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» La Capital
Fecha: 03/07/2025 14:55
Desde cafeterías hasta fiestas electrónicas, todo local que use música de forma pública debe pagar por los derechos de autor. Las variables que fijan el monto. Con el uso de Spotify para amenizar locales, se abre un debate sobre los valores que comerciantes pagan a Sadaic por pasar música. Restaurantes, boliches, bares, salones de fiesta y recitales son algunos de los negocios que utilizan música para ambientar o entretener a sus clientes y que, por lo tanto, ingresan en el terreno de pagar por los derechos de autor de la música elegida . Pero, ¿cómo se determina cuánto deben pagar estos comercios o eventos por el uso de la música? ¿Es lo mismo ambientar con Spotify que contratar una banda? ¿Y qué pasa con las playlists propias o los eventos donde la música se mezcla en vivo, como en el caso de las fiestas electrónicas? Son algunas de las preguntas que intentará responder Negocios a continuación. “En Sadaic se cobra lo que es el derecho de autor en todos aquellos lugares donde haya comunicación al público de música. Esto significa que el uso se hace en un lugar donde se está comercializando algo”, explica a Negocios de La Capital Guillermo Ocampo, director general de Sadaic y agrega: “ El uso de obras musicales se presume oneroso porque genera un valor. No importa si es en vivo, grabada o por streaming . Si se comunica al público corresponde pagar derechos como indica la ley 11.723 que regula la propiedad intelectual en Argentina y otorga a los autores musicales el derecho a cobrar por el uso público de sus obras”. La clave para entender el sistema es saber que no hay una tarifa única, sino que el monto varía según la categoría del local, el tipo de actividad, el uso de la música y el impacto que ésta tenga dentro de la experiencia que se ofrece . Por ejemplo, según explica Ocampo, una cervecería paga un monto proporcional al valor promedio de la cerveza que vende: “Entendemos que es su producto principal. En esos casos también se contemplan variables como el tamaño del lugar, la capacidad o la cantidad de mesas”, aclara el director. En los recitales o espectáculos masivos, como los que se organizan en estadios, el cobro es del 12% de la recaudación total de las entradas. Para los boliches bailables, donde la música es considerada un elemento esencial para el servicio, la tarifa asciende al 16% de la venta total de tickets. Los salones de fiesta también forman parte del universo de usuarios de música, aunque hoy se encuentran en una disputa legal debido a un decreto que sacó el poder ejecutivo en el 2024, según explica Ocampo: “El decreto 765 define el concepto del uso de la música en el ámbito privado y ámbito público. Se supone que, si uno hace una fiesta de cumpleaños en su domicilio con música, no corresponde el pago”. Sin embargo, los salones de fiesta argumentan que no deberían pagar porque es una fiesta social dirigida, no abierta. Es decir, solo para los invitados y consideran que eso es ámbito privado. Para Sadaic ahí existe una confusión, ya que si bien la entrada no es libre abonando un ticket, consideran que sí corresponde el pago: “Dentro del mismo decreto 765, en otro artículo, se establece que todo aquel que tenga un beneficio directo o indirecto por la utilización pública de música, tiene que pagar una remuneración a los titulares de derechos involucrados”, suma Ocampo. La situación de los bares Los bares y cafeterías de la ciudad tienen su opinión formada respecto a los pagos que realizan a la entidad por la comunicación al público de su música. Según pudo saber Negocios, un reconocido bar de calle Oroño abona mensualmente $45.600 de Sadaic, sin importar si reproduce música de su cuenta de Spotify Premium o si solo “prenden el noticiero en la TV”. El responsable de este negocio considera que no está bien analizada la forma en que la organización calcula los aranceles para cada tipo de negocio. El dueño de una cafetería de especialidad coincide en que el cálculo del arancel no responde a un criterio coherente: “A mí me calculan un aproximado de venta de 30 ó 40 cafés. Lo que yo no entiendo es por qué si pago Spotify Premium, que le abona a los artistas por la reproducción de su música, también hay que pagar Sadaic”. DJs.jpeg Fiestas con DJs también deben pagar en muchos casos a Sadaic por el costo de pasar música en vivo. Para esta duda, Ocampo tiene la respuesta: “A nosotros Spotify nos paga para distribuir música a usuarios puntuales que contratan su servicio y no para que esta música se utilice comunicada al público. Es más, está expresamente prohibido en cualquier otro uso que no sea la venta de un plan a un usuario individual”. También surge otra consulta ligada a qué pasa si la música que se reproduce proviene de la radio, que se supone que ya paga la reproducción pública. Para la institución es el mismo caso de Spotify: la radio tiene una licencia para difundir, pero no para ser utilizada como plataforma para reproducir música al público. El vínculo con los boliches Otro de los rubros consultados por Negocios, fueron las discotecas. Las mismas, justamente, generan ingresos a partir de ofrecer selección musical para su público. La postura de un bar nocturno del centro de la ciudad es más consentida con el pago de los aranceles: “nos parece justo, es lo que corresponde. Tenemos un largo vínculo con los cobradores”, dice el titular de la disco. Frente a la consulta de cuánto abonan, el representante confirma los porcentajes otorgados por la institución musical y agrega el dato de que, por el tipo de negocio, también les corresponde pagar Capif (Cámara Argentina de Productores de Fonogramas y Videogramas) y AADI (Asociación Argentina de Intérpretes) que se consideran un solo arancel entre los dos: “Capif - AADI es la mitad de porcentaje de Sadaic y dependiendo la actividad que desarrollemos y el volumen de tickets vendidos, es el costo de lo que pagaremos ese mes”, asegura el comerciante. Su negocio y su productora realizan también fiestas electrónicas y para el tarifario de la entidad existe otro valor en este caso que es del 16% de la venta total. Sobre esta variable, el referente de la entidad detalla que este tipo de fiestas tienen un mix de obras preexistentes y otras adaptaciones de esas obras porque los Djs les hacen cambios, generando una pieza nueva. “Allí también cobramos por el uso de música”, señaló. En un contexto donde las composiciones cumplen un rol protagónico para atraer, fidelizar y acompañar a los públicos de casi cualquier tipo de comercio, desde una cafetería hasta una fiesta electrónica multitudinaria, comprender cómo funciona el sistema de derechos de autor resulta fundamental. La existencia de espacios como Sadaic lo que buscan, en palabras de Ocampo, es equilibrar ese uso con la retribución a quienes crean las obras: “Usar música implica un valor agregado para el negocio, por eso corresponde que quienes la utilizan también contribuyan a sostener a quienes la producen.
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