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  • Cura Ilarraz sobreseído: cómo llegó a la Corte Suprema y su expulsión del clero por el Papa Francisco – DiarioVictoria.com.ar

    Victoria » Diario Victoria

    Fecha: 02/07/2025 07:03

    En un fallo de alto impacto a nivel nacional, la Corte Suprema de Justicia de la Nación, ha revocado la condena impuesta al exsacerdote Justo José Ilarraz y ha declarado la prescripción de la acción penal en su contra, ordenando su sobreseimiento. La Corte Suprema sobreseyó por prescripción a Ilarraz: había sido condenado por abuso de menores El 21 de mayo de 2018, el cura Justo José Ilarraz fue condenado por la Sala Segunda de la Cámara Primera en lo Criminal de Paraná a la pena de 25 años de prisión por considerarlo responsable del delito de promoción a la corrupción de menores agravada por ser encargado de la educación, en cinco hechos, y del delito de abuso deshonesto agravado por ser encargado de la educación. El Tribunal estuvo conformado por los camaristas Alicia Vivian, Carolina Castagno y Gustavo Pimentel, quienes encontraron culpable por unanimidad, por los delitos de los que era acusado. La condena al cura Justo Ilarraz en mayo de 2018 (Archivo Elonce) Comunicado Tras la sentencia dada a conocer ese lunes, el Arzobispado de Paraná, encabezado en ese entonces, por monseñor Juan Alberto Puiggari, emitió un comunicado para referirse a la condena del cura Justo Ilarraz. El escrito está titulado: «Iglesia: compromiso, verdad, justicia y sanación» y en el mismo, se destaca que «el veredicto dado a conocer por el Tribunal viene a establecer, por parte de la justicia, la culpabilidad que le cabe a quien incumplió con su vocación y su promesa a Dios, en lo personal, atentando contra quienes eran merecedores de su cuidado y protección», afirmaba el escrito del Arzobispado. Ratificación A principios de abril de 2019, la Cámara de Casación N°1 de Paraná, presidida por Alejandro Cánepa e integrada por Dardo Tórtul y Cristina Van Dembroucke, confirmó lo resuelto por el Tribunal de Juicios y Apelaciones de Paraná y, decidió, por unanimidad de criterios y de votos, rechazar el recurso de casación interpuesto por el defensor del cura Justo José Ilarraz y en consecuencia, confirmar la sentencia del 21 de mayo de 2018. Cabe recordar que a Ilarraz, se lo acusó de haber corrompido a siete varones de entre 12 y 14 años entre los años 1985 y 1993, mientras fue guía espiritual de los chicos (la mayoría del interior de la provincia) que ingresaban, con vocación religiosa, al Seminario “Nuestra Señora del Cenáculo” de Paraná. Discusión por la prescripción La investigación judicial llevó casi seis años y hubo que decidir si la causa estaba prescripta. El 27 de abril de 2015, la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ), integrada por los vocales Claudia Mizawak, Daniel Carubia y Carlos Chiara Díaz, cerró el camino de la prescripción en la causa judicial contra Justo José Ilarraz por los abusos a menores cometidos mientras fue prefecto de disciplina en el Seminario Arquidiocesano de Paraná. Aunque en fallo dividido, ya que Carubia se inclinó por la prescripción de los hechos, la decisión del Superior Tribunal de Justicia, avaló a las víctimas y rechazó la prescripción, sentando así jurisprudencia para otros casos. Cómo llegó a la Corte Suprema A mediados de septiembre de 2020, a la Penal del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos (STJ), resolvió a conceder el recurso extraordinario federal a Justo José Ilarraz para ir a la Corte Suprema de Justicia de la Nación. La sentencia tuvo el primer voto de Bernardo Salduna, al que adhirió Susana Medina. En tanto, Juan Ramón Smaldone, se abstuvo. La defensa de Ilarraz, ejercida por Jorge Muñoz, presentó un recurso contra la anterior sentencia de esta misma sala, de marzo de 2020, por la que había rechazado la impugnación extraordinaria y confirmando la sentencia de Casación que revalidó la condena a 25 años de prisión por Corrupción agravada de menores y abuso deshonesto agravado. Tras hacer reserva del camino a la Corte, finalmente el STJ, hizo lugar al recurso. Así, la condena al cura no quedaba firme, y, mientras tanto, el cura condenado por abusos en el Seminario de Paraná, seguía cumpliendo prisión domiciliaria en un departamento del centro de la capital entrerriana. Esa resolución, que permitió a Ilarraz, llevar su condena para ser revisada por la Corte Suprema, el vocal Bernardo Salduna sostuvo en su voto: «Advierto que ante los agravios del impugnante, el caso que nos convoca implica un supuesto de gravedad institucional que habilitaría el conocimiento del Máximo Tribunal de la Nación; ello, sin perjuicio y por encima de los aspectos y purismos formales de la vía recursiva». «Creemos que resulta imperiosa e impostergable la necesidad de un pronunciamiento de la Corte en la sensible temática que nos convoca», añadió. Expulsado por el Papa Francisco Por fuera de la condena en la justicia, se activó un proceso eclesiástico. El Tribunal Eclesiástico de Buenos se pronunció en forma condenatoria hacia Ilarraz, pero esa decisión fue apelada por el cura y el caso llegó a Roma, en 2022. El 12 de diciembre de 2024, el Obispado de la Santísima Concepción de Tucumán, el último lugar donde Ilarraz ejerció su tarea pastoral cuando estalló el escándalo y las denuncias por abusos, informó que, tras un proceso administrativo penal contra el sacerdote José Justo Ilarraz, incardinado en esta diócesis, se determinó su expulsión del estado clerical. Comunicado de la Santísima Concepción de Tucumán. El proceso judicial, llevado a cabo por el Tribunal Interdiocesano Bonaerense, investigó los delitos cometidos por el sacerdote en contra del sexto mandamiento con menores de edad, conforme al derecho canónico, bajo el marco de “Sacramentorum sanctitatis tutela”. Tras la apelación presentada por el acusado ante el Dicasterio para la Doctrina de la Fe, este organismo resolvió, en base al artículo 21 §1, 2º de SST, elevar el caso al Santo Padre (en ese entonces, el argentino Papa Francisco), quien dispuso la expulsión definitiva de Ilarraz del estado clerical. Sobreseído por prescripción Este martes, 1º de julio, se dio a conocer que la Corte Suprema de Justicia de la Nación, resolvió el sobreseimiento por prescripción, del ex sacerdote Justo José Ilarraz, condenado a 25 años de prisión por abusar sexualmente de siete menores en el seminario “Nuestra Señora del Cenáculo” de Paraná, Entre Ríos, durante los años 1985 a 1993. En el fallo, los jueces consideraron que los delitos excedieron el plazo de 12 años establecido en el artículo 62 del Código Penal, y no existían causales de suspensión o interrupción de la acción penal. Por tanto, resolvieron extinguir la causa y sobreseer al acusado.

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