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Usuhahia » Diario Prensa
Fecha: 10/06/2025 23:10
Sobre la denuncia por presunto abuso sexual en el Colegio Don Bosco de Ushuaia. El titular del Juzgado de Instrucción N.º 3 del Distrito Judicial Sur, Federico Vidal, dispuso la realización de los peritajes preliminares de rigor, en paralelo con el análisis del material captado por las múltiples cámaras de videovigilancia del colegio, ubicadas en diversos espacios del edificio. La Justicia de Ushuaia continúa con la recolección de pruebas en el marco de la causa que investiga un presunto caso de abuso sexual contra una alumna de 11 años del Colegio Don Bosco. La denuncia fue radicada el lunes 2 de junio por una integrante del Equipo de Orientación Escolar del propio establecimiento, tras haber tomado conocimiento de un relato directo de la niña. Según consta en la presentación, la menor le refirió a una docente y a su familia que en el recreo, de una fecha no precisada, el sacerdote le habría apoyado sus manos en las nalgas para empujarla. La niña apuntó al religioso Daniel Martínez, quien además de ser director general de la casa educativa también es cura párroco de la Parroquia Nuestra Señora de la Merced. El expediente se tramita en el Juzgado de Instrucción N.º 3 del Distrito Judicial Sur, a cargo del juez Federico Vidal, quien dispuso diversas medidas investigativas desde las primeras horas de recibida la denuncia. Entre ellas, se ordenó la realización de pericias psicológicas de rutina al denunciado y a la menor y se solicitó a la Policía provincial la obtención y análisis del material captado por las cámaras de videovigilancia del edificio educativo, ubicado entre las calles San Martín, Maipú, Don Bosco y Juan Manuel de Rosas. La institución cuenta con una importante red de cámaras internas y externas, cuyo contenido podría resultar relevante para esclarecer los hechos. El sacerdote acusado, que actualmente se encuentra fuera de la provincia por razones de salud, según le explicó a los feligreses en una de sus últimas misas, deberá presentarse ante la Justicia en los próximos días, ya sea de manera presencial o por videoconferencia, en caso de que su cuadro clínico –ligado a una patología diabética– se lo impida. Deberá hacerlo con representación legal, dado que la acusación en su contra reviste especial gravedad ya que la legislación penal argentina impone penas agravadas cuando las víctimas de delitos sexuales son menores de 13 años. El artículo 119 del Código Penal establece que cualquier acto sexual con un menor de esa edad constituye abuso sexual gravemente ultrajante, sin posibilidad de consentimiento válido. Las penas previstas en estos casos van de 8 a 20 años de prisión. Además, se consideran agravantes el vínculo de autoridad o responsabilidad del imputado sobre la víctima, como sucede con docentes, tutores, encargados de la educación o personas a cargo de instituciones. En paralelo a la investigación judicial, el sacerdote Daniel Martínez se encuentra sometido a un proceso interno ante la Diócesis de Río Gallegos, con jurisdicción sobre la provincia de Tierra del Fuego. Desde ese ámbito eclesiástico se le requirió que informe formalmente sobre lo sucedido. La Diócesis, con sede en Santa Cruz, es la autoridad de la cual dependen los sacerdotes que ejercen funciones pastorales en Ushuaia, Río Grande y Tolhuin. Conocida la noticia, la comunidad educativa y eclesial de Ushuaia registró el impacto. Algunos feligreses se expresaron en redes sociales con mensajes de respaldo al sacerdote, a quien definieron como “cordial, amigable y comprometido con la comunidad”. Otros, en cambio, reclamaron una investigación rigurosa y subrayaron la importancia de escuchar a la menor: “La Justicia debe llegar al fondo del asunto, determinar si lo que relata la niña ocurrió tal como lo cuenta, si está confundida o si tiene el discernimiento necesario para comprender lo sucedido”. El caso sigue en etapa de instrucción y se mantiene bajo reserva, aunque con intervención de equipos técnicos especializados en infancia. Las autoridades judiciales recordaron que, en estos casos, rige el principio de protección integral de los derechos de niñas, niños y adolescentes, y que cualquier difusión pública debe resguardarse su identidad.
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