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Parana » AnalisisDigital
Fecha: 20/08/2025 04:01
De ANÁLISIS El fiscal de Estado de Entre Ríos, Julio Rodríguez Signes, y su adjunto, Martín Rettore, ratificaron la legitimidad de la participación de la Fiscalía de Estado (FE) en la demanda civil vinculada a la causa Contratos truchos de la Legislatura. En una audiencia realizada este martes por la mañana, el titular del organismo provincial indicó que pedirá la reparación de un perjuicio estimado en 392 millones de pesos, cifra que surge de los contratos investigados como ilícitos. En paralelo, el Ministerio Público Fiscal sostiene que el daño ocasionado al erario público ascendería a unos 2.000 millones de pesos. La jueza del Tribunal de Juicio y Apelaciones de Paraná, Carolina Castagno, escuchó los planteos de las partes y definirá próximamente si la Fiscalía de Estado puede avanzar con la demanda civil. “Acá está el Ministerio Público Fiscal ejerciendo la acción penal, los defensores cumpliendo con la defensa, y la Fiscalía de Estado procurando la reparación del daño, si de toda esta discusión surge que lo hubo. Esa es mi función”, afirmó Rodríguez Signes. El fiscal de Estado también rechazó que deba contar con una habilitación del Tribunal de Cuentas para iniciar acciones. “A mí nadie me dice cuándo, cómo y dónde, excepto la ley y la Constitución. La mayoría de las demandas de reparación patrimonial que ejercita la Fiscalía de Estado se realizan sin intervención del Tribunal de Cuentas”, señaló, según registró ANÁLISIS. Finalmente, explicó que el artículo 49 de la orgánica del Tribunal de Cuentas corresponde a un marco normativo ya superado, de la época en que existían el juicio de cuentas y el juicio de responsabilidad. “Tras la reforma constitucional, el organismo ya no examina hechos de la administración, sino únicamente las cuentas. Por eso, su habilitación no es un requisito para que la Fiscalía de Estado actúe”, remarcó. "Para justificar mi presencia acá, les digo que efectivamente nosotros conforme los artículos 30, 31 y 32 del Código Procesal Penal, nos constituimos como actores civiles. Nadie impugnó esa resolución. Y a partir de ahí, ayer estuvo el doctor (José) Velázquez y dijo que no se podía presentar una acción civil, una demanda civil, si no teníamos una sentencia. Y la realidad es que es exactamente al contrario. Una vez que nos constituimos como actores civiles en este proceso, hay dos posibilidades: O presentamos la demanda o desistimos, expresa o tácitamente. Pero para algo está la acción civil incorporada al Código Procesal Penal de la provincia de Entre Ríos, porque si el el actor civil se tiene que presentar y después esperar a que se dicte sentencia para poder promover la acción, me están diciendo que tengo que desistir tácitamente, porque el propio Código Procesal Penal dice que si no presento a la demanda en un tiempo, desisto tácitamente", explicó luego. En esa línea, ahondó: "La estructura del Código Procesal Penal está pensada para que el damnificado, en este caso el Estado provincial, ejerza la acción de reparación en función accesoria de la acción penal. Nosotros no podemos hacer otra cosa, porque como está legislado de esta forma y con las consecuencias que está legislado, ejercemos la acción penal. ¿Contra quién? Contra los 32 imputados. Ahora tenemos que ver qué pasa con los que adelantan problemas, con los que fueron a juicio abreviado y que reconocieron. Pero, entonces, nosotros vamos contra los imputados por la reparación del perjuicio". Signes remarcó que se trata de una causa compleja y que si la Fiscalía de Estado no intervenía como actor civil "teníamos que esperar quién sabe cuánto tiempo hasta que quede firme una sentencia". "Acá se discutieron cuestiones de competencia y, seguramente, se van a seguir discutiendo otras cuestiones en el tiempo, lo cual hace presumir de que esta causa no va a terminar el año que viene para nada. Nosotros, por una razón de defensa del interés público, de ejercitar las atribuciones que tiene la Fiscalía, decidimos la presentación como actores civiles por razones institucionales y por razones de economía procesal, de producción de la prueba, y de aprovechar una investigación que tiene su volumen, que tiene su importancia institucional", completó. Por último, el fiscal de Estado destacó que Barbagelata “fue garantista” y solicitó que se ratifique la resolución dictada el 30 de noviembre. Además, pidió que la jueza Castagno rechace los planteos por presunto defecto legal y prescripción para iniciar la demanda civil, que esas cuestiones se posterguen para el debate en el juicio, y que sea en la sentencia donde se resuelva sobre las excepciones de falta de legitimidad y prescripción. Al finalizar la audiencia, la jueza Castagno solicitó a las partes que envíen los videos de las declaraciones de los imputados, las resoluciones cuestionadas por las defensas de la jueza de Garantías de Paraná, Marina Barbagelata, fechadas el 6 y el 30 de junio. Se trata de las resoluciones en los que rechazó planteos defensivos sobre pedidos de sobreseimiento y exclusión de evidencia clave para el juicio.
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