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» Comercio y Justicia
Fecha: 25/08/2025 13:02
La Sala M de la Cámara Nacional en lo Civil elevó a más de $15 millones el resarcimiento para una víctima de un accidente en ocasión de transporte benévolo. El conductor y demandante eran amigos, y este último salió despedido del vehículo por no usar cinturón de seguridad. El tribunal sostuvo que correspondía modificar parcialmente la sentencia de primera instancia al considerar reducida la suma fijada en concepto de incapacidad psicofísica y daño moral, y reconocer además la necesidad de un resarcimiento por gastos futuros vinculados a tratamientos médicos. Señaló que, si bien la responsabilidad del siniestro no estaba en discusión, debía analizarse la cuantía de la indemnización, la tasa de interés y las costas. Los jueces destacaron que la incapacidad sobreviniente debía valorarse en un 37%, producto de un 30% físico y un 10% psíquico, aunque ajustado por la incidencia favorable de futuros tratamientos. No obstante, ponderaron de manera decisiva que el actor no llevaba colocado el cinturón de seguridad, circunstancia que agravó sus lesiones, lo que debía tener un impacto en el resarcimiento. La cámara entendió acreditada la presunción de esa omisión, ya que el actor salió despedido del vehículo mientras que otros acompañantes, como Micaela Tévez, permanecieron dentro del habitáculo. Sobre esta base, se aplicó un 50% de incidencia causal atribuida a la víctima, criterio que se reflejó en la cuantificación de los distintos rubros. Respecto a la incapacidad, los jueces consideraron insuficiente la suma de $4.000.000 fijada en primera instancia y, tomando como referencia la edad del damnificado, el salario mínimo vital y móvil vigente y la fórmula de cálculo avalada por la Corte Suprema en los precedentes Arostegui, Ontiveros y Grippo, resolvieron elevarla a $10.000.000. En cuanto a los gastos futuros, admitieron la procedencia de partidas tanto para tratamientos médicos como psicológicos, aun sin precisiones del perito sobre duración o costo, dado que resultaba razonable su necesidad a la luz de las secuelas constatadas. Así, se estableció un monto de $150.000 para tratamientos médicos y se confirmaron $200.000 para el psicológico, con reducción proporcional por la incidencia causal del cinturón. En materia de daño moral, la Cámara reafirmó su carácter resarcitorio, orientado a compensar las alteraciones espirituales y la pérdida de calidad de vida. Señaló que el monto debía reflejar valores actuales, dada la inflación y el tiempo transcurrido desde el hecho, por lo que elevó la suma de $3.000.000 a $5.000.000. En cuanto a los gastos de farmacia, atención médica y traslados, se mantuvo la suma de ** $100.000**, al considerar presumibles tales erogaciones por la índole de las lesiones y los comprobantes acompañados. Intereses
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