Contacto

×
  • +54 343 4178845

  • bcuadra@examedia.com.ar

  • Entre Ríos, Argentina

  • EDICTO: «MEGACREDITOS SRL c/AMARILLA MARIO ALEJANDRO S/ Ejecutivo» Expte. N° 1832/24,- PUBLICADO 30 DE SEPTIEMBRE Y 01 DE OCTUBRE DE 2025

    » tn24

    Fecha: 30/09/2025 15:17

    Juzgado de 1º Instancia en lo Civil y Comercial Nº 12, a cargo de la Dra. GABRIELA ELIZABETH ESPER, Juez, Secretaria 12, de esta ciudad, con sede en Calle Güemes 609 GITA por DOS (2) días en el Boletín Oficial y en un diario local de los de mayor circulación, emplazándolola al demandado MARIO ALEJANDRO AMARILLA M.J. N° 26.212.103 que, en el término de CINCO (5) días tome infervención en autos caratulados «MEGACREDITOS SRL c/AMARILLA MARIO ALEJANDRO S/ Ejecutivo» Expte. N° 1832/24, bajo apercibimiento de desiganarse un Defensor de Ausentes para que lo represente. Se hace saber «Resistencia, 15 de Abril de 2024.-YM AUTOS Y VISTOS: (…) CONSIDERANDO: (…) RESUELVO: I) EMITIR DESPACHO MONITORIO contra MARIO ALEJANDRO AMARILLA DNI N° 26.212.103, condenándolo a pagar al accionante la suma de PESOS CIENTO DIEZ MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y SEIS CON SESENTA Y SIETE CENTAVOS ($110.956,67) en concepto de capital, con más los intereses a calcular de conformidad a lo dispuesto en los considerandos, y las costas que se presupuestan provisoriamente en la suma de PESOS TREINTA Y TRES MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y SIETE ($33.287,00). sujeta a liquidación definitiva.- II) HACER SABER AL EJECUTADO que dentro del plazo de CINCO (5) dias, podrá cumplir voluntariamente con lo ordenado en el pto. I) de la presente, u OPONERSE, a éste despacho deduciendo las excepciones previstas en el art. 543 del C.P.C.C., bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 541 párrafo tercero del ritual. Asimismo, INTIMASELO a que en igual plazo constituya domicilio procesal, bajo apercibimiento de tenerlo por notificado por Ministerio de la Ley en los términos del art. 56 del CPCC.- II) IMPONER las costas a la parte ejecutada, en el supuesto indicado en el punto III) de los Considerandos del presente (art. 538 del C.P.C.C.)-IV) REGULAR los honorarios profesionales de la Dra. GABRIELA VERONICA GARCIA en la suma de PESOS OCHENTA Y UN MIL CIENTO VEINTE ($81.120,00) en el carácter de patrocinante y en la suma de PESOS TREINTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y OCHO ($32.448,00) como apoderado, con más IV.A si correspondiere, (arts. 3, 5, 6 y 15 de la L.A.), con la limitación prevista por el art. 730 del Código Civil y Comercial de la Nación Argentina (Ley 26.994), sin perjuicio de su eventual adecuación en caso de existir oposición. Notifiquese a Caja Forense por Secretaria via internet, conforme lo dispuesto por Acordada 3172 del 09/02/11 del Superior Tribunal de Justicia (punto séptimo) y cúmplase con los aportes de ley. V) AL PEDIDO DE EMBARGO: Atento to peticionado, TRABASE EMBARGO sobre los haberes que tenga a percibir el/la Sr/a. MARIO ALEJANDRO AMARILLA DNI Nº 26.212.103, como dependiente de MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO TERRITORIAL SOSTENIBLE, en la proporción del 20% de los mismos y hasta cubrir la suma de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS ONCE CON SESENTA Y SIETE CENTAVOS ($257.811,67) (capital: $110.956,67 intereses y costas provisoriamente presupuestados: $33.287,00, honorarios: $113.568.00). LIBRESE OFICIO a la patronal del demandado a efectos de que proceda a la toma de razón del embargo trabado, haciéndole saber que los depósitos correspondientes deberán efectuarse en la CUENTA JUDICIAL y C.B.U. del Nuevo Banco del Chaco S.A., Suc. 30,, del 1 al 10 de cada mes, (…) Y SIGUIENTE. Resistencia, 7 de Julio de 2025-BH AUTOS Y VISTOS: (…). NOTIFIQUESE POR EDICTOS el despacho monitorio dictado alla la Sr/a. MARIO ALEJANDRO AMARILLA, (DNI N° 26212103), los cuales se publicarán por DOS (2) días en el Boletín Oficial y en un diario local de los de mayor circulación, emplazándolola a que, en el término de CINCO (5) días y bajo apercibimiento de designarse defensor/a de ausente para que lolla represente, torme intervención en autos. NOT. GABRIELA ELIZABETH ESPER JUEZ JUZGADO CIVIL Y COMERCIAL N°12». Resistencia, 24 de Septiembre de 2025. Relacionado

    Ver noticia original

    También te puede interesar

  • Examedia © 2024

    Desarrollado por