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» Comercio y Justicia
Fecha: 10/05/2025 01:26
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), mediante la resolución general 5692/25 sustituye la resolución general N° 975 y sus modificatorias y complementarias y establece un nuevo marco normativo para la determinación anual e ingreso del impuesto a las Ganancias para personas humanas y sucesiones indivisas. Los puntos clave de la nueva resolución son: -Obligatoriedad del Portal Integrado: La determinación del impuesto y la confección de la declaración jurada (F. 711) deben realizarse exclusivamente por medio del servicio online “Ganancias Personas Humanas – Portal Integrado” disponible en el sitio web de ARCA. Se requiere Clave Fiscal Nivel de Seguridad 2 o superior. -Presentación de la Declaración Jurada: Se mantiene la obligación de presentar la declaración jurada si el contribuyente está inscripto o si corresponde liquidar el impuesto por los presupuestos de gravabilidad, incluso sin inscripción previa. -Ingreso del Impuesto: El saldo resultante debe ingresarse mediante transferencia electrónica de fondos (VEP) por medio de “Internet”, utilizando el código específico 11-019-019. Se indican códigos específicos para el pago de intereses y otros accesorios. -Vencimientos: La presentación de la declaración jurada vence en junio del año siguiente al período fiscal declarado, según un cronograma anual basado en la terminación del CUIT. El ingreso del saldo vence al día hábil administrativo siguiente a la fecha de presentación. -Participaciones Societarias: Se establece un mecanismo para la determinación del resultado impositivo de sociedades no incluidas en la RG N° 4626, asignando la responsabilidad al socio con mayor participación o, en caso de igualdad, al que posea el CUIT menor. Se obliga a las sociedades a proporcionar la información necesaria a los socios. -Derogación y Mantenimiento de Normas: Se derogan explícitamente varias Resoluciones Generales (incluyendo la N° 975) y artículos de otras resoluciones. Se mantiene la vigencia del formulario F. 711, adaptado a la generación por medio del nuevo portal. Las referencias a la RG N° 975 en otras normas se entenderán referidas a esta nueva resolución. -Declaraciones Juradas Anteriores: Se especifican los programas aplicativos (“SIAP”) que deben utilizarse para confeccionar declaraciones juradas de períodos fiscales anteriores a 2017. En resumen, la nueva norma moderniza y unifica el procedimiento para la determinación e ingreso del impuesto a las Ganancias para personas humanas y sucesiones indivisas, centralizando la gestión a través de un nuevo portal web y derogando la normativa anterior. Esta norma rige desde el 9 de mayo de 2025.
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