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» Comercio y Justicia
Fecha: 25/04/2025 05:06
La Cámara 3ª Contencioso Administrativa de Córdoba -integrada por las juezas Cecilia María de Guernica, María Martha del Pilar Angeloz de Lerda y María Eugenia Acuña de Maldonado- hizo lugar parcialmente a una acción de amparo ambiental interpuesta por la Fundación para el Desarrollo de Políticas Sustentables (Fundeps), aprobando en términos generales el Plan de Saneamiento del Lago San Roque y de Desarrollo Sostenible presentado por la Provincia de Córdoba, pero condicionando su aplicación a las adecuaciones y observaciones formuladas por el tribunal en su pronunciamiento. La sentencia ordena que el plan sea ejecutado no sólo por el Estado, sino también por los municipios y comunas codemandados, dentro de sus respectivas competencias, y establece que la Autoridad de Cuencas será la encargada de controlar su cumplimiento, asumiendo ante el tribunal la responsabilidad en caso de incumplimiento. La decisión se funda en la necesidad urgente de remediar la grave situación ambiental de la cuenca del lago San Roque, afectada por un proceso de contaminación sostenido en el tiempo que ha comprometido su equilibrio ecológico y la calidad del agua. El tribunal consideró incontrovertido el estado de degradación ambiental de la cuenca, reconociendo además la ausencia de una política pública integral, planificada y eficaz que haya abordado la problemática con la continuidad y la coordinación necesarias. A partir de esta premisa, valoró positivamente la presentación de un plan por parte de la Provincia, pero lo sometió a revisión judicial, exigiendo ajustes sustanciales y un mayor grado de precisión en los plazos, metas y mecanismos de control. Razones
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