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  • Candidaturas testimoniales: no le mientan a los argentinos

    Buenos Aires » Infobae

    Fecha: 12/07/2025 04:37

    Elecciones Tenemos un problema en cada acto electoral que le quita transparencia a la elección y desvirtúa la voluntad popular: ¿quiénes se presentan como candidatos a un cargo legislativo tienen la voluntad de asumir su banca o especulan con sumar votos para su espacio político y luego renunciar para quedarse en la función pública? Argentina tiene un gobierno representativo, republicano y federal. Y esa representación no es una mera formalidad, implica la asunción real del mandato conferido por el pueblo mediante el voto y, en nuestra Constitución, el artículo 22 establece que el pueblo no delibera ni gobierna sino por medio de sus representantes. Si quienes se presentan como tales no asumen la responsabilidad conferida por el electorado, se vulnera el derecho del pueblo a ser efectivamente representado en el Congreso de la Nación y la candidatura se convierte así en una estafa electoral. Entendemos que por cuestiones de Estado los poderes ejecutivos o judiciales a nivel nacional, provincial o municipal convoquen a un legislador a cumplir funciones. En esos casos, el legislador puede renunciar a la banca, luego de haber asumido, conforme a los mecanismos institucionales previstos, pero tenemos que evitar que los partidos utilicen candidaturas testimoniales como una estrategia para atraer votos sin que el candidato realmente asuma el cargo porque esto genera desconfianza en el sistema electoral, apatía y baja participación de la ciudadanía en las elecciones. La Cámara Nacional Electoral ha adoptado una postura mayoritariamente permisiva, siempre que los candidatos expresen su voluntad de asumir el cargo y la jurisprudencia argentina ha tendido a validar las candidaturas testimoniales siempre que no exista una prohibición legal expresa y que los candidatos manifiesten su voluntad de asumir el cargo. En los últimos años, hemos presenciado que las candidaturas testimoniales han sido utilizadas como una herramienta política, especialmente en elecciones legislativas, donde figuras de alto perfil se postulan sin intención de asumir el cargo. Podemos evitar esta estafa electoral incorporando un nuevo artículo, el 164 bis, en el Código Nacional Electoral que exprese claramente que un funcionario del Poder Ejecutivo Nacional, Provincial o Municipal, que resulte electo como legislador nacional no pueda renunciar a la banca para mantenerse en el cargo que tenía previamente. Esta semana presenté un proyecto (expte 3694/D/2025) en ese sentido, cuyo espíritu es el de endurecer esa laxitud que venimos presenciando en las elecciones y que el candidato asuma el cargo por el cual ha sido elegido mediante la voluntad popular y no defraude la confianza que ha sido manifestada por los electores. De esta manera contribuimos a una mayor transparencia y responsabilidad en el sistema electoral, fortaleciendo la Democracia y erradicando prácticas que socavan el vínculo de representación entre la ciudadanía y sus representantes.

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