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  • Guardati Torti recibió la sanción más importante en la historia de la CNV

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    Fecha: 08/07/2025 18:11

    El Directorio del organismo aplicó una dura penalización a la ALyC por irregularidades en el manejo de cuentas e incumplimientos del régimen informativo. Se trata de la multa más grande que emitió el organismo, dado que se aplicó un múltiplo del beneficio obtenido (la Ley permite hasta un quíntuplo del perjuicio ocasionado o del beneficio obtenido), aplicando el artículo 132, de la Ley N° 26.831, del mercado de capitales. Asimismo, se sancionó con inhabilitación por primera vez, en la historia a determinados funcionarios de dicha sociedad y prohibición a la misma para operar en el mercado. Esta decisión se da en el marco del rol de protección de los inversores, el cual es primordial para este Organismo y en atención a la severidad de las infracciones incurridas, el perjuicio causado a inversores, a la transparencia del mercado y a la confianza del público inversor en general. GUARDATI TORTI S.A. tenía un objeto societario múltiple, entre los cuales tenía como actividad el corretaje de granos, además de actuar como ALyC Propio inscripto ante la CNV (matrícula suspendida en el año 2020). De la investigación llevada a cabo y lo probado en el sumario se destaca lo siguiente: GUARDATI TORTI S.A., en el marco de su actividad agropecuaria emitió cheques de pago diferido por cuenta y orden de la sociedad VICENTÍN S.A. a productores agropecuarios / clientes de la actividad de corretaje de cereales, los que se cobraban contra la cuenta bancaria de GUARDATI. Los fondos con los que GUARDATI cubrió el pago de los cheques presentados al pago, inicialmente provenían de su actividad de corretaje de cereales, pero, dado que VICENTÍN -en crisis financiera a la época- comenzó a incumplir con el pago a los corredores / productores / acopiadores, sostuvieron el pago de los cheques con fondos aportados por lo comitentes en el marco de su actividad como ALyC. Incluso GUARDATI continúo librando cheques por cuenta y orden de VICENTÍN -a pesar de que esta se encontraba en estado de cesión de pago, y estando en conocimiento de ello, los que empezaron a ser rechazados por falta de fondos. En este contexto, y de modo contemporáneo, los comitentes comenzaron a canalizar sus denuncias ante el Organismo, quienes daban cuenta de la: (a) imposibilidad de operar; (b) imposibilidad de disponer de sus saldos líquidos; (c) existencia de demoras en el traspaso / transferencia de sus títulos a otro Agente; (d) existencia de diferencias entre el resumen de cuenta corriente en GUARDATI y lo informado por CAJA DE VALORES S.A.; y/o (e) imposibilidad o dificultad para comunicarse con la Sociedad. En conclusión, se verificaron los siguientes incumplimientos: i.- Los sumariados utilizaron fondos pertenecientes a los comitentes en el marco de la actividad bursátil, actividad esta bajo la órbita de competencia de este Organismo, para cubrir pagos relativos a la actividad de corretaje de granos. ii.- GUARDATI priorizó en todo momento sus propios intereses por el de sus comitentes, por lo que no obró con “honestidad, lealtad, profesionalidad y diligencia, para el mejor interés de sus clientes.” Las normas aplicables (reglamentación de CNV) tienen previsto que los fondos (a falta de orden específica) deben ser “invertidos en favor del comitente”. iii.- GUARDATI no suministró al personal del Organismo información solicitada sobre los reclamos de los clientes, en oportunidad de la verificación realizada. iv.- Los miembros del órgano de administración estaban en pleno conocimiento del accionar desarrollado (uso de los fondos de los comitentes para cubrir pagos por el corretaje de cereales) y, ninguno de ellos se lo comunicó al responsable de cumplimiento regulatorio y control interno. v.- GYT PLUS S.A. y GUARDATI compartían los mismos directores. GYT PLUS S.A. era la principal deudora de GUARDATI y, a pesar de ello, GUARDATI no lo informó como hecho relevante, aun cuando este Organismo le cursó requerimientos específicos sobre este aspecto. vi.- GUARDATI no se abstuvo en su funcionamiento hasta la suspensión decretada por esta CNV en fecha 19.02.2020, a pesar de la situación de crisis económica/financiera que estaba atravesando, lo que debió haber hecho de acuerdo a la normativa vigente. vii.- La información que le fue suministrada al público inversor al momento de brindar aclaraciones con relación a la nota que detallaba la caída de GYT PLUS S.A, fue confusa y tardía. viii.- La estructura organizativa a la luz de los profusos incumplimientos normativos, demostró que no era la adecuada. ix.- Se incumplieron con ciertas previsiones del Código de Conducta del ALyC. El presidente de la CNV, Roberto E. Silva destacó que “hemos sancionado a Guardati Torti S.A, de manera ejemplar, dado que ha incumplido la Ley del Mercado de Capitales y la normativa de esta Comisión, apropiándose de fondos de los inversores”. “Es para nosotros fundamental proteger a los inversores, de este tipo de maniobras”. “Esta medida demuestra que los hechos graves se sancionan con todo el peso de la Ley, en lo que concierne a la jurisdicción de la CNV”. “Las faltas importantes, tienen la sanción que corresponde”. La multa que se aplicó consideró la gravedad de la conducta principal, y demás infracciones verificadas, tuvo en cuenta el beneficio obtenido por los sumariados.

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