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Gualeguaychu » El Argentino
Fecha: 14/09/2025 10:02
A fines de 2019 se implementó en Entre Ríos la modalidad que los casos penales considerados de gravedad sean juzgados por personas comunes. En todo este tiempo se han desarrollado 138 juicios bajo esta característica y trajo aparejado cuestiones que no fueron tomadas en cuenta. Domingo, 14 de Septiembre de 2025, 6:17 Por Carlos Riera Cuando hablamos de un juicio por jurado, lo primero que se me viene a la cabeza son esas películas de Hollywood de cuando era chico, donde el fiscal del caso saca a relucir toda su capacidad interrogativa y deja al descubierto a la vista de todo un jurado al autor del crimen, en una jugada maestra. “Qué peliculón”, me decía mi viejo. Y tenía razón: durante casi dos horas habíamos seguido atentamente una ficción que nos mantuvo cautivos a la pantalla, sin perdernos detalle de lo que lentamente cocinaba el fiscal para ganar el caso. Pero era algo propio de una película. Como dije, era ficción y sucedía en Estados Unidos. Acá, en Argentina, los juicios eran diferentes, y sobre todo no eran tan apasionantes como en las películas. La Justicia siempre fue algo que pasa puertas adentro de un viejo edificio atiborrado de expedientes, y que el común de las personas siempre consideró ajeno a su vida. Un día eso cambió. El 5 de noviembre de 2019 se sancionó la Ley 10.746, y se originó un nuevo hecho judicial: se implementó el juicio por jurados. Se modificaba la forma de enjuiciar a aquellos imputados de delitos graves, cuya pena máxima en abstracto era de 20 años o más de prisión. Fue recién en ese momento en que me enteré que el Juicio por Jurados no era algo propio de las películas “yanquis”. Esta modalidad ya se había establecido en nuestra Constitución Nacional de 1853, copiado del modelo estadounidense. Entre Ríos la sumó a su Constitución provincial, “para garantizar la participación ciudadana en la administración de justicia y acercarla a la sociedad”. Ese es el fin: que la sociedad sea parte de la forma de administrar justicia. Pero es allí donde también radica uno de los cuestionamientos: ¿está la sociedad capacitada para ejercer justicia o es una forma que tienen los operadores judiciales de quitarse responsabilidad para evitar ser cuestionados? El Jurado y su imparcialidad El principal argumento en este tipo de juicios es que “el jurado otorga mayor imparcialidad, ya que la decisión será tomada por 12 personas que no están involucradas de manera previa en el caso, ni pertenecen al Poder Judicial. Es más respetuoso de los derechos y garantías que rigen el proceso penal, dado que aumenta la legitimidad y la confianza que tiene la ciudadanía en la justicia, ya que es la propia sociedad la que toma las decisiones”. Es cierto que la decisión de condenar a alguien ya no recae en uno o tres jueces, sino en 12 personas que nada tienen que ver con la abogacía y de forma unánime deben decidir por el futuro de un imputado. ¿Es posible que esas 12 personas, con problemáticas cotidianas como cualquier otra, con ideologías, experiencias y posicionamientos políticos, pueden abstraerse de subjetividad y decidir objetivamente sobre alguien? Casualmente, el primer juicio por jurados que se realizó en Gualeguaychú me puso en esta disyuntiva. Fue el primer juicio declarado estanco en nuestra provincia. Esto quiere decir que el jurado no llegó a un veredicto unánime de culpabilidad y por lo tanto el imputado estaba a un paso de ser sobreseído de la imputación. Debía realizarse un segundo juicio y si el jurado volvía a no acordar de forma unánime, el acusado ya no podría ser nuevamente juzgado. Quedaría libre. El caso en cuestión tenía una particularidad: el imputado era un policía que había disparado y asesinado por la espalda a un delincuente. En ese primer juicio los jurados no se pusieron de acuerdo y seguramente a muchos de ellos se les originaba un choque de paradigmas, y lo que realmente había sucedido nublaba su sensatez. Finalmente, en ese segundo juicio realizado a fines de 2023, el policía acusado fue encontrado culpable y posteriormente condenado a 17 años de prisión. Otro juez técnico, posiblemente más capacitado que el primero, o mejor preparado para este tipo de juicio, supo sobrellevar a ese nuevo jurado para sortear cualquier vicio de objetividad y lograr la condena de forma unánime. Pero, ¿es la unanimidad del jurado la mejor forma de justicia? Hay quienes consideran que un jurado que resuelva por mayoría es más resolutivo, expeditivo, porque genera menos deliberación, pero aquellos que están en contra se aferran a ese mismo argumento para su posicionamiento: creen que hay una menor responsabilidad de quienes son jurados porque los que son mayoría no precisan escuchar a la minoría. “Cuando se requiere unanimidad, los que son mayoría tienen que tratar de convencer con argumentos a los que son minoría. Hoy por hoy, lo que se está viendo en Estados Unidos, es que casi no están quedando juicio por jurado por simple mayoría, sino que casi todas se han decidido por la unanimidad porque le da mayor confiabilidad al trámite”, explicó el coordinador del Ministerio Público Fiscal de Gualeguaychú, Lisandro Beherán. “La unanimidad genera mayor debate, diálogo, e intercambio de opiniones en el jurado. Esa mayoría se esfuerza por convencer con argumentos a la minoría, y cuando no puede, el jurado queda estancado. Actualmente, casi todos están a favor de que el jurado tiene que ser por unanimidad y no por simple mayoría”, agregó el funcionario judicial y también docente de Derecho Penal. La fiscal Martina Cedrés también concuerda con esto, y esgrime en que está en la pericia del funcionario judicial lograr llevar adelante el juicio. “Siempre llegás a la unanimidad si vos tenés pruebas y si sabes prepararlo. El fiscal tiene que estar preparado y todo va a depender de la habilidad que se tenga. El sistema funciona, y funciona bien, sólo se debe estar preparado para hacerlo de la mejor forma”, opinó. La demanda económica Los puntos a favor son claros: hay un acercamiento del sistema de justicia penal con la gente; una mayor credibilidad por el hecho de que participan ciudadanos comunes; y confiabilidad general de la ciudadanía en fallos de la propia comunidad, aun cuando son absolutorios. Despiertan menos críticas que un fallo absolutorio dictado por jueces técnicos. Pero cuando se analizan las contras aparecen argumentos que en principio no habían sido tenidos en cuenta. El presidente del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos, Leonardo Portela, mencionó que la cuestión económica es un factor que incide de forma negativa. “Cuando se sancionó la Ley vigente, los legisladores estimaron que se harían alrededor de 10 juicios por jurados por año en la provincia. Actualmente se realizan entre 35 y 40; y el costo de cada juicio ronda los 10 millones de pesos”, señaló a EL ARGENTINO. Este dato no es para nada menor si se tiene en cuenta que se ha triplicado la cantidad de juicios que se tenían estimados en un principio, en donde cada jurado percibe un monto aproximado de 100 mil pesos diarios por lo que dura el debate. “Si bien la legislación tiene buenas intenciones al impulsar el juicio por jurados, como forma de democratizar el hecho de impartir justicia y que la ciudadanía se involucre en los asuntos públicos, el hecho que los delitos que tienen una pena potencial de “hasta” 20 años implica que casi todos se deban juzgar de esta manera. Esto genera dos problemas, uno coyuntural y otro estructural. El coyuntural es el económico, y en el actual contexto de crisis ese costo es insostenible”, manifestó Portela. Sobre el problema estructural, mencionó una cuestión que involucra a las víctimas de delitos de naturaleza sexual. “Las víctimas no quieren atravesar un juicio por jurados porque su caso indefectiblemente se hará público. La triste consecuencia es que, en ocasiones, las víctimas no denuncian porque cuando se les informa que el victimario tendrá que ser juzgado de esa manera, retroceden. Conclusión, el juicio por jurados, como está establecido, desalienta las denuncias y provoca un grave quebranto económico”, indicó Portela.
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