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» Misioneslider
Fecha: 13/07/2025 06:15
En Uruguay, recientemente se ha implementado una normativa que obliga a empresas de plataformas digitales como PedidosYa, Uber o Cabify a proporcionar instalaciones con baños, zonas de descanso, comedores y estacionamiento para repartidores y choferes, independientemente de su condición laboral. Esta medida, que ya está generando impacto en Montevideo, podría sentar un precedente para su implementación en Argentina, donde también existen reclamos similares por parte de trabajadores y vecinos. La nueva normativa, oficializada mediante decreto, establece que las compañías deben garantizar espacios físicos adecuados para el resguardo, la higiene y la alimentación de quienes prestan servicios en sus plataformas. Además, detalla los criterios para determinar si existe una relación laboral de dependencia, más allá de lo que pueda estipular un contrato. En concreto, el decreto exige que las empresas ofrezcan servicios higiénicos, zonas de resguardo personal, espacios para alimentación y áreas de estacionamiento para los vehículos utilizados, cuando corresponda. Esta obligación se extiende incluso a los trabajadores autónomos, salvo que existan acuerdos alternativos más beneficiosos para ellos. Empresas como PedidosYa ya habían iniciado conversaciones con la Intendencia de Montevideo para desarrollar un proyecto similar antes de la implementación de esta normativa. Estaban trabajando en la creación de locales en zonas de alta densidad de repartidores, donde estos puedan descansar, limpiar su mochila, ir al baño y comer si así lo desean. La propuesta presentada por la empresa contempla la capacidad para hasta 30 repartidores en simultáneo, con las facilidades necesarias para su bienestar. Uno de los aspectos más relevantes de este decreto es la definición de la relación laboral entre las plataformas digitales y los trabajadores. Se establece que dicha relación puede ser dependiente o autónoma, pero se hace hincapié en que la calificación jurídica del vínculo contractual se determinará en base a los hechos relacionados con la ejecución del trabajo y la remuneración del trabajador. Esto significa que la realidad de la relación laboral prima sobre lo establecido en un contrato. La normativa también regula la forma de pago en estas plataformas, garantizando una retribución proporcional al salario mínimo nacional y prohibiendo descuentos por riesgos inherentes a la actividad. Asimismo, se fija un tope de 48 horas semanales por empresa para los trabajadores en relación de dependencia. Además, se exige que las plataformas tengan sede o domicilio legal en Uruguay y lleven un registro detallado de toda la actividad laboral de los trabajadores, incluyendo logueos, pausas, entregas y ubicación vía GPS. En caso de accidentes laborales, estos datos deberán ser proporcionados al Banco de Seguros del Estado en un plazo máximo de 72 horas. En resumen, la nueva normativa en Uruguay para plataformas digitales busca garantizar condiciones dignas de trabajo para los repartidores y choferes que operan en estas plataformas, independientemente de su condición laboral. Este enfoque en el bienestar de los trabajadores podría marcar un precedente importante para la regulación de estas plataformas en otros países de la región. Con esta medida, se busca mejorar las condiciones laborales y de vida de los trabajadores que prestan servicios a través de plataformas digitales, asegurando su bienestar y respetando sus derechos laborales.
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