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  • Justicia entrerriana suspende actividad minera en Aldea Brasilera hasta aprobar Estudio de Impacto Ambiental

    Concordia » Saltograndeextra

    Fecha: 09/08/2025 19:52

    La Cámara Segunda de Paraná ordenó a la empresa Cristamine suspender la extracción de arena silícea en la parcela 24.856, próxima al arroyo El Salto, hasta contar con el informe aprobado por la autoridad competente. La medida se enmarca en una causa por daño ambiental impulsada por la Fundación CAUCE contra el Gobierno de Entre Ríos y la minera. La Justicia entrerriana dictó una resolución clave en el marco de la causa iniciada por la Fundación CAUCE: Cultura Ambiental – Causa Ecologista contra el Gobierno de Entre Ríos y la empresa minera Cristamine S.A., por la extracción de arena silícea sin autorización en la parcela 24.856, ubicada en inmediaciones del arroyo El Salto, en Aldea Brasilera. El vocal Edgardo Martín Cossy, de la Cámara Segunda, Sala II de Paraná, resolvió este jueves 7 de agosto que la compañía deberá abstenerse de continuar cualquier actividad extractiva hasta contar con el Estudio de Impacto Ambiental (EsIA) debidamente aprobado por la autoridad de aplicación, en cumplimiento de la normativa vigente. La resolución también establece que el Gobierno provincial y la Secretaría de Ambiente deberán publicar la fecha y hora de la próxima visita al yacimiento Spahn, con un aviso previo mínimo de diez días, y difundir las conclusiones del informe que elaborará la Secretaría de Ambiente de Entre Ríos (SAER). Dicho informe deberá presentarse ante la Justicia antes del 25 de noviembre de 2025. Desde Fundación CAUCE celebraron el fallo: “Es un paso fundamental en la defensa de nuestros ríos y bienes comunes. Seguiremos impulsando acciones para que se cumpla plenamente la ley y se garantice la transparencia ambiental”, señalaron. ANTECEDENTES El pasado 2 de julio, el Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos confirmó la responsabilidad del Gobierno provincial de garantizar el libre curso del arroyo El Salto en el sector conocido como “Puente de Piedra” y de asegurar la participación ciudadana en el proceso de evaluación de impacto ambiental antes de otorgar cualquier permiso a Cristamine. También dispuso que la Secretaría de Ambiente presente un plan de trabajo con medidas de recomposición y plazos definidos. La nueva resolución judicial refuerza estas obligaciones y marca un precedente importante en la aplicación del principio precautorio en materia ambiental en la provincia.

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