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  • Milei oficializó el DNU que refuerza el rol del Ministerio del Interior y redistribuye funciones

    Parana » Entremediosweb

    Fecha: 20/11/2025 18:58

    El Poder Ejecutivo Nacional publicó este jueves en el Boletín Oficial el Decreto de Necesidad y Urgencia 825/2025, mediante el cual el presidente Javier Milei introdujo una extensa modificación a la Ley de Ministerios Nº 22.520. El texto, respaldado por la firma de todos los ministros, redefine funciones, elimina incisos y reasigna competencias estratégicas en el organigrama estatal. La medida entró en vigencia con su publicación. El decreto se dictó en acuerdo general de ministros y se sustentó en la necesidad “impostergable” de ajustar áreas de gobierno para una gestión más eficiente. Según los considerandos, el Ministerio del Interior será el principal receptor de nuevas funciones, especialmente en identidad, deportes y articulación legislativa. Cambios en Turismo y supresiones en la Ley La norma reemplazó los incisos 35 y 40 del artículo 16 de la Ley de Ministerios, definiendo de manera más precisa las atribuciones en materia de turismo. Desde ahora, el área será responsable de fijar políticas nacionales y representar al país en foros internacionales vinculados a la actividad. En paralelo, el decreto suprimió los incisos 38 y 46 al 51 del mismo artículo, reduciendo y reorganizando competencias previas para adecuarlas al nuevo esquema gubernamental. Interior incorpora identidad, deportes y vínculo con el Congreso Uno de los núcleos centrales del DNU es la sustitución completa del artículo 17, que define el alcance del Ministerio del Interior. A partir de la reforma, esta cartera absorberá una extensa lista de funciones vinculadas con el gobierno político interno, el régimen federal, la relación con provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y la supervisión de actos patrióticos, monumentos y archivos estatales. Entre las nuevas atribuciones destacan tres áreas sensibles: 1. Identidad y Registro Nacional de las Personas El Interior quedará a cargo de la organización, control y funcionamiento del RENAPER, reforzando su rol histórico en la registración e identificación de personas. 2. Deporte en todas sus dimensiones El ministerio conducido por Diego Santilli tendrá competencia plena sobre la actividad deportiva de alto rendimiento, amateur y recreativa. Deberá asignar recursos, aprobar becas y supervisar infraestructura, además de participar como socio fundador del ENARD y coordinar políticas de promoción del deporte social. 3. Relaciones con el Poder Legislativo El área incorporará tareas de articulación con el Congreso, interviniendo en el seguimiento legislativo y en la elaboración de iniciativas federales. Esta función había sido reclamada por la conducción política para mejorar los canales institucionales. El artículo revisado incluye 33 incisos que abarcan desde la participación en reformas constitucionales hasta la coordinación en zonas de frontera, políticas de descentralización y resguardo de derechos de comunidades indígenas. Seguridad suma competencias migratorias y consolida control en fronteras El decreto también sustituyó el artículo 22 bis, redefiniendo la estructura del Ministerio de Seguridad Nacional. A partir de ahora, la cartera conducida por Patricia Bullrich no solo administrará la política de seguridad interior sino que también tendrá bajo su responsabilidad el diseño y ejecución de las políticas migratorias. La nueva redacción amplía y especifica sus funciones: -Ejercer el poder de policía interna, -Coordinar a las fuerzas federales y provinciales, -Elaborar políticas criminales, -Supervisar establecimientos penitenciarios, -Intervenir en inteligencia policial, -Participar en la seguridad aeroportuaria y en la gestión del fuego, -Coordinar estadísticas criminales, -Controlar el régimen de armas, pólvoras y explosivos. Asimismo, Seguridad conservará la conducción operativa en pasos internacionales, centros de frontera y áreas de control integrado, aunque estas políticas deberán articularse con las competencias específicas del Interior. Vigencia y control legislativo El DNU establece que la medida rige desde su publicación y ordena la inmediata comunicación a la Comisión Bicameral Permanente del Congreso, tal como dispone la Ley 26.122. El control parlamentario será obligatorio y las cámaras deberán pronunciarse mediante resoluciones expresas, aprobando o rechazando el decreto. El texto lleva las firmas del presidente Milei, del jefe de Gabinete Manuel Adorni y de todos los ministros nacionales: Diego Santilli, Pablo Quirno Magrane, Luis Petri, Luis Caputo, Mariano Cúneo Libarona, Patricia Bullrich, Mario Iván Lugones, Sandra Pettovello y Federico Sturzenegger.

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