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  • El Municipio aumentó las multas por incumplimientos tributarios

    Concordia » Diario Junio

    Fecha: 16/01/2025 22:07

    La medida regula los nuevos montos que deberán abonar las personas humanas y otros contribuyentes, como sociedades, cooperativas y fideicomisos, en caso de incumplir con los deberes previstos en el Código Tributario Municipal. Se enmarca en los artículos 22° a 25°, 42° y 43° del Código Tributario Municipal, además de la Ordenanza N° 38.538 y pretende actualizar las normativas que regulan las sanciones tributarias, adecuándolas a las necesidades actuales de control fiscal. Las sanciones oscilan entre $5.000 y $40.000, dependiendo de la infracción y del tipo de contribuyente. «Con esta actualización, se busca fortalecer su sistema tributario municipal y garantizar una mayor transparencia y eficiencia en la relación con los contribuyentes”, señala Entre las obligaciones sujetas a sanción se encuentran: INSCRIPCIÓN ANTE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS: Inscripción voluntaria: $5.000 para personas humanas y $10.000 para el resto de los contribuyentes. Inscripción a requerimiento: $10.000 y $20.000, respectivamente. PRESENTACIÓN DE DECLARACIONES JURADAS Y DATOS FISCALES: Multas de $10.000 a $20.000 por incumplimientos relacionados con la tasa comercial y otras obligaciones tributarias. COMUNICACIÓN DE INICIO O CESE DE ACTIVIDADES Y CAMBIOS DE DOMICILIOS: Sanciones de $10.000 a $20.000 según el tipo de contribuyente. Las multas más altas se aplicarán en casos como el no emitir facturas (hasta $40.000) o no responder pedidos de informes en tiempo y forma (hasta $30.000). El decreto también contempla una reducción del 50% en las multas si el contribuyente subsana su falta y realiza el pago dentro de los 15 días posteriores al vencimiento de la obligación. Según el texto publicado ayer en el Boletín Oficial, la normativa actualizada aplica a personas humanas, así como a una amplia gama de entes económicos, incluyendo sociedades comerciales, asociaciones civiles, cooperativas, mutuales y fideicomisos. Para casos no previstos específicamente, las sanciones serán cinco veces el mínimo correspondiente de la Tasa Comercial. Allí mismo, el Ejecutivo aclara que el objetivo del nuevo régimen no es aumentar la recaudación, sino fomentar el cumplimiento de las obligaciones tributarias y ordenar el sistema fiscal. “El sistema busca corregir conductas y facilitar la tarea de verificación y percepción de los gravámenes”, expresa puntualmente Para mayor información, ingresar al Boletín Oficial del miércoles 15 de enero

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