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» Elterritorio
Fecha: 22/05/2025 20:14
El número se desprende del listado que las fuerzas de seguridad le enviaron al Tribunal Electoral a los fines de que los ciudadanos sean tachados del padrón oficial de la elección legislativa provincial. jueves 22 de mayo de 2025 | 9:30hs. Por una resolución firmada el 19 de mayo de este año, el Tribunal Electoral de la Provincia de Misiones decidió dar cumplimiento a lo que indica el inciso 10 del artículo 48 de la Constitución de Misiones por lo que un total de 15.999 agentes de la Policía de Misiones, del Servicio Penitenciario Provincial, y de las fuerzas de seguridad y armadas nacionales que cumplen funciones en Misiones no podrán votar el 8 de junio próximo. La lista de los efectivos que aparecerán como tachados en el padrón electoral que tendrán las autoridades del mesa el día del comicio fue remitida al Tribunal Electoral por las jefaturas de cada una de las fuerzas de seguridad, tanto provinciales como nacionales. Luego de que el organismo encargado de la organización del comicio lo solicitara para dar cumplimiento a lo expresado en la Constitución Provincial. El artículo 48º, inciso 10, de la Constitución provincial, establece que "no podrán votar los soldados pertenecientes a las fuerzas armadas ni los agentes de las fuerzas de seguridad nacionales y provinciales". Dando cumplimiento a este artículo, el Tribunal Electoral modifica la postura que venía teniendo en elecciones anteriores donde, mediante excepciones a esta norma permitía el sufragio de los miembros de las fuerzas de seguridad. Este artículo ya había despertado controversias en otro momento, y había llegado a ser declarado inconstitucional por el Superior Tribunal de Justicia de Misiones (STJ), pero el Tribunal Electoral se salteó ese antecedente. Ante esto, varios espacios políticos que competirán el 8 de junio avanzan con presentaciones judiciales. El abogado y concejal de Montecarlo Lucas Vega, hoy candidato a renovar su banca por el espacio "Por la Vida y los Valores", anunció en sus redes sociales que se presentará ante la Justicia para reclamar la marcha atrás del Tribunal con la medida. Según el letrado, "esa cláusula ya fue declarada inconstitucional por el Superior Tribunal de Justicia de de Misiones en 2006 (“Fiscalía de Estado s/ acción declarativa”). El fallo fue claro: la proscripción es arbitraria, discriminatoria y viola normas federales y tratados internacionales", argumenta. En la misma línea se expresaron desde La Libertad Avanza, desde donde consideraron la medida como “inconstitucional, discriminatorio e incongruentes con antecedente jurisprudencial” y adelantaron que a través de sus representantes legales, presentarán un recurso de apelación solicitando revocar la medida. En el frente Unidos por Todo también evalúan una presentación. Mientras que desde el Frente Renovador no se han expresado al respecto.
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