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Parana » Entremediosweb
Fecha: 20/11/2025 18:58
El Gobierno avanza con su proyecto de reforma laboral con dos metas centrales: “crear empleo y reducir la informalidad”, un problema que afecta a la mitad de la fuerza laboral argentina. En este marco, uno de los capítulos clave del borrador oficial se enfoca en los trabajadores de plataformas tecnológicas, como repartidores, mensajeros y choferes de aplicaciones, es decir en servicios como el de Rappi, Pedidos Ya, Uber, Cabify y Didi. La Casa Rosada busca generar un marco «claro, simple y de bajo costo» para incentivar el blanqueo, especialmente en actividades donde la informalidad es la norma. Según especialistas que colaboran con la propuesta, el objetivo es que una Pyme pueda contratar con un trámite digital sencillo y que miles de trabajadores —incluidos extranjeros que hoy se desempeñan en aplicaciones o en el comercio— accedan a una cobertura básica de jubilación y obra social. El Gobierno plantea que “hace diez años que Argentina no genera empleo formal” y el 50% de los trabajadores se desarrolla en la informalidad. Además, existe una creciente porción de empleados registrados que, pese a su condición formal, se encuentran bajo la línea de pobreza y han abandonado sus prepagas, lo que incrementa la demanda sobre el sistema público de salud. En ese contexto, Nación considera regular el trabajo en plataformas, uno de los sectores que más creció en los últimos años y que emplea a miles de personas. La apuesta para regular la economía de las plataformas tecnológicas El borrador de la reforma laboral dedica un apartado completo a la economía de plataformas tecnológicas, con foco en Rappi, Pedidos Ya, Uber, Cabify, Didi y servicios similares. Allí se establecen definiciones y reglas específicas para ordenar el funcionamiento del sistema y garantizar la independencia del repartidor. «El objeto de la ley es establecer reglas adecuadas para promover el desarrollo de la economía de plataformas tecnológicas en el país, asegurando la independencia de los repartidores», afirma el documento. Términos clave que incorpora el borrador de la reforma laboral Nuevas definiciones y reglas para los trabajadores de plataformas Entre las nuevas definiciones, se destacan: · Mensajería urbana: retiro, traslado y entrega de bienes o productos, por cualquier medio de transporte, incluida la entrega a pie. · Repartidor independiente de plataformas: persona que presta este servicio a usuarios mediante aplicaciones. · Contrato de prestación de mensajería urbana: acuerdo entre usuario y repartidor, en el cual la plataforma solo actúa como intermediaria. · Plataforma tecnológica: empresa que administra la aplicación a través de la cual se prestan y contratan los servicios. · Repartidores: autonomía, conexión libre y nuevas obligaciones El proyecto reafirma que los repartidores serán considerados trabajadores independientes, manteniendo su figura de monotributistas, pero con la obligación de acordar con las empresas un seguro de accidentes, uno de los reclamos más frecuentes del sector. El artículo 81 destaca que los prestadores «serán libres de conectarse a cualquiera de las plataformas en las jornadas y durante el tiempo que estimen conveniente», así como de aceptar o rechazar pedidos según su disponibilidad. También podrán definir la forma en que brindan el servicio, lo que incluye recorridos, tiempos y medios de transporte. Derechos y transparencia para los repartidores Otro punto relevante del texto es que obliga a las plataformas a informar en lenguaje claro los criterios con los que agrupan, ordenan o clasifican a los repartidores. Estos parámetros deberán estar siempre disponibles para su consulta, un avance en materia de transparencia algorítmica. Para el Gobierno, regular la actividad de plataformas no solo permitirá ordenar un segmento marcado por la informalidad, sino también generar nuevas oportunidades laborales y ampliar la base de contribuyentes con aportes mínimos de seguridad social. En paralelo, se busca brindar certezas a las empresas tecnológicas que operan en el país y acompañar el crecimiento de un sector que ya forma parte del entramado urbano y comercial argentino. Los criterios deberán ser expresados en lenguaje claro y deben estar disponibles para su consulta. Obligaciones específicas de las plataformas tecnológicas 1. Brindar a los repartidores independientes la información necesaria a efectos que pueda decidir aceptar o rechazar el transporte y/o entrega requerido por un usuario. 2. Respetar la libertad de conexión del repartidor independiente contemplado en el Artículo 74 de la presente ley. 3. Ofrecer información vinculada a la normativa en seguridad vial y a la prestación del servicio, destinadas a los repartidores independientes. 4. Facilitar el acceso a los elementos de seguridad vial aplicables según el tipo de vehículo. 5. Contar con un mecanismo digital de reporte de quejas de manera simple, accesible y constantemente disponible para los usuarios, debiendo establecer un procedimiento eficaz para solucionar o dar respuesta a los reclamos. 6. Arbitrar los medios para que los repartidores independientes tengan instancias de atención a través de operadores y/o recepcionistas, en la cual puedan obtener justificaciones respecto a las decisiones que afecten su operatoria con las plataformas». Obligaciones de los repartidores independientes 1. Ser titular de la cuenta de usuario necesaria para prestar sus servicios a través de las diferentes plataformas de intermediación digital que utilice. 2. Estar inscripto debidamente ante las autoridades fiscales correspondientes y cumplir con todas sus obligaciones tributarias y de seguridad social, notificando cualquier alteración en su situación fiscal. Asimismo, deberán hacer los pagos de los aportes respectivos a través del cual tendrán acceso a todas las prestaciones sociales y un seguro de salud de acuerdo a lo previsto en el artículo 39º de la Ley 24.977, sus modificaciones y normas complementarias. 3. Tener cuenta bancaria o billetera electrónica cuya Clave Bancaria Uniforme (CBU) o Clave Virtual Uniforme (CVU) sea debidamente informado a la plataforma tecnológica, a fin de recibir las transferencias que correspondan por sus servicios. 4. Respetar las normas de tránsito en la prestación del servicio. 5. Aceptar y cumplir con los términos y condiciones de las plataformas; 6) Cumplir su prestación y realizar los viajes que decida en beneficio de tantos usuarios como decida». Derechos de los repartidores independientes 1. Rechazar cualquiera de los pedidos que reciba por la aplicación, sin obligación de brindar justificativo alguno. 2. Los repartidores independientes tienen derecho a recibir una explicación de los motivos que fundamentan un bloqueo que imposibilite – parcial o totalmente – el acceso a la infraestructura digital. A su vez, tendrán derecho a interactuar con operadores y/o recepcionistas y podrán ejercer su derecho a réplica. 3. El repartidor tiene derecho a solicitar la portabilidad de sus datos en un formato estructurado, genérico y de uso común. 4. Acceder a una capacitación en la cual se detalle el uso de la infraestructura digital, la interacción con los diferentes usuarios y a todo aquel conocimiento relevante para el ejercicio de sus tareas. La misma será de acceso libre para los repartidores independientes, debiendo las plataformas asumir los costos asociados. 5. Acceder a una capacitación en aspectos de seguridad vial, con el objetivo de conocer las normativas de tránsito, las mejores prácticas de convivencia vial, y el correcto uso de los elementos de seguridad vial necesarios para su labor. La misma será de acceso libre para los repartidores independientes, debiendo las plataformas asumir los costos asociados. 6. Podrán acceder a un seguro de accidentes personales proporcionado por las plataformas, el cual, en su cobertura mínima, deberá contemplar los riesgos asociados al fallecimiento accidental, la incapacidad total y/o parcial permanente, los gastos médicos y farmacéuticos, así como los costos funerarios. La responsabilidad de la provisión de este seguro y los gastos derivados del mismo serán objeto de acuerdo entre las partes involucradas, sin establecer una responsabilidad exclusiva para ninguna de ellas, ni un indicio de relación laboral o dependencia entre las plataformas y repartidores. La ampliación de las prestaciones o la implementación de seguros adicionales no implicarán incumplimiento de lo dispuesto en esta normativa, ni serán considerados como indicio de laboralidad». 7. Tiene derecho a recibir una retribución dineraria por la prestación de sus servicios de parte del usuario consumidor, a través de la plataforma por la que presta los servicios de mensajería; asimismo también tiene derecho a percibir el ciento por ciento (100%) del monto que los usuarios agreguen en concepto de gratificación, recompensa o «propina». Dicho monto puede ser sugerido por la plataforma, a efectos ilustrativos y preservando la posibilidad de modificarlo por parte del usuario. 8. Conectarse sin tener la exigibilidad de una periodicidad mínima. 9. Registrarse en la aplicación sin que ello implique asumir la obligación de conectarse y/o aceptar pedidos. 10. Interrumpir la utilización de la aplicación, sin tener que dar previo aviso. 11. Prestar servicios durante el tiempo que estime conveniente. 12. Conectarse a la aplicación y prestar los servicios dentro del ámbito de cobertura establecido por la plataforma tecnológica. 13. Decidir el mejor trayecto o recorrido, pudiendo valerse de la sugerencia de ruta que muestra la aplicación o utilizar otras aplicaciones de navegación de sistemas de posicionamiento global (GPS)». En resumen, la reforma laboral busca equilibrar los derechos de los trabajadores de plataformas tecnológicas con la flexibilidad y autonomía que caracteriza a este tipo de empleo. La medida pretende reducir la informalidad y mejorar las condiciones laborales de un sector que, a pesar de su crecimiento, ha sido históricamente precario en términos de derechos y beneficios. A medida que la reforma avance, se espera que más trabajadores se sumen al sistema formal, con un marco legal que les brinde mayor seguridad y acceso a beneficios sociales. (Con información de IP)
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