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Federal » La Prensa Federal
Fecha: 14/10/2025 11:50
Agustín Gauna fue condenado a tres años de prisión condicional. El hecho ocurrió en 2021, cuando el vehículo que conducía, con 1,83 gramos de alcohol en sangre, cayó a un arroyo y provocó la muerte de su amigo. El Tribunal de Juicio y Apelaciones de Paraná dictó este lunes la condena contra Agustín Denis Ernesto Gauna por el siniestro vial ocurrido el 7 de marzo de 2021, en un camino rural del paraje El Colorado, cerca de Santa Elena. El juez Mauricio Mayer lo halló responsable de los delitos de “Homicidio culposo agravado” y “Lesiones graves culposas agravadas”, imponiéndole tres años de prisión condicional y la inhabilitación por cinco años para conducir vehículos con motor. La sentencia completa se dará a conocer el próximo 20 de octubre, a las 12:30. El hecho se produjo alrededor de las 5:30 de la madrugada, cuando Gauna conducía un Fiat Duna acompañado por sus amigos Johann Franco Matías Córdoba, Andrés Emanuel Pereira, Augusto Zapata y Jorgelina Salva. Según la investigación, “Gauna conducía de manera imprudente tras haber bebido”, presentando 1,86 gramos de alcohol en sangre, según consta en los informes periciales. Durante el debate, el juez sostuvo que el hecho quedó “palmariamente verificado en su materialidad”, destacando que Gauna actuó de forma “negligente, descuidada, francamente imprudente, disipado, aventurero”. Tres escenas del hecho En la sentencia, Mayer explicó que dividió los acontecimientos en “tres escenas”. La primera ocurrió cuando Córdoba y Zapata se reunieron en una plaza cercana al Banco Nación, donde bebieron cervezas mientras esperaban a Pereira y Salva, quienes llegaron en moto. La segunda escena se desarrolló cuando llegó Gauna y el grupo fue hacia la costanera, cerca del camping. Allí el acusado propuso “salir a dar vueltas en auto”, por lo que junto a Zapata fue hasta la casa de su abuelo y sacaron el Fiat Duna, empujándolo sin encender el motor. El tercer momento fue el siniestro: el vehículo transitaba un camino de tierra, “derrapó 22 metros, chocó con un árbol y cayó de punta a un arroyo”, lo que provocó el fallecimiento de Córdoba y lesiones graves en Pereira. Evaluación de las pruebas El magistrado consideró que no se acreditó con certeza que el acusado circulara a una velocidad mayor a la permitida. Un perito estimó que el vehículo iba a 63 kilómetros por hora, en una zona donde el máximo permitido era de 110. Pese a que algunos indicios sugerían un exceso de velocidad, no fue posible comprobarlo con el grado de certeza exigido por la ley. El fiscal Facundo Barboza había solicitado una pena de tres años y medio de prisión, mientras que la querella, representada por Fabián Alsina, pidió cinco años. Finalmente, Mayer impuso tres años de prisión condicional y medidas de conducta: realizar un curso de conducción en el municipio de Santa Elena y cumplir tareas comunitarias por 96 horas anuales durante el período de la condena. Además, el juez ordenó que se notifique la sentencia a los familiares de las víctimas. El hecho investigado De acuerdo con la acusación, “aproximadamente a las 5:30 del 7 de marzo de 2021, Pereyra, Zapata, Gauna, Salva y Córdoba se conducían en un Fiat Duna, conducido por Gauna, haciéndolo por un camino rural sito en paraje El Colorado, cercanías de Santa Elena”. En virtud de su estado de ebriedad —“1,83 gramos de alcohol/litro en sangre”— y la velocidad del vehículo, Gauna “perdió el dominio del rodado el cual cayó desde un puente hacia un arroyo”. Como consecuencia, “Córdoba resultó con traumatismo cráneo-encefálico grave, con fractura y hundimiento de hueso parietal izquierdo, hemorragia subdural y subaracnoidea, y sección de cerebelo y tronco encefálico, lesiones que ocasionaron su muerte; y Pereira resultó con fractura de metacarpianos de mano izquierda”, lesiones que requirieron intervención quirúrgica. (APF)
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