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Fecha: 05/06/2025 00:02
La Unidad de Información Financiera actualizó normas que alivian exigencias en operaciones con efectivo. Apunta a reactivar el circuito formal sin ceder en materia de control. En línea con el objetivo oficial de fomentar la reinserción de ahorros no declarados al sistema económico, la Unidad de Información Financiera (UIF) publicó una resolución que introduce cambios relevantes en la fiscalización de transacciones en efectivo. La iniciativa busca modernizar los criterios de control, sin comprometer los estándares contra el lavado de dinero ni otras prácticas ilícitas. La normativa, que se conoció este miércoles, surge como parte de una revisión más amplia ordenada por el Decreto 353/2025. Entre los ejes principales se destacan la actualización de los límites que activan reportes obligatorios y la simplificación de procedimientos para entidades financieras, escribanos, registros automotores e inmobiliarios. Menos trabas para el dólar informal El espíritu de la reforma es claro: facilitar la circulación de los dólares que están fuera del sistema financiero, alentando su uso en consumos relevantes, inversiones o depósitos. “La idea es remonetizar la economía sin abandonar las mejores prácticas internacionales”, deslizó un funcionario vinculado al equipo económico. Uno de los cambios más relevantes es la suba de los umbrales para informar operaciones: en los Registros de la Propiedad Inmueble, por ejemplo, se eleva de 200 a 750 salarios mínimos el piso para declarar compraventas. Algo similar ocurre con los registros automotores, donde ahora sólo se exigirá justificación del origen de fondos en operaciones superiores a los $115 millones anuales, aunque ya no será obligatorio presentar certificación contable: bastará con resúmenes bancarios, escrituras o declaraciones juradas. Además, se exceptúan del requisito aquellas transacciones canalizadas por transferencia bancaria, cheques propios o entidades crediticias reguladas. Cambios en depósitos bancarios El sistema bancario también tendrá ajustes. A partir de ahora, solo los depósitos en efectivo que alcancen o superen el equivalente a 40 salarios mínimos (cerca de $20 millones) requerirán un seguimiento especial. Las entidades deberán identificar al depositante y especificar si actúa por cuenta propia o ajena. No se aplicará esta exigencia a operaciones con tarjetas o cuentas recaudadoras a nombre del titular. Por otra parte, toda transacción en efectivo que supere ese umbral deberá ser registrada como RTE (Reporte de Transacciones en Efectivo) o RTEOC (en caso de operaciones cambiarias). El nuevo perfil transaccional del cliente tampoco necesitará presentar declaraciones de impuestos: bastará con una estimación respaldada por documentación económica o patrimonial. También cambian los requisitos para escribanos En cuanto a los escribanos, la Resolución UIF N° 242/2023 fue ajustada: se elevaron los umbrales de declaración y se reforzaron los criterios para establecer el perfil del cliente, particularmente cuando el escribano actúa como apoderado o intermediario en operaciones con dinero en efectivo. Una estrategia más amplia Según explican desde el Gobierno, estos cambios buscan desburocratizar sin desproteger. “El nuevo esquema aplica controles más exigentes donde realmente hay riesgos, y descomprime donde no los hay”, resumieron fuentes de la UIF. Además de alentar el uso del dinero ocioso, estas modificaciones buscan mostrar avances regulatorios frente a evaluaciones internacionales. En ese sentido, el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) volverá a revisar los marcos normativos de Argentina en los próximos meses. A su vez, la iniciativa complementa otras medidas como el Régimen Simplificado de Ganancias y el plan para la regularización de ahorros nacionales, que ya tiene el apoyo de una decena de provincias. Con más de u$s250.000 millones estimados fuera del sistema, el Gobierno apuesta a que estos cambios empujen una parte de esos fondos hacia el circuito formal sin resignar controles clave.
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