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  • Nuevo salario mínimo: sube a $308.200 desde mayo

    Parana » Vorterix

    Fecha: 09/05/2025 12:21

    El Gobierno oficializó el nuevo salario mínimo, que tendrá aumentos mensuales hasta agosto. No hubo consenso en el Consejo del Salario. Este viernes, el Gobierno nacional anunció el nuevo monto del salario mínimo, vital y móvil (SMVM), que regirá desde mayo y se incrementará de forma progresiva hasta agosto de 2025. La medida se oficializó poco más de una semana después de la última reunión del Ejecutivo con el Consejo del Salario. Según lo establecido en la Resolución 5/2025 del Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil, publicada en el Boletín Oficial, el nuevo salario mínimo para los trabajadores mensualizados que cumplan con una jornada legal completa de trabajo será de $308.200 desde el 1° de mayo, lo que equivale a $1.541 por hora para los trabajadores jornalizados. El esquema de aumentos mensuales es el siguiente: Desde el 1° de abril : $302.600 mensuales / $1.513 por hora : $302.600 mensuales / $1.513 por hora Desde el 1° de mayo : $308.200 mensuales / $1.541 por hora : $308.200 mensuales / $1.541 por hora Desde el 1° de junio : $313.400 mensuales / $1.567 por hora : $313.400 mensuales / $1.567 por hora Desde el 1° de julio : $317.800 mensuales / $1.589 por hora : $317.800 mensuales / $1.589 por hora Desde el 1° de agosto: $322.000 mensuales / $1.610 por hora Para el mes de agosto, además, se prevé una nueva convocatoria del Consejo del Salario a fin de revisar nuevamente los montos vigentes y establecer un posible ajuste en función del contexto económico. Pese a la actualización, en los considerandos de la resolución se aclara que no hubo acuerdo entre las partes durante el encuentro entre representantes sindicales, empresarios y funcionarios: “Luego de un extenso intercambio de opiniones, durante el cual cada sector realizó sus exposiciones y deliberaciones, no hubo consenso en los términos de lo establecido en el artículo 137 de la Ley N° 24.013 y sus modificatorias”, señalaron. Ante la falta de consenso, el Ministerio de Capital Humano procedió a establecer los nuevos valores por laudo: “Teniendo en cuenta que se encuentra en discusión la determinación del Salario Mínimo, Vital y Móvil y de los montos mínimos y máximos de la prestación por desempleo (artículo 135, incisos a) y b) de la Ley Nº 24.013 y sus modificatorias), habiendo transcurrido las sesiones sin acuerdo, la suscripta se encuentra en la obligación de emitir un laudo correspondiente sobre tales puntos”. El SMVM impacta de manera directa en el cálculo de diversos programas sociales, prestaciones por desempleo, y también sirve como parámetro en algunas negociaciones paritarias.

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