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Parana » Paginajudicial
Fecha: 29/10/2025 10:20
La lista cobra relevancia para la agenda que viene. Una polémica de baja intensidad. La ley que reformuló Jorge Busti. Federico Malvasio De la Redacción de Página Judicial Este martes se conoció que el Poder Ejecutivo elevó la lista de conjueces para el Superior Tribunal de Justicia (STJ). El Senado le dará acuerdo en la sesión de este miércoles. Es un procedimiento habitual establecido en la Constitución. El Colegio de la Abogacía suele proponer nombres. La novedad saltó de los ámbitos institucionales, es decir de la convocatoria a sesión publicada en el sitio oficial de la Cámara alta, cuando se hizo mención a dos candidatas: Carina Ramos y Mariana Farfán. Dos ex diputadas provinciales por el justicialismo. Sectores de ese partido -propensos a ver rosca política sin la más mínima capacidad de entender de qué se trata- alertaron a “compañeros” bajo la certeza que ambas designaciones responden a una paga del Gobernador por no haber apoyado a la lista oficialista del PJ. El colectivo feminista salió a responder. En resumen: un intento de debate sobre una Fake. Las doctoras Ramos y Farfán hicieron su aclaración. Correctisima. Ver esta publicación en Instagram Una publicación compartida de Carina Ramos (@carinamramos) La lista de conjueces – además de Ramos y Farfán – la integran Analia Cardoso, Jorge D’ Dagostino (ex diputado por la UCR), Martín Pita, Cristina Enderle, Livio Pablo Hojman, Magdalena Vinacur (ex candidata por la UCR), Martín Acevedo Miño (funcionario provincial), Alfredo Vitale, Andrea Saxer, Agustpin Turinetto, Verónica Mulone, Germán Mannucci, Marca Belén Ríos, Laureano Germán Ríos, Fabricio Testa y Evangelina Marisa Bartoli. La Ley Orgánica del Poder Judicial, en su artículo 36, dice que “los conjueces del Superior Tribunal en número de dieciocho (18) serán designados por el Poder Ejecutivo con acuerdo del Senado” y “la designación deberá recaer en abogados”. El 18 de febrero de 2004, durante la tercera gestión de Jorge Busti, la Legislatura reformó a través de la ley 9.550 el decreto ley 6.902/82 donde se establece que serán los integrantes de las cámaras primera, segunda y tercera de la ciudad de Paraná quienes suplan a los vocales. El 23 de junio de ese mismo año, es decir, tres meses después, los legisladores modificaron el artículo 5º bis, a cuyo texto se le incorporó el siguiente inciso (j): “Deberán excusarse de entender en el proceso, los magistrados o funcionarios judiciales que deban resolver acciones interpuestas por otros magistrados o funcionarios pertenecientes al Poder Judicial de la provincia o al Tribunal de Cuentas de la provincia, sean éstos activos o pasivos, que tengan por objeto reclamos vinculados con sus haberes y/o condiciones laborales, o inherentes a sus funciones; en cuyo caso corresponderá la pertinente designación de abogados de la lista de conjueces a los efectos del respectivo pronunciamiento”. La lista de conjueces debería tomar otro valor por estos tiempos si se indaga en la agenda que tiene previsto el Poder Ejecutivo en asuntos que impactarán en el Poder Judicial. De uno y otro lado de Plaza Mansilla subyace un conflicto que tiene su origen en la pandemia cuando la administración de Gustavo Bordet aprobó en la Legislatura la “Ley de Emergencia Solidaria” que dejó sin efecto la ley de enganche, que establece el mecanismo de actualización de haberes para los judiciales, y las diferencias que se generaron entre lo que fijó la Corte Suprema y los incrementos que otorgó la Provincia. La norma recibió planteos de inconstitucionalidad que fueron desechados. También hubo distintos reclamos que se canalizaron a través del STJ, la Asociación de la Magistratura y la Función Judicial –el gremio de los jueces– y los sindicatos que representan a los empleados que pretendían la “devolución” de las diferencias e incluso llegaron a presentar distintas propuestas en cuotas “con el propósito de no resentir las cuentas públicas”. Una vez que quedó sin efecto la ley de emergencia solidaria, hubo un acuerdo del Poder Judicial y el Ejecutivo que implicaba un incremento total y remunerativo del 24%, porcentaje que se liquidó por un código separado y escalonado. Hay quienes no lo aceptaron y aún litigan. En junio pasado, el Poder Ejecutivo rechazó, formalmente, un reclamo salarial que había formulado el STJ. Estos litigios – si se lee la norma- podrían o deberían recaer sobre conjueces.
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