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  • Condenan a indemnizar con más de $23 millones a una trabajadora en negro

    » Comercio y Justicia

    Fecha: 04/10/2025 01:34

    Condenan a indemnizar con más de $23 millones a una trabajadora en negro El Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo N°77, a cargo del juez Mariano Candal, condenó a tres empresas y a sus socios a pagar una indemnización de más de 23,9 millones de pesos, más intereses, a una trabajadora que denunció haber sido empleada en condiciones informales durante casi ocho años. En la causa se probó mediante testigos y documentación que la mujer trabajó como supervisora de ventas, bajo órdenes directas de los socios, y percibiendo comisiones no registradas y sin recibos. En 2024, la trabajadora intimó a sus empleadores para regularizar su situación conforme a la ley 24.013. Ante la falta de respuesta, consideró injuriado el vínculo laboral y se dio por despedida. Además, impugnó la constitucionalidad de la Ley 27.742, que derogó el sistema de multas por falta de registración laboral, y reclamó daños y perjuicios. El juez Candal reconoció la existencia de la relación laboral no registrada y calificó su clandestinidad como un “daño cierto” que debe ser reparado integralmente, pese a que la nueva legislación eliminó las sanciones indemnizatorias automáticas para estos casos. En su fallo, el magistrado otorgó a la trabajadora una indemnización por daños y perjuicios equivalente a 16 salarios: 12 salarios por daño material y 4 por daño moral. También ordenó a las empresas entregar el certificado de trabajo, bajo apercibimiento de astreintes. “La Ley 27.742 derogó las normas que reprochaban incumplimientos precisos a través de una tarifa, pero no prohibió que el trabajador recurra al derecho de daños para procurar la reparación de todos los perjuicios”, sostuvo el juez. La sentencia destacó las consecuencias de trabajar sin registración: la falta de acceso a una obra social, la imposibilidad de tramitar créditos o acceder a una vivienda, y la pérdida de años de aportes para una futura jubilación o pensión. “El daño que sufre una persona que trabaja en un vínculo clandestino y pierde de manera abrupta sus ingresos es innegable”, señaló el fallo. “La rápida percepción de las indemnizaciones tiende a morigerar ese daño.”

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