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Basavilbaso » Riel FM
Fecha: 25/06/2025 07:10
El exvicepresidente de la Nación, Amado Boudou, sufrió un nuevo revés judicial: la jueza Ana María Rojas, titular del Juzgado Federal de la Seguridad Social N°4, rechazó el pedido de medida cautelar presentado por el exfuncionario para que se le restituyera la asignación mensual vitalicia que percibía por su cargo en el Poder Ejecutivo. La decisión, que coincidió con el dictamen de la Fiscal Mariana Grinberg, se basó en que el reclamo debe resolverse mediante un proceso ordinario y no por la vía rápida y excepcional de una medida cautelar. Además, el fallo remarcó que la pensión, de carácter honorífico, resulta jurídicamente incompatible con una condena por corrupción en ejercicio de la función pública, como es el caso de Boudou en la causa Ciccone. La magistrada argumentó que para otorgar una cautelar se requiere verificar la verosimilitud del derecho y el peligro en la demora, requisitos que no se cumplieron en este caso. “No hay certeza jurídica sobre el derecho que invoca Boudou”, sostuvo Rojas, en alusión a los múltiples dictámenes previos que cuestionan la legalidad del beneficio. Además, rechazó el argumento sobre la urgencia basado en el carácter alimentario del haber previsional. Indicó que Boudou figura inscripto como autónomo desde 2016, por lo que no logró demostrar falta de ingresos para sostenerse económicamente. En noviembre de 2024, la Anses revocó la pensión vitalicia que Boudou venía cobrando desde 2020, argumentando que la Ley 24.018 impide otorgar ese tipo de beneficios a quienes hayan cometido delitos contra el Estado mientras ejercían funciones públicas. El exfuncionario fue condenado en 2018 a 5 años y 10 meses de prisión por cohecho y negociaciones incompatibles con la función pública en el marco del escándalo por la ex Ciccone Calcográfica. La sentencia fue confirmada por la Cámara de Casación y la Corte Suprema. Tras agotar las instancias administrativas y ver denegado su recurso por la Comisión de Revisión de la Seguridad Social (Carss), Boudou acudió a la Justicia solicitando una cautelar que suspendiera los efectos de las resoluciones de Anses y frenara también el intento del organismo de recuperar los montos ya abonados. La Fiscal Grinberg fue tajante: el pedido es “procesalmente inadmisible” en este estadio porque adelantaría un fallo sobre el fondo del asunto, algo que no puede hacerse en una medida cautelar. Además, advirtió que la pensión cuestionada es una asignación graciable, no contributiva ni previsional, que se otorga como reconocimiento al buen desempeño del cargo. Por lo tanto, la existencia de una condena penal firme invalida su continuidad. La Justicia dejó claro que no se puede reclamar por una vía rápida lo que requiere una discusión de fondo. Mientras tanto, la decisión de la Anses de quitarle la pensión a Boudou se mantiene firme y marca un precedente clave sobre los beneficios estatales a exfuncionarios condenados por corrupción.
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