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» Corrienteshoy
Fecha: 20/10/2025 22:15
SIGUE EL CONFLICTO! La Junta Electoral rechazó presentación de Esquina y ratificó lo dispuesto para el pago por las elecciones La comuna que realiza elecciones locales en forma simultánea con las nacionales, este domingo 26 de octubre, deberá pagar el costo del acto comicial. Ahora, debe terminar de desembolsar un poco más de $12.000.000 Por Acta N° 62 la Junta Electoral rechazó la impugnación planteada por el Municipio de Esquina y ratificó lo dispuesto por Acta N° 61 para las Elecciones del 26 de octubre. De esta forma las autoridades municipales de la ciudad correntina de Esquina, deberán terminar de desembolsar un poco más de $12.000.000 para costear los gastos del acto comicial de este domingo 26 de octubre. La comuna, por decisión del intendente local, unificó las elecciones nacionales con las locales donde se dirimirá quién será el nuevo intendente y quiénes serán los flamantes concejales. Los electos asumirán el 10 de diciembre venidero. Parte del fallo publicado este lunes 30/10 en el sitio oficial del Poder Judicial de Corrientes. CTA N° 62 : “LA JUNTA ELECTORAL DE LA PROVINCIA RESUELVE: 1°) RECHAZAR en todos sus términos la presentación efectuada por el Asesor Legal del Municipio de Esquina en fecha 17 de octubre de 2025, por resultar extemporánea, improcedente y carente de fundamento jurídico. 2°) RATIFICAR lo dispuesto por Acta N° 61/25, en cuanto aprueba la reformulación presupuestaria y fija en $12.398.000 el monto pendiente de pago por parte del Municipio de Esquina, debiendo ser abonado de manera inmediata, bajo apercibimiento de iniciar procedimiento de conflicto de poderes a fin de obtener el cobro correspondiente. 3°) HACER SABER al Municipio de Esquina que los conceptos cuestionados (impresión de boletas, servicios de cómputo, impresión de padrones de privados de libertad y gastos administrativos, corresponden a obligaciones reconocidas y que son de exclusiva responsabilidad y competencia, encontrándose todos ellos sujetos a control y serán oportunamente rendidos conforme lo dispone Ley de Financiamiento Público Provincial. 4°) REGÍSTRESE…”
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