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  • El Senado tratará el martes el proyecto de ley sobre Remanentes Financieros del Poder Judicial

    Concordia » Despertar Entrerriano

    Fecha: 27/04/2025 00:59

    La Comisión de Legislación General y la de Presupuesto y Hacienda del Senado de la provincia, en reunión conjunta que se realizará en la Sala de Comisiones de la Cámara Alta, abordarán el proyecto de ley que propone incorporar definitivamente, como recursos afectados del ejercicio siguiente en la Jurisdicción 02 y como un Fondo Especial denominado “aplicación de remanentes financieros”, a “los remanentes financieros de Rentas Generales del Poder Judicial de Entre Ríos al cierre de ejercicio”. El próximo martes 29 las comisiones de Legislación General y de Presupuesto y Hacienda del Senado de la provincia, abordarán el proyecto de ley que presentó el Superior Tribunal de Justicia (STJ) de la provincia para que “los remanentes financieros de Rentas Generales del Poder Judicial de Entre Ríos al cierre de ejercicio, se incorporarán de manera definitiva como recursos afectados del ejercicio siguiente en la Jurisdicción 02 y conformarán un Fondo Especial denominado ‘aplicación de remanentes financieros’”. Invitado Para la ocasión se convocó a disertar sobre la temática al Contador General de la provincia, Andrés Rodrigo Zabala. El encuentro se realizará en la Sala de Comisiones de la Cámara Alta a partir de las 11. En el proyecto de ley del STJ se señaló que “lo obtenido permitirá hacer frente a los continuos vaivenes y ciclos que atraviesa regularmente la economía argentina que generan sustanciales desfasajes financieros, contando con recursos extraordinarios en el auge y con recursos insuficientes en períodos de crisis; siendo esto de suma importancia para poder equilibrar los recursos en el tiempo, a fin de garantizar un nivel adecuado de prestación del servicio de justicia, cumpliendo con los objetivos propuestos y manteniendo inalterable la política institucional y programas aprobados”. El artículo 2º del proyecto STJ sostiene que “con el Fondo Especial de ‘aplicación de remanentes financieros’ se atenderán los gastos de funcionamiento e inversiones en bienes de uso -previstos y no previstos- y las obras públicas autorizadas para garantizar la normal prestación del servicio de justicia”. El 3º autoriza “la constitución de operaciones de depósito a plazo fijo en entidades financieras y cualquier otra inversión con el fondo especial mencionado precedentemente. Los recursos obtenidos tendrán el destino y tratamiento establecido en el artículo 2°”. Fundamentos En el proyecto se precisó que “los remanentes financieros se originan cuando las remesas de fondos por parte del Poder Ejecutivo –Tesorería de la Provincia– superan los gastos devengados al cierre en las partidas de funcionamiento, bienes de uso y obra pública determinando un superávit presupuestario/financiero”. También se indicó que “de acuerdo a la normativa vigente los créditos presupuestarios de un ejercicio caducan al 31 de diciembre de cada año y estos remanentes al cierre de ejercicio deberán reintegrarse a la Tesorería General de la provincia. Los superávit presupuestarios al cierre, si bien pueden obedecer a economías de ejecución, en este Poder Judicial generalmente se dan, entre otros, por: desafectación de trámites de compras por imposibilidad de entrega del bien o prestación del servicio al 31 de diciembre de cada año (devengamiento del gasto); procedimientos caídos por falta de oferentes, propuestas con incumplimientos formales de acuerdo a la normativa vigente, productos o servicios ofertados no acorde a lo solicitado, entre otros; para el caso de la obra pública, porcentaje de avance –certificaciones- por debajo de lo previsto en plan de obra”. A los efectos de evaluar el impacto mínimo en el presupuesto provincial, en el proyecto se detallaron “los sobrantes de fondos de rentas generales que fueron reintegrados a la Tesorería de la Provincia de los últimos 5 años (2019 al 2023), mostrando su incidencia en el sobre el total de los fondos transferidos a este Poder en concepto de gastos de funcionamiento, bienes de uso y obra pública”. Fuente: APFDigital

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