guillermo Francos, la ministra de Seguridad Patricia Bullrich y el ministro Cúneo Libarona. Según fuentes de la Cámara de Diputados, ahora depende de que los bloques acuerden debatirlo en el recinto.

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