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» Primerochaco
Fecha: 12/05/2025 21:53
El Superior Tribunal de Justicia (STJ) del Chaco tomó una decisión que marcará un antes y un después en la vida dentro de las cárceles provinciales: los celulares decomisados a personas privadas de su libertad no serán devueltos, y habrá una mejora en el sistema de comunicación intramuros. Esta resolución surgió tras un intenso debate jurídico y social sobre el derecho a la comunicación de quienes se encuentran presos, las normas de seguridad y las garantías constitucionales. La sentencia, conocida como 183/25, surge de un habeas corpus presentado por la Defensoría General Adjunta y el Comité Provincial de Prevención de la Tortura, sectores que alertaron sobre un sistema restrictivo e ineficaz para mantener el vínculo de los internos con el exterior. Sin embargo, el STJ —con los votos de Iride Isabel María Grillo, Víctor Del Río y Enrique Varela— pidió ajustar el sistema, pero no entendió adecuado devolver los dispositivos que ya fueron requisados. Celulares decomisados: por qué no volverán a manos de los presos chaqueños. Detalle jurídico: grietas en la ley En el centro de la polémica estuvo la ley provincial 4033-J. El Tribunal reconoció que es válido —y constitucional— limitar el uso de celulares y de internet en las cárceles, pero desacreditó la regla de «inhabilitación o bloqueo permanente» que establecía el artículo 2 de dicha ley. ¿La razón? Significa una prohibición absoluta, desproporcionada y violatoria de los derechos humanos fundamentales. Quedó claro entonces que el eje no era habilitar el uso de cualquier celular, sino que las autoridades deberán organizar un sistema controlado de acceso a la comunicación, respetando el «orden y la seguridad» de los penales, pero sin caer en restricciones arbitrarias. Desprolijidades en el sistema, vulneraciones y lo que viene Durante el análisis —y en base a testimonios presentados entre el 7 y el 15 de abril— el STJ detectó problemas serios: poca organización en la implementación del sistema de comunicaciones, falta de recursos técnicos y humanos, tiempos reducidos de uso de los teléfonos y, sobre todo, una asignación desigual de dispositivos que depende más de la voluntad de cada agente penitenciario que de criterios claros y universales. El resultado: restricciones que muchas veces resultan arbitrarias y desproporcionadas, impactando directamente en el ejercicio efectivo del derecho a la comunicación. Uno de los votos destacados, el de la ministra Grillo, abordó otras desigualdades estructurales: señaló cómo estas trabas afectan de forma diferencial y más grave a las mujeres y diversidades privadas de la libertad, marcando la urgencia de cambios con perspectiva de derechos humanos. El juez disidente, Alberto Mario Modi, por su parte, reclamó que en casos similares debería intervenir el Juzgado de Ejecución Penal Nº 2 de Resistencia, reafirmando la complejidad y el solapamiento de instancias judiciales en la provincia. Recomendaciones y perspectivas Frente a este panorama, el STJ fijó siete recomendaciones para mejorar la comunicación de los internos chaqueños. ¿El objetivo? Garantizar que, aunque prime la seguridad, no se pierda de vista el derecho a mantener conexión con el mundo exterior, a la vida familiar y a la defensa jurídica. Lo esencial: los celulares confiscados no volverán a manos de los detenidos, pero el desafío ahora será que la nueva política de comunicación cumpla su propósito sin caer en viejos vicios. Existen muchas expectativas y también dudas sobre cómo se traducirá este fallo en la vida real de los penales chaqueños, donde la organización y los recursos siempre parecen escasos. La llave —afirman desde el Tribunal— está en buscar el punto de equilibrio entre seguridad y derechos humanos, un camino todavía por recorrer en las cárceles de la provincia.
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