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» Rafaela Noticias
Fecha: 05/11/2025 09:28
Debate abierto: ¿deben autorizar a los comercios a vender alcohol a la madrugada? Una comerciante de la ciudad presentó una nota en el Concejo Municipal con un pedido muy particular, que deberá ser analizado por el cuerpo legislativo: la modificación o derogación de una ordenanza que prohíbe el expendio de bebidas alcohólicas en el horario de 0 a 6 de la mañana. La mujer se presenta como propietaria de un maxikiosco habilitado, que trabaja las 24 horas y los 365 días. Pide "la derogacién o revlsl6n de la Ordenanza Municipal N° 4293 del año 2009, que prohíbe la venta de bebidas alcoh61icas a personas mayores de edad entre las 00:00 y las 08:00 horas, excepto para los locales categorizados como bares". En la nota, la comerciante sostiene que "la restricción recae sobre ciudadanos plenamente mayores de edad, quienes legalmente pueden decidir de forma libre y responsable sus hábitos de consumo. Esta norma, al limitar su libertad individual, también ha tenido consecuencias económicas significativas en nuestro rubro, generando una calda de aproximadamente el 35% en las ventas, con impacto directo en la subsistencia de pequeños comercios locales". Expresa también su comprensión sobre "el objetivo de cuidar la salud y el orden público, pero creemos flrmemente que la concientización y la educación son herramientas mucho más efectivas que la prohibición. Por eso proponemos un trabajo conjunto entre el municipio, las empresas proveedoras y los comercios minoristas para impulsar campañas de consumo responsable". Lo que dice la ordenanza La normativa a la que hace mención el pedido prohíbe en primer término la venta de alcohol a menores de 18 años, en cualquier horario del día. En el artículo segundo, especifica que la prohibición de venta de alcohol es total a partir de las 0 y hasta las 8 de cada día: "Prohíbese la venta, expendio o suministro, por cualquier título, de bebidas alcohólicas, en todas sus formas y cualquiera sea su graduación al público en general a todo comercio de la ciudad, en el horario comprendido entre las cero (00:00) horas y las ocho (8:00), durante todos lo días de la semana.", dice la ordenanza. Como es fácil de comprender, la ordenanza no se cumple en absoluto en ese punto: son decenas los comercios que venden alcohol a menores y la existencia de servicios de deliverys que proveen bebidas a domicilio también torna abstracta la discusión sobre el cumplimiento de la normativa. No obstante, a los comerciantes los afecta porque pueden ser pasibles de sanciones y multas en caso de verificarse el expendio de bebidas en los horarios restringidos. Precisamente la ordenanza también reglamenta las sanciones a aplicar:
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