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  • Denuncian “graves retrocesos laborales” en Crespo a partir de un nuevo proyecto de Estatuto para el personal municipal

    Parana » APF

    Fecha: 29/07/2025 12:30

    El Sindicato Municipal de Crespo denunció “graves retrocesos laborales en el nuevo proyecto de Estatuto promovido por el Ejecutivo local”. Criticó que fue “enviado al Concejo Deliberante sin participación sindical”. El vigente data de 1984. Al argumento modernizador por cambios en las relaciones laborales se advirtió de “cláusulas regresivas que limitan licencias, debilitan la estabilidad laboral, abren la puerta a cesantías encubiertas y restringen derechos gremiales”. martes 29 de julio de 2025 | 12:05hs. El Sindicato de Trabajadores Municipales de Crespo denunció lo que consideró “graves retrocesos laborales” en el proyecto de ordenanza promovido por el Poder Ejecutivo local, que crea un nuevo Estatuto del Personal de la Administración Pública Municipal y que, según se resaltó, fue “enviado al Concejo Deliberante sin participación sindical, a espaldas de los trabajadores”. El proyecto El primer artículo propone la derogación de la “la Ordenanza Nº 17/84, sus modificatorias; decretos reglamentarios, y toda otra norma que se oponga a las disposiciones de la presente Ordenanza”. El segundo, aprueba “el Estatuto del Personal de la Administración Pública Municipal de Crespo, que como Anexo I forma parte de la presente Ordenanza”, mientras que el tercero es de forma. Luego, desarrolla un anexo de 251 artículos más en los que se abordan todos los ítems inherentes a la contratación del personal municipal, entre otros puntos. Régimen normativo único En la presentación del proyecto de Ordenanza del Departamento Ejecutivo se sostuvo que “se eleva a consideración del Cuerpo Deliberativo el presente a efectos de actualizar y unificar la Ordenanza N° 17/84 y sus modificatorias y de toda la normativa vigente en materia de personal municipal, tanto transitorio como permanente, que contradiga al nuevo Estatuto del Personal de la Administración Pública Municipal, con el objetivo de conformar un régimen normativo único, ordenado y sistemático, que garantice mayor claridad, equidad y efectividad en su aplicación”. Se señaló que “el régimen vigente aplicable al Personal de la Administración Municipal de la ciudad data del año 1984, resultando notoriamente desactualizado frente a los cambios producidos tanto en el ámbito del empleo público como en las dinámicas propias del funcionamiento del Estado Municipal” y añade que “a lo largo de las últimas décadas se han producido transformaciones significativas en materia de relaciones laborales, derechos de los trabajadores y estructura organizacional del Estado, que tornan imprescindible revisar, modernizar y adecuar el estatuto en vigor”. La necesidad de contar con un nuevo Estatuto, además de su antigüedad, se sostendría en que “la actualización normativa no solo permitirá una mayor eficiencia en la gestión pública, sino que también contribuirá a consolidar un régimen más justo, equitativo y transparente, que contemple las particularidades del empleo municipal y garantice condiciones laborales dignas, claras y adaptadas a las nuevas demandas de la función pública”. Graves retrocesos laborales Desde el Sindicato se destacó una serie de puntos que entendieron debían señalarse para comprender lo que se consideró como “graves retrocesos laborales”. Entre las “claves que deben destacarse” se enumeró que se creó “sin convocatoria al sindicato: El proyecto fue redactado y enviado al Concejo sin consulta ni participación del gremio”. Se sostuvo que aquello “viola principios de diálogo social y desconoce la obligación constitucional de negociación colectiva en el sector público”. También se resaltó que incurriría en “retrocesos en derechos adquiridos: Pese a su presentación como una ‘modernización’, el proyecto contiene cláusulas regresivas que limitan licencias, debilitan la estabilidad laboral, abren la puerta a cesantías encubiertas y restringen derechos gremiales”. Disponibilidad por razones sanitarias Desde el sindicato se resaltó la “disponibilidad sin garantías” precisando que “el nuevo régimen permite declarar la ‘disponibilidad’ del personal por reestructuraciones o razones sanitarias (artículos 38 a 41), sin necesidad de dictamen de junta médica ni concurso para reubicación, lo que puede facilitar despidos encubiertos”. Respecto de las denominadas “incompatibilidades arbitrarias” se indicó que “el artículo 59 prohíbe trabajar en una misma área a familiares de primer grado, lo que afecta derechos laborales sin fundamento legal. Puede forzar cesantías o traslados discrecionales por vínculos familiares”. Asimismo se advirtió que respecto a la “licencia gremial recortada” en el nuevo Estatuto “solo se reconoce licencia gremial al Secretario General, eliminando derechos de delegados y otras autoridades sindicales (artículo 94), lo que restringe gravemente la actividad gremial protegida por la Constitución”. Régimen disciplinario peligroso El sindicato resaltó en sus observaciones que el nuevo Estatuto sería “un régimen disciplinario peligroso” en tanto que “permite suspensiones o ceses inmediatos del personal sin estabilidad (artículo 132), con amplio margen de discrecionalidad”. Además añadió que “las causales y sanciones están redactadas en términos vagos o amplios, lo que facilita el abuso de poder”. También se cuestionó lo que se consideró como “exigencias restrictivas para el ingreso: Se limita el ingreso por edad a un máximo de 50 años (artículo 2), excluyendo incluso a profesionales capacitados, lo que viola el principio de igualdad y no discriminación etaria”. Respecto a la “regulación ambigua sobre paritarias y convenios” el sindicato advirtió que “aunque se menciona la negociación colectiva, el proyecto no establece ningún mecanismo concreto ni órgano paritario, vaciando de contenido el derecho a pactar condiciones colectivas de trabajo”. Finalmente se cuestionó la “simulación de derechos sin efectividad real: Si bien se enumeran derechos como estabilidad, huelga, igualdad o seguridad laboral (artículo 32), muchos de ellos no se garantizan en la práctica por falta de instrumentos concretos, procedimientos o contralor sindical”. (APFDigital)

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