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Concepcion del Uruguay » 03442noticias
Fecha: 06/01/2026 14:14
La División Tránsito, dependiente de la Dirección de Seguridad Ciudadana de la Municipalidad de Concepción del Uruguay, informó que desde agosto hasta diciembre de 2025 se retuvieron 473 vehículos entre autos y motos por diversas faltas a la normativa vigente. Entre las causas más frecuentes se encuentran licencias de conducir vencidas, falta de seguro obligatorio, vehículos mal estacionados, entre otras. Desde el área remarcaron que, en el período comprendido desde agosto a diciembre del 2025, fueron secuestradas 429 motos y 44 autos, principalmente por circular sin licencia, con licencias vencidas, falta de seguro o por escapes modificados, no originales, que provocan ruidos molestos. Estos procedimientos se realizaron en conjunto con la Policía de Entre Ríos y en el marco de las tareas de prevención y ordenamiento urbano que se vienen desarrollando en distintos puntos estratégicos de la ciudad. Asimismo, destacaron que cada acta labrada es remitida a la Fiscalía Administrativa y al Juzgado de Faltas, organismos que determinan las sanciones correspondientes que pueden ser de carácter pecuniario o administrativo, e incluir la retención de la licencia de conducir o incluso la inhabilitación del vehículo, según la gravedad del caso. Finalmente, remarcaron que estos operativos buscan dar respuesta a la creciente preocupación de vecinos respecto a las caravanas de motos y la percepción de falta de controles en distintos puntos de la ciudad. Escapes y ruidos molestos Los ruidos molestos, la contaminación sonora y la contaminación de gases tóxicos que emanan de las motos que poseen caños de escapes modificados, son los principales motivos de malestar de los vecinos que sufren el daño ambiental y acústico y reclaman la necesidad e importancia de aportar una solución a esta problemática. En lo que respecta a los ruidos molestos provocados por los escapes, cabe recordar que en la ciudad rige la Ordenanza 11578 que señala Prohíbase producir, causar, estimular o provocar ruidos molestos, cualquiera sea su origen, cuando por razones de la hora y lugar o por su calidad o grado de intensidad, se perturbe o pueda perturbar la tranquilidad o reposo de la población o causar perjuicios o molestias de cualquier naturaleza. La Ordenanza rige para los ruidos molestos producidos en la vía pública, plazas, parques, salas de espectáculos, centros de reunión y en todos los demás lugares en que se desarrollan actividades públicas o privadas.
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