24/12/2025 16:53
24/12/2025 16:53
24/12/2025 16:53
24/12/2025 16:53
24/12/2025 16:53
24/12/2025 16:53
24/12/2025 16:53
24/12/2025 16:53
24/12/2025 16:53
24/12/2025 16:53
» Los Primeros
Fecha: 24/12/2025 15:37
La Corte Suprema de Justicia de la Nacion dio por concluida la causa iniciada por la Defensoria del Pueblo de Tucuman contra administradoras de planes de ahorro para la compra de vehiculos 0 km al declarar inadmisible el recurso extraordinario presentado por el organismo provincial. Esa resolucion dejo firme el fallo de la Justicia provincial y habilita a concesionarias y a las empresas administradoras de los planes a reclamar el cobro total de las sumas adeudadas a aproximadamente 15.000 suscriptores en la provincia, que hasta ahora estaban amparados por una medida cautelar que quedo sin efecto. La accion judicial fue promovida en 2019 por la Defensoria del Pueblo, entonces a cargo de Eduardo Lalo Cobos, a partir de cientos de reclamos por los aumentos de las cuotas de los planes de ahorro para autos 0 km. Segun la presentacion, al momento de la contratacion las cuotas representaban entre el 20% y el 25% del salario; con el avance de la inflacion ese porcentaje llego a representar el 70% o mas del ingreso mensual. En ese contexto, la Defensoria estimo que cerca de 20.000 planes se encontraban comprometidos en la provincia. En una primera instancia, la Justicia tucumana hizo lugar en forma parcial al planteo y dicto una medida cautelar que beneficio a los usuarios, retrotrayendo el valor de las cuotas y limitando los aumentos. Esa resolucion tuvo un fuerte impacto en el mercado automotor y dio lugar a un prolongado conflicto judicial con las administradoras y concesionarias, que cuestionaron la legitimacion del Defensor del Pueblo para actuar en representacion colectiva de los suscriptores. El rumbo procesal cambio en marzo de 2021, cuando la Sala III de la Camara Civil y Comercial Comun declaro la falta de legitimacion activa del Defensor del Pueblo para sostener la accion. Esa decision redujo el alcance de la cautelar y marco un punto de inflexion en la causa. La Defensoria apelo ante la Corte Suprema de Justicia de Tucuman, sosteniendo la validez de su intervencion institucional en defensa de consumidores. El 15 de junio de 2022 la Corte provincial, con los votos de los jueces Daniel Posse, Antonio Estofan y Daniel Leiva, rechazo la presentacion de la Defensoria y confirmo la falta de legitimacion. No obstante, en noviembre de 2022 el maximo tribunal tucumano declaro admisible y concedio el recurso extraordinario federal interpuesto por la Defensoria por los votos de Leiva, Estofan, Claudia Sbdar, Posse y Eleonora Rodriguez Campos y elevo las actuaciones a la Corte Suprema de la Nacion para su decision definitiva. La expectativa de una revision favorable culmino ayer cuando la Corte Suprema de la Nacion declaro inadmisible el recurso extraordinario en la causa Defensor del Pueblo de Tucuman c/ Volkswagen S.A. de Ahorro para Fines Determinados y otros s/ sumarisimo (residual), en aplicacion del articulo 280 del Codigo Procesal Civil y Comercial de la Nacion. En su voto, el ministro Ricardo Lorenzetti preciso que la inadmision del recurso no equivale a convalidar la justicia o el acierto del fallo recurrido, sino que implica que la Corte no revisara el fondo del asunto. Tiempos extinguidos Con la decision del maximo tribunal quedo firme la sentencia de la Justicia tucumana y se extinguieron los efectos de la medida cautelar que protegia a los usuarios. En la practica, el fallo habilita a las concesionarias y administradoras a reclamar el pago integro de las cuotas adeudadas, incluidas las diferencias acumuladas durante el periodo en que estuvieron vigentes las limitaciones judiciales. El impacto recae en unas 15.000 personas en Tucuman que siguen vinculadas a esos contratos. El cierre del expediente pone fin a una de las demandas colectivas mas relevantes en materia de consumo de los ultimos anos en la provincia y deja a miles de ahorristas ante un escenario contractual y economico complejo. Tras anos de litigio y expectativas judiciales, la resolucion de la Corte Suprema nacional traslada nuevamente la disputa al plano estrictamente contractual y consolida un precedente sobre los limites de la intervencion del Defensor del Pueblo en reclamos colectivos de este tipo.
Ver noticia original