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  • Entre Ríos, Argentina

  • Validan despido de trabajador que se durmió mientras debía controlar planta trituradora

    » Comercio y Justicia

    Fecha: 15/07/2025 09:34

    La Sala 7ª de la Cámara de Trabajo de Córdoba rechazó el reclamo indemnizatorio de un trabajador y estableció que fue despedido con causa, por quedarse dormido mientras debía controlar el funcionamiento de una planta de trituración. El tribunal recalcó que el hombre no solo puso en riesgo su propia seguridad, sino que también comprometió la de sus compañeros y el correcto funcionamiento de la maquinaria. A su turno, el alegó que el hecho que le atribuyó su ex empleadora era falso. También dijo que la medida fue desproporcionada y no respetó el principio de gradualidad en la aplicación de sanciones, remarcado que contaba con una antigüedad de más de seis años. El juzgador -integrado por el vocal Emilio Rugani- reseñó que la demandada afirmó que el día 27 de diciembre del 2023, a las 12,20 horas, el actor fue encontrado dormido en su puesto. Indicó que, si bien el actor lo negó, lo ocurrido fue ratificado por el encargado del sector, quien dijo que el actor tenía que cuidar que la planta funcionara correctamente pues alguna anomalía podía tener consecuencias muy graves, y que agregó que no era la primera vez que lo encontraba dormido, pero que no le dio aviso al empleador. El juez valoró que ese testimonio, que no fue controvertido por ninguna otra prueba dirimente, logró demostrar el hecho injurioso. En relación lo denunciado por el actor respecto a la arbitrariedad del demandado de imponer sanciones disciplinarias sin observar una gradualidad razonable, sostuvo que según lo acreditado en la causa el accionante acumuló seis sanciones disciplinarias anteriores, todas ellas notificadas por escrito y reconocidas en la audiencia respectiva, a saber: por llegar tarde; por no cumplir las tareas del día; por falta de atención de controles preventivos y correcto cumplimiento de las tareas y responsabilidad en la planta productiva; por omitir dar aviso del desgaste de la barra de impacto de la planta; por no hacer los controles de rutina diarios a los fines de constatar las condiciones generales de funcionamiento de la zaranda y por usar material e insumos de la empresa para armar una palita para un asado. Ante ello, el vocal señaló que la patronal fue incrementando el rigor de las sanciones, comenzando con apercibimiento, pasando al apercibimiento por escrito, después a la suspensión por un día y luego a la suspensión por siete días. Rugani explicó que esa gradualidad implicó un razonable ejercicio de la potestad disciplinaria del empleador y que por la gravedad de la falta del ex dependiente estuvo legitimado para considerar a la falta como suficientemente gravosa al punto de impedir la continuidad del contrato de trabajo.

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