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  • Cauce señala puntos críticos en la audiencia pública sobre extracción de arenas en Aldea Brasilera

    Parana » Informe Digital

    Fecha: 16/09/2025 13:01

    Se llevó a cabo una audiencia pública por orden del Superior Tribunal de Justicia (STJ) en el marco del amparo presentado por la Fundación Cauce, en relación con la extracción ilegal en la parcela 24.856 y la obstrucción del arroyo El Salto por parte de la empresa minera Cristamine, en Aldea Brasilera. La audiencia, realizada el viernes 12 de septiembre en el Centro de Jubilados y Pensionados de la localidad, contó con la participación de un representante de la Secretaría de Ambiente de Entre Ríos (SAER), autoridades locales de Aldea Brasilera y Colonia Ensayo, miembros de la empresa Cristamine, vecinos de ambas localidades y de Paraná, así como organizaciones ambientalistas y trabajadores vinculados a la empresa. Esta instancia es parte de lo dispuesto por el Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos, que ordenó a la Secretaría de Ambiente convocar a una auténtica participación ciudadana antes de otorgar el Certificado de Aptitud Ambiental (CAA). En cuanto al papel de Cauce en la audiencia, la abogada Valeria Enderle presentó información sobre varios puntos críticos respecto al proyecto: Uno de los aspectos mencionados fue el Ordenamiento Territorial del Bosque Nativo (OTBN): la parcela 24.856 está clasificada como zona amarilla (Categoría II), lo que limita su uso a actividades sostenibles, turísticas o de investigación científica, prohibiendo la minería. La empresa negó esta clasificación, mientras que la Secretaría de Ambiente se comprometió a revisar la situación. Además, se destacó la falta de un Estudio de Impacto Ambiental específico. A pesar de informes previos negativos, se permitió la explotación de la parcela desde el área técnica sin justificativos claros. No hay un estudio de impacto ambiental particular sobre la parcela 24.856, lo que infringe la normativa vigente y los estándares de protección ambiental establecidos por la legislación provincial y la Ley General del Ambiente. Se advirtió también sobre el riesgo que la cava generada por la empresa podría representar para el arroyo El Salto. Se mencionó que, si se permitiera la extracción de arena, podría producirse una filtración que desvíe el curso del arroyo hacia la zona de la explotación minera, poniendo en riesgo el caudal y causando daños irreversibles al ecosistema. Aunque la empresa rechazó este escenario, la Secretaría de Ambiente lo había señalado previamente en otra oportunidad. En la audiencia, se discutieron otros temas como el traslado del material hacia la planta de lavado a través del camino vecinal y el cruce del arroyo por el Puente de Piedra. También se expresó preocupación por la exposición al polvo de sílice, solicitándose la implementación de monitoreos comunitarios de la calidad del aire. Los vecinos y trabajadores manifestaron sus preocupaciones sobre el impacto económico y social de la paralización de la cantera. La Fundación Cauce ha declarado que continuará supervisando el cumplimiento de la sentencia del STJ para asegurar que se respeten las normativas ambientales, especialmente en lo referido a la protección del arroyo El Salto y el cumplimiento del Ordenamiento Territorial del Bosque Nativo.

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