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  • La Justicia garantizó el acceso al agua potable a adjudicatarios cooperativos de viviendas sociales

    » Comercio y Justicia

    Fecha: 29/09/2025 23:53

    La Cámara en lo Contencioso Administrativa de Primera Nominación dictó recientemente una medida cautelar innovadora en el marco de una acción de amparo contra la Municipalidad de Córdoba promovida por la Cooperativa de Vivienda y Consumo Horizonte Ltda., en representación de vecinos que construyeron sus viviendas sociales por el sistema cooperativo en barrio Robles de Horizonte III, al oeste de la ciudad. La resolución judicial ordenó la inmediata provisión de agua potable a nueve viviendas del fraccionamiento mediante la conexión a la red pública existente (con medidor), ubicada frente al loteo. Esta obligación deberá cumplirse y mantenerse vigente hasta tanto las autoridades competentes ejecuten las obras requeridas por la actual empresa concesionaria del servicio, Aguas Cordobesas SA, las cuales, según la factibilidad de la propia empresa, resultan exorbitantes e imposibles de ser solventadas por terceros; en este caso, los usuarios colectivos y adjudicatarios de viviendas de la Cooperativa Horizonte. Lo novedoso de la decisión radica en que la medida cautelar no sólo asegura el acceso efectivo al agua potable de las familias involucradas, sino que además torna abstracto el tratamiento del amparo principal, dada su amplitud y carácter perdurable en el tiempo. Se sumó a la medida cautelar dictada en enero de 2025 por el Tribunal Superior de Justicia en un amparo de similares características, que ordenó una provisión alternativa de agua potable para 19 familias adjudicatarias de viviendas sociales de la cooperativa, en la fracción Villa Retiro de Horizonte I, ubicada al norte de la ciudad de Córdoba. La Cámara reconoció así que el derecho humano al agua potable, consagrado por la Constitución Nacional y los tratados internacionales de Derechos Humanos, debe garantizarse de manera inmediata, priorizando la tutela urgente frente a la omisión estatal en la ejecución de obras básicas de provisión del vital elemento. Desde la Cooperativa Horizonte se destacó la trascendencia del pronunciamiento, que marca un precedente relevante en la provincia de Córdoba en materia de acceso a servicios esenciales y protección de derechos fundamentales.

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