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  • Confirmaron el procesamiento de acusado de vender drogas en distintas ciudades de Entre Ríos y Santa Fe

    Parana » APF

    Fecha: 03/01/2025 20:30

    Se trata de Ariel Sione, que integraría la organización que lideraría Alan Barriento, hijo del líder de la barra de Patronato, Gustavo Barrientos, alias Petaco, que fue asesinado en una salida socio familiar en su casa de Colonia Ensayo, en el Departamento Diamante. Su defensor había pedido la nulidad del procesamiento y la libertad de su defendido y en subsidio su arresto domiciliario. Se dieron por probadas las presunciones sobre el riesgo de fuga y de entorpecimiento de la investigación . viernes 03 de enero de 2025 | 19:49hs. La Cámara Federal de Apelaciones de Paraná, integrada por Mateo Busaniche y Beatriz Aranguren, resolvió el viernes 27 de diciembre de 2024 “rechazar el recurso de apelación interpuesto por la defensa de Ariel Sione y, en consecuencia, confirmar la resolución del 26 de noviembre de 2024 que, en lo que aquí interesa, resuelve su procesamiento con prisión preventiva por el delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización… ley 23.737, en calidad de coautor…”. El Tribunal intervino en virtud del recurso de apelación interpuesto por la defensa de Sione, a cargo de Claudio Berón, contra la resolución que resolvió su procesamiento con prisión preventiva. El recurso fue concedido el 3 de diciembre de 2024. En esta instancia intervino el fiscal general, Ricardo Álvarez. Las actuaciones principales se iniciaron a partir de la investigación que “auscultaba a una organización que se dedicaría al narcotráfico en distintas ciudades de Entre Ríos y en Santa Fe, liderada por Alan Andrés Barrientos e integrada por un importante número de intervinientes, con diferentes roles, entre quienes se encontraría Ariel Sione”. El caso La Cámara evaluó que “… respecto del nombrado se pudo obtener como hipótesis que intervendría como comercializador del estupefaciente y facilitador de un inmueble situado en calle Du Gratty N° 89 de esta ciudad, donde funciona un lavadero que habría sido utilizado para recibir cargamentos de droga”. Consideró también que el 7 de noviembre de 2024 “se llevaron adelante una serie de allanamientos, entre ellos, en la vivienda de Sione ubicada en calle Manuel Dorrego, entre Neuquén y Simón Bolívar (donde fue detenido y se encontró 6,6 gramos de cocaína, dinero en efectivo, una balanza y un celular); así como también en el mencionado lavadero (donde se hallaron 97 gramos de la misma sustancia, una balanza, dinero en efectivo y celulares), ambos de la ciudad de Paraná”. Además consideraron que en el “último inmueble se encontraban tres ciudadanos ER, DZ y TM”y que “al día siguiente se le recibió declaración indagatoria a Sione, y el 26 de noviembre de 2024 el Magistrado –en lo que aquí interesa- resolvió su procesamiento con prisión preventiva por el delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización… ley 23.737, en calidad de coautor, y declinó la competencia en favor del Juzgado Federal N°1 de Paraná”. Contra el auto de procesamiento y prisión preventiva, se alzó la defensa del nombrado, dando lugar a la intervención al Tribunal de Cámara. Berón pidió la nulidad del procesamiento, solicitó la libertad de su defendido o en subsidio, su arresto domiciliario. En forma alternativa ofreció caución real de 1.500.000 pesos. En cuanto a la prisión preventiva, remarcó que “el Juez realizó apreciaciones genéricas, carente de fundamentación y basándose en presunciones; y respecto a la implementación de medidas cautelares entendió que se ha desconocido el ‘status constitucional’ de inocencia”. Aludió que “el Magistrado al ‘fundar’ los riesgos procesales, incurre nuevamente en apreciaciones genéricas y achacando a su pupilo acciones de otras personas involucradas en la causa; y que analiza en forma conjunta a todos los imputados, sin hacer referencias a las condiciones particulares de Sione. Destacó que no existe ningún elemento de prueba donde se puedan advertir que su defendido tenga vínculos interprovinciales o internacionales”. Idónea No obstante, la Cámara entendió que “cabe concluir que la privación de la libertad de Sione se presenta –por el momento- como la más idónea, necesaria y proporcionada para asegurar -con efectividad- la comparecencia y sujeción del nombrado al proceso y, a su vez, despejar las posibilidades de entorpecimiento u obstaculización de la investigación”. Añadió que “todo lo expuesto permite abonar las presunciones sobre el riesgo de fuga y de entorpecimiento de la investigación y del proceso a las que refiere el Magistrado…, por lo que corresponde confirmar la prisión preventiva dictada”. Riesgos vigentes Los magistrados indicaron que “–por el momento- no obra en autos el informe socio ambiental que permitiría conocer su situación laboral y económica a la que alude, y/o bienes de su propiedad”. Asimismo, conforme expuso el Magistrado, señalaron que “las medidas de prueba que restan producirse –testimoniales e informes-, y la posible incorporación de otras personas al proceso, como elementos que también permiten presumir la existencia de riesgo procesal; el cual se presenta –por el momento- como significativamente alto para el normal desarrollo de la causa”. Analizaron que, “según lo expuesto por la defensa respecto a la imposibilidad de que el imputado pueda influir en las testimoniales que restan producir, cabe señalar que lo que se pretende evitar es que este en libertad, en conocimiento de los datos que pudieran surgir de las medidas probatorias pendientes, los utilice en algún sentido para entorpecer la investigación”. Evidencias También consideraron que “de lo expuesto en su indagatoria –al momento de ser consultados por sus datos personales-, se desprende que su ocupación sería la de cobro de alquileres (de campos, viviendas, transporte de cereal) y que residía en calle Manuel Dorrego s/n, frente a la iglesia, del barrio Macarone de Paraná. Cabe destacar –como se expuso- que dicho domicilio fue allanado y en él se produjo su detención y el secuestro de 6,6 gramos de cocaína, una balanza, dinero en efectivo, y un teléfono celular”. Antecedente La Cámara destacó que “el Magistrado ha tenido en consideración los riesgos procesales existentes, lo incipiente de las actuaciones enunciando las medidas probatorias pendientes o en curso de producción, y resuelto con los elementos con los que contaba en ese momento, por lo que no se advierte arbitrariedad en la valoración de tales extremos”. En aquella línea argumental, expusieron que “del Registro Nacional de Reincidencia (RNR) surge que Sione fue condenado en 2018 por el Juzgado de Garantías N°2 de esta ciudad a la pena de tres años de prisión de ejecución condicional por el delito de: ‘abuso sexual por aprovechamiento de la inmadurez de la víctima (estupro)…”. También evaluó que “en principio el máximo establecido supera los ocho años de pena privativa de libertad y no procedería la condena de ejecución condicional. Más aun teniendo en cuenta la especial gravedad que reviste el ilícito vinculado al tráfico de estupefacientes, lo cual es un parámetro que no puede desatenderse y abona el riesgo de fuga, de entorpecimiento de la investigación y del proceso”. Sione está detenido desde el 7de noviembre de 2024, habiéndose dictado su procesamiento y prisión preventiva el 26 de diciembre de 2024, por lo que la medida cautelar dispuesta sobre aquel se encuentra dentro de lo estipulado” por las normas y en el plazo vigentes, por lo que, según se sostuvo “dado su carácter provisional y las características del caso, aparece como razonable y proporcionada”. (APFDigital)

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