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Gualeguaychu » El Argentino
Fecha: 02/09/2025 11:19
Constitucionalistas cuestionaron la decisión judicial que prohíbe difundir audios atribuidos a Karina Milei y alertaron que la medida vulnera derechos esenciales en un caso de interés público. Martes, 2 de Septiembre de 2025, 8:29 Redacción EL ARGENTINO Un amplio abanico de especialistas en derecho constitucional criticó la resolución del juez Civil y Comercial Federal Alejandro Patricio Maraniello, que ordenó frenar la difusión de audios presuntamente vinculados a Karina Milei. Coincidieron en que se trata de un acto de censura previa prohibido por la Constitución Nacional y los tratados internacionales de derechos humanos. El abogado Carlos Laplacette advirtió que la medida, pese a los intentos del magistrado por limitar su alcance, no es otra cosa que un “bozal legal”. Recordó que los artículos 14 y 32 de la Constitución, así como el 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, garantizan la publicación de ideas sin censura previa. Para Laplacette, la única respuesta legítima ante abusos informativos son las sanciones ulteriores, nunca la prohibición anticipada. En la misma línea, el profesor Sebastián Guidi subrayó que la Corte Suprema argentina solo admitió restricciones preventivas en casos excepcionales, como la protección de menores, y cuestionó la falta de fundamentos en la resolución de Maraniello. “Aquí no se acredita daño grave ni irreversible, ni se demuestra que los audios sean ilegales. Tampoco se trata de un tema privado, sino de evidente interés público”, remarcó. Más críticos aún fueron Daniel Sabsay y Andrés Gil Domínguez, quienes señalaron que la decisión afecta el derecho colectivo a la información y erosiona la base misma de la democracia. Gil Domínguez sostuvo que una cautelar sin plazo ni sujeto pasivo que limite a la prensa equivale a suprimir el debate público. La abogada Alicia Cano agregó que, incluso si los audios hubieran sido obtenidos de manera irregular, su difusión no puede prohibirse de antemano, dado que refieren a presuntos hechos de corrupción. “Negar su circulación es impedir que la ciudadanía conozca asuntos que comprometen el interés público”, sentenció. Las declaraciones también apuntaron contra la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, quien reclamó allanar medios y requisar periodistas. Guidi replicó que ese planteo contradice la protección constitucional del secreto de las fuentes y recordó que con criterios así nunca hubiese existido un caso como Watergate.
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