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  • Los cambios que plantea Trabajo para el permiso por fallecimiento de un familiar y por cuidados paliativos

    » Diario Cordoba

    Fecha: 09/10/2025 10:24

    La vicepresidenta segunda, Yolanda Díaz, ha anunciado este jueves la ampliación del permiso por fallecimiento de un familiar y la creación de un nuevo permiso para poder cuidar a un familiar que haya sido ingresado en cuidados paliativos. La ministra de Trabajo pone así en marcha una reforma del catálogo de ausencias retribuidas que entrará en vigor próximamente, si bien todavía existen distintas dudas sobre el contenido y alcance final de la reforma. Las cuestiones abordadas en el presente artículo pueden esta sujetas a cambios durante la tramitación definitiva de la misma. Actualmente, cuando un trabajador asalariado pierde a un familiar tiene derecho a ausentarse unos días de su puesto para enterrarlo y pasar el luto. Según está hoy contemplado en el Estatuto de los Trabajadores, el empleado puede ausentarse dos días en caso de deceso "del cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad". Esos dos días pueden ampliarse hasta un total de cuatro si para asistir al entierro del fallecido el trabajador necesita "hacer un desplazamiento". Legalmente ha distintas interpretaciones sobre qué significa "hacer un desplazamiento" y hay convenios que concretan que debe ser a otra localidad, o provincia o a un número concreto de kilómetros. Ahora Díaz pretende ampliar esos entre dos y cuatro días hasta un total de 10 días de ausencia, si bien no ha avanzado si existirá una gradualidad en función de distancias o si, directamente, todos los afectados podrán solicitar directamente 10 días. La vicepresidenta segunda ha argumentado que hoy en día el código normativo español no permite a una persona acompañar a sus seres queridos cuando encaran un proceso de cuidados paliativos. Este tipo de tratamientos buscan aliviar el sufrimiento y mejorar la calidad de vida de personas con enfermedades crónicas o avanzadas y tienen una duración incierta. Un enfermo puede estar días, meses o incluso años en dicha situación y el Ministerio de Trabajo pretende aumentar la flexibilidad para poder acompañarlo. Si bien todavía no se ha concretado la fórmula que pueda adaptarse a esa casuística tan diversa. Lo más parecido actualmente es el permiso por hospitalización de un familiar, que da hasta cinco días de ausencia al empleado. Los nuevos permisos cubrirán a todo empleado asalariado que cumpla con los requisitos que acabe exigiendo el nuevo real decreto que los regule. El grado de consanguineidad exigido para acogerse a los mismos es algo que desde el Ministerio de Trabajo todavía deben determinar. Actualmente, la mayoría de permisos quedan restringidos a un segundo grado, es decir, padres, hijos, hermanos, abuelos, nietos, suegros o cuñados. Pero queda por ver si la nueva normativa lo modifica. Sí, los permisos de esta índole son permisos retribuidos y el trabajador continúa percibiendo su salario como si no se hubiera ausentado de su puesto. El coste del mismo, a diferencia de los permisos por nacimiento de hijo, es a cargo de la empresa, que deberá seguir abonando la nómina. La intención de Trabajo no es modificar este esquema con su reforma, según detallan fuentes consultadas del Ministerio. La entrada en vigor de los cambios es algo que todavía no está claro. Desde Trabajo han anunciado que elevarán el real decreto "próximamente" a Consejo de Ministros, lo que dará el pistoletazo de salida a la reforma. Díaz ha defendido que cuenta con el apoyo de sus socios de Gobierno, si bien deberá también reunir una mayoría suficiente en el Congreso para convalidar el real decreto. La norma puede (o no) contemplar un periodo de transición para dejar a las empresas prepararse para los nuevos supuestos. Todo ello será concretado durante las próximas semanas.

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