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» Comercio y Justicia
Fecha: 08/05/2025 19:02
Por Marcos A. Sequeira (*) La reforma tributaria constituye un tema recurrente en la agenda económica y política de muchos países, y Argentina no es la excepción. La propuesta denominada “Súper IVA” surge como respuesta a las múltiples distorsiones y desequilibrios que afectan a un sistema impositivo considerado tradicionalmente regresivo y complejo. En términos generales, el “Súper IVA” aspira a modernizar el sistema tributario argentino por medio de una reestructuración en la forma de recaudar los impuestos al consumo, buscando una mayor transparencia, equidad y eficiencia. Este proyecto no solamente tiene implicancias técnicas sino que también se inserta en un contexto de debate sobre federalismo fiscal, autonomía local y la necesidad de un consenso interjurisdiccional robusto. Ejes de la propuesta del gobierno conocida como el “Súper IVA” La propuesta del “Súper IVA” se enmarca dentro de un esfuerzo por reformular la estructura tributaria argentina, haciendo especial énfasis en la simplificación y modernización del impuesto al consumo. Actualmente, el sistema impositivo está conformado por tres niveles: el nacional, representado por el Impuesto al Valor Agregado (IVA), el provincial por medio del impuesto sobre los Ingresos Brutos y el municipal con diversas tasas aplicadas a la actividad económica. Cada uno de estos niveles interactúa de forma acumulativa, creando lo que algunos economistas denominan un “efecto cascada”, en el que la carga tributaria incrementa en cada etapa del proceso de producción y comercialización. Esta acumulación distorsiona la competitividad, incrementa los precios finales y, en algunos casos, afecta negativamente al sector formal al promover la informalidad. El “Súper IVA” propone desmantelar esta estructura acumulativa al dividir la alícuota única del IVA, tradicionalmente establecida en 21%, en dos segmentos diferenciados: un componente nacional y otro que agrupe de manera integrada a las jurisdicciones locales (provincias y municipios). En esencia, se busca trasladar parte de la carga impositiva hacia los niveles de gobierno locales de forma que se sustituyan, en muchos casos, otros tributos que han demostrado ser menos eficientes, como es el caso del Impuesto sobre los Ingresos Brutos y diversas tasas municipales. Al separar estos componentes, se aspira a una mayor transparencia en la recaudación y a una redistribución más equitativa de los recursos, ajustándose a criterios de consumo efectivo y reduciendo la distorsión en la cadena productiva Implementación Desde un punto de vista técnico, la implementación del “Súper IVA” implica una redefinición de la estructura impositiva. Con la división de la alícuota, se prevé destinar un porcentaje para la recaudación nacional y otro para las jurisdicciones locales. Por ejemplo, se plantea asignar aproximadamente nueve por ciento para el nivel nacional y 12% para la gestión y administración en los ámbitos provincial y municipal. Este desglose no es arbitrario sino que se fundamenta en la idea de que el componente local debe reflejar el lugar en donde se efectúa la operación gravada, es decir, el consumo real, y -en consecuencia- los recursos deben ser derivados de forma equitativa hacia las jurisdicciones que facilitan la prestación de servicios básicos y mantienen la infraestructura pública. Legalmente, este proceso no estará exento de dificultades. La modificación de la actual ley del IVA (Nº 20631 y sus modificatorias) requeriría la elaboración de un nuevo marco normativo que defina claramente las competencias de cada rama de gobierno. Además, es necesario establecer mecanismos de transición para evitar confusiones y vacíos legales durante la implementación inicial. Uno de los elementos cruciales para asegurar la validez de esta reforma es la adhesión a lo que se denomina un “consenso fiscal”, el cual sería un acuerdo formal entre el Gobierno nacional, las provincias e incluso los municipios. Este consenso garantizaría que la distribución de la nueva base recaudatoria respete las autonomías y competencias establecidas constitucionalmente, a la vez que define procedimientos para la recaudación, fiscalización y traspaso automático de recursos. En términos prácticos, la escisión técnica implicaría el desarrollo de sistemas informáticos integrados, ajustes en la normativa contable de las empresas y la capacitación del personal encargado de la recaudación. No se trata únicamente de dividir porcentajes sino de transformar un sistema enraizado en prácticas históricas, lo que supone una reingeniería completa de la administración tributaria. Esta complejidad técnica se ve reflejada en el hecho de que la coexistencia de ambos regímenes (el anterior y el nuevo) durante un período transitorio es imprescindible para garantizar una implementación ordenada y sin sobresaltos. Motivaciones que impulsan la propuesta La reforma del “Súper IVA” responde a una serie de motivaciones tanto técnicas como políticas que se han ido gestando a lo largo de años de análisis y debate en el ámbito respaldado por diversas escuelas económicas. Desde la perspectiva económica, el objetivo primordial es eliminar la distorsión inherente al impuesto sobre los Ingresos Brutos, que actúa de manera acumulativa y penaliza de forma indirecta a los sectores productivos al encarecer cada eslabón de la cadena de producción. Al desmantelar este efecto cascada, se busca reducir los costes intermedios y, en consecuencia, fortalecer la competitividad de las empresas formales, incentivando la inversión y dinamizando el mercado. Políticamente, la reforma pretende, además, reconstruir una relación de mayor equidad entre el Gobierno nacional y las jurisdicciones locales. Durante décadas, las tensiones entre el centro y la periferia han afectado la capacitación de recursos para las provincias, exacerbando desigualdades regionales. Con el “Súper IVA” se aspira a establecer un nuevo paradigma de distribución en el que cada jurisdicción reciba de acuerdo con el consumo efectivo dentro de su territorio, generando un sentido de justicia y equidad en el reparto de recursos. De hecho, se trata de una estrategia para fortalecer el federalismo fiscal, promoviendo el diálogo y la cooperación interjurisdiccional que pueden traducirse en políticas públicas más coherentes y adaptadas a las realidades locales. Otro aspecto clave es la búsqueda de eficiencia en la Administración Pública. La concentración de funciones recaudatorias en una única entidad, complementada por un sistema descentralizado en el componente local, podría generar economías de escala en la gestión fiscal y mejorar la transparencia administrativa. En suma, la propuesta se justifica no sólo por su potencial para minimizar las inequidades y distorsiones existentes, sino también por la aspiración de modernizar el aparato fiscal argentino, alineándolo con modelos internacionales que han demostrado resultados positivos. Reforma y su compatibilidad con la Constitución Nacional La compatibilidad del “Súper IVA” con la Constitución Nacional es un tema que ocupa un lugar central en el debate jurídico. La Constitución Nacional establece de manera inequívoca la necesidad de respetar el federalismo y la autonomía de las provincias y municipios. En este sentido, cualquier modificación en la estructura impositiva que influya en la distribución de recursos entre los diferentes niveles de gobierno debe observar ciertos procedimientos y garantías previstos en el ordenamiento jurídico. Por ejemplo, el artículo 75, inciso 2, de la Constitución exige la aprobación de modificaciones sustanciales al régimen de coparticipación federal por medio de una ley aprobada por el Congreso Nacional y, asimismo, ratificada por cada una de las legislaturas provinciales. Esto significa que la creación de un nuevo marco normativo para el “Súper IVA” no sólo demandaría un cambio legislativo a nivel nacional sino también un proceso de negociación y consenso en cada una de las provincias, lo cual hace del proyecto un desafío de gran envergadura política y legal. Además, es necesario considerar la protección a la autonomía tributaria de las provincias y los municipios, la cual se encuentra consagrada en diversos artículos de la Constitución (como los artículos 5, 121, 123 y 125). Estos preceptos garantizan que las jurisdicciones locales tengan la capacidad de definir y gestionar ciertos elementos de su política tributaria sin verse desvirtuados por imposiciones externas. En este contexto, la propuesta del “Súper IVA” debe estructurarse de tal forma que no comprometa estas competencias autónomas y que, por el contrario, promueva un marco de colaboración interjurisdiccional que respete el espíritu del federalismo. La jurisprudencia, por medio de fallos como “Filcrosa”, “YPF”, “Esso” y “Laboratorios Raffo”, ha enfatizado repetidamente la importancia de esta autonomía y la titularidad originaria que tienen las provincias en materia tributaria. Cualquier reforma que intente recentralizar el poder recaudatorio sin contar con el consentimiento y la participación activa de las jurisdicciones locales podría ser objeto de cuestionamientos constitucionales y acciones de inconstitucionalidad. Por ello, el éxito del “Súper IVA” dependerá en gran medida de la capacidad del gobierno para incorporar estos principios en la redacción de la ley y de los mecanismos de implementación. Riesgos institucionales y financieros en la implementación La implementación de un proyecto tan ambicioso como el “Súper IVA” conlleva, sin duda, una serie de riesgos que deben ser considerados y mitigados a nivel institucional y financiero. Entre los riesgos más significativos, se puede destacar la posibilidad de generar un periodo de transición caótico. Sin un marco normativo claro y sin un plan de implementación escalonado, la separación de la alícuota del IVA podría derivar en conflictos por superposición de competencias fiscales, riesgo de doble imposición o, incluso, en la existencia de vacíos legales que afecten la estabilidad de la recaudación. Otro factor de riesgo es la judicialización del proceso. Ante la modificación de un sistema tributario históricamente arraigado, es muy probable que las provincias y municipios recurran al Poder Judicial, invocando la vulneración de su autonomía tributaria y la posibilidad de que la nueva distribución de recaudación genere inequidades injustificadas. Estos litigios podrían ralentizar la implementación y generar incertidumbre en el ámbito fiscal, afectando tanto a la administración pública como a los contribuyentes. Adicionalmente, se plantea la amenaza de una posible reciente centralización de recursos. Por ejemplo, si se establece que la administración del componente provincial del IVA sea gestionada de manera excesivamente centralizada por medio del Ente recaudador nacional, sin la adecuada participación y control de los gobiernos provinciales, se podría minar la objetividad y la transparencia del proceso. Este escenario no solo afectaría la autonomía local, sino que también podría dificultar la adopción de mecanismos regionales de fiscalización y distribución. Por último, se debe contemplar el riesgo de inequidades distributivas. La aplicación de la fórmula basada en el consumo efectivo puede beneficiar de manera desproporcionada a aquellas jurisdicciones con niveles de consumo mayores, lo que provocaría desequilibrios fiscales interprovinciales. La solución a este problema implica desarrollar criterios adicionales que ajusten las transferencias y aseguren una distribución que respete tanto las realidades económicas como las necesidades de financiamiento de cada territorio. Antecedentes internacionales La experiencia internacional resulta una fuente invaluable de aprendizaje para quienes se encuentran en el proceso de rediseñar esquemas tributarios. En este sentido, el “Súper IVA” no se presenta como un concepto aislado sino como una evolución que comparte similitudes con modelos implementados en otros países. Canadá, por ejemplo, ha adoptado un sistema basado en el Impuesto Federal sobre Bienes y Servicios (GST, por sus siglas en inglés) y en el Impuesto Armonizado sobre Ventas (HST, por sus siglas en inglés). En este modelo, la recaudación se concentra en un ente central, pero existe una clara delimitación de competencias que faculta a las jurisdicciones locales para administrar y utilizar una parte de los recursos. Este esquema ha sido valorado por su eficiencia administrativa y su capacidad para generar mecanismos de redistribución que responden a las realidades locales. Contrastantemente, países como Brasil manejan sistemas tributarios que han sido catalogados por muchos expertos como excesivamente complejos. El ICMS, junto con el ISS municipal, han generado históricas disputas interjurisdiccionales que evidencian la dificultad de coordinar un sistema descentralizado sin una estructura robusta para la cooperación y la redistribución de recursos. La comparación entre estos dos modelos internacionales ha servido de referencia en la elaboración del “Súper IVA”, aspirando a incorporar aquello que ha funcionado en el contexto canadiense y a evitar los errores evidenciados en sistemas donde la descentralización no ha estado acompañada de mecanismos de coordinación adecuados. Asimismo, en el ámbito de la Unión Europea se han desarrollado estrategias de armonización fiscal que, si bien dejan margen para la autonomía de los Estados miembros, implementan directrices mínimas en cuanto a la estructuración de los impuestos sobre el consumo. Esto se traduce en la adopción de alícuotas mínimas y en la creación de sistemas de control recaudatorio que permiten, en cierto sentido, fusionar criterios locales y nacionales para una mejor gestión. La integración de estas experiencias internacionales en el debate interno argentino ofrece un panorama de posibilidades que pueden adaptarse a la realidad del país, siempre considerando la necesidad de un consenso y de una adaptación a las particularidades estructurales de la economía nacional. El rol de los municipios en el rediseño La reestructuración tributaria que plantea el “Súper IVA” no puede prescindir de una atención minuciosa a la situación de los municipios, quienes históricamente han sido actores fundamentales en la prestación de servicios públicos, pero a la vez han padecido una fuerte dependencia de tributos locales como las tasas de seguridad e higiene. La pérdida o disminución de estos ingresos autóctonos representa un desafío considerable para la administración municipal, pues afecta la capacidad de autogobierno y la provisión de servicios esenciales a la ciudadanía. Para garantizar la viabilidad del proyecto, es necesario definir mecanismos compensatorios que aseguren a los municipios una participación proporcional en el nuevo esquema tributario. Una solución viable podría consistir en asignarles un porcentaje definido del componente destinado a las jurisdicciones locales, de modo que, a través de la redistribución del “Súper IVA”, cada municipio reciba una parte que le permita mantener y mejorar su estructura fiscal interna. Otra alternativa es abrir la posibilidad de que los municipios puedan capturar ingresos adicionales mediante la definición de nuevos hechos imponibles que sean claros, no distorsivos y que se ajusten a las realidades de la actividad económica local. Este diseño debe ser resultado de un proceso participativo que involucre tanto a las legislaturas provinciales como a los foros interjurisdiccionales. Sólo así se podrá alcanzar un acuerdo que no sólo garantice la estabilidad financiera de los municipios sino que también promueva un sentido de corresponsabilidad y transparencia en la administración de los recursos públicos. La profundización del diálogo y la generación de un marco normativo que contemple mecanismos de fiscalización y distribución conjunta son, sin duda, pasos imprescindibles para que esta reforma tenga éxito en el largo plazo. La reforma y su viabilidad política La viabilidad política de la reforma del “Súper IVA” es una cuestión compleja que depende de múltiples factores, tanto del lado técnico como del ámbito del consenso interjurisdiccional. Desde el punto de vista de la factibilidad política, podemos identificar varios factores que incidirán en su éxito. En primer lugar, es indispensable contar con un liderazgo político sólido que sea capaz de articular y negociar entre las distintas esferas de gobierno. La inercia institucional y las históricas tensiones entre el gobierno nacional y las provincias hacen que una reforma de esta naturaleza requiera un largo proceso de diálogo, consenso y ajustes mutuos. El proyecto es viable, a priori, siempre y cuando se plantee y se implemente de manera gradual, con etapas intermedias que permitan la correcta asimilación de las nuevas normas y el ajuste a las realidades del sistema impositivo existente. La adopción de un cronograma escalonado, que contemple un período mínimo de transición de cinco años, es fundamental para evitar sobresaltos en la administración y en la economía de los distintos sectores. Durante este lapso, el “Súper IVA” podría convivir parcialmente con el sistema tradicional, permitiendo identificar y corregir errores en tiempo real sin generar un shock fiscal que afecte a los contribuyentes. Por otra parte, el papel de los incentivos es crucial para lograr la aceptación de la reforma. Si la distribución de recursos derivados del “Súper IVA” se percibe como justa y se traducen en mejoras tangibles en la capacidad de financiamiento de las provincias y municipios, la propuesta ganará legitimidad y sostén político en el mediano y largo plazo. Sin embargo, la principal dificultad radica en sostener esa voluntad política a lo largo de un proceso que, por su propia naturaleza, requiere negociaciones constantes y la superación de intereses contrapuestos. Implementación. Forma Para alcanzar los beneficios máximos del “Súper IVA” y minimizar los riesgos institucionales y financieros, se hace imprescindible diseñar un marco normativo robusto acompañado de un proceso de transición cuidadosamente planificado. En primer lugar, la formulación de un nuevo Consenso Fiscal resulta indispensable. Dicho consenso debe incluir reglas claras para la adhesión voluntaria de las provincias y los municipios, definiendo un cronograma escalonado de transición que permita una coexistencia ordenada del nuevo sistema con el actual. Este mecanismo de transición debe contemplar plazos definidos, etapas de prueba y retroalimentación para ajustar la normativa conforme se vayan detectando fallas o distorsiones. La implementación del “Súper IVA” debe estar respaldada por una ley marco nacional que no solo redefina la estructura impositiva, sino que también garantice la autonomía de los gobiernos locales. Este marco debe incluir: -Un diseño preciso de la división de la alícuota entre los distintos niveles de gobierno, justificando los porcentajes asignados en función de criterios objetivos que reflejen el consumo y la capacidad contributiva de cada jurisdicción. -El establecimiento de sistemas tecnológicos de información que permitan una recaudación automática y transparente, reduciendo al mínimo la posibilidad de errores y la intervención discrecional. -Mecanismos de fiscalización y auditoría compartida, en los que participen tanto organismos federales como representantes de las jurisdicciones locales, consolidando un sistema de control descentralizado. -La posibilidad de ajustes periódicos en la distribución de recursos basados en variables económicas y sociales que permitan una adaptación dinámica del sistema a las realidades cambiantes. Asimismo, para facilitar una implementación eficaz, se debe invertir en la capacitación técnica de los funcionarios encargados del nuevo sistema, de manera que se asegure una correcta interpretación y aplicación de las reformas. Es de vital importancia establecer campañas de información y educación fiscal para los contribuyentes, de forma que se minimicen los riesgos de resistencia y se fomente la comprensión sobre los beneficios a largo plazo de la reforma. La experiencia internacional nos muestra que reformas profundas en sistemas tributarios requieren de un periodo de adaptación que, si bien puede generar ciertos inconvenientes en el corto plazo, resulta en una mayor eficiencia y equidad a mediano-largo plazo. En este sentido, la implementación del “Súper IVA” debería contar con un plan de seguimiento y evaluación que permita medir sus impactos económicos y sociales, identificando de manera proactiva los puntos críticos y adoptando soluciones correctivas en forma oportuna. Conclusión La necesidad de modernizar la estructura tributaria argentina es innegable. El desafío consiste en implementar reformas que, sin sacrificar la autonomía de las provincias y municipios, logren una distribución más equilibrada y transparente de los recursos fiscales. El “Súper IVA” se presenta como una oportunidad única para transformar un sistema histórico, reduciendo distorsiones y promoviendo un entorno más competitivo y equitativo. El éxito de esta reforma dependerá fundamentalmente de la capacidad del Estado para alcanzar un consenso interjurisdiccional que contemple tanto los intereses del gobierno central como las aspiraciones y necesidades específicas de las provincias y municipios. Se requiere, además, un marco normativo robusto y una implementación gradual que minimice los riesgos de transición y garantice la estabilidad del sistema impositivo durante todo el proceso. La incorporación de experiencias internacionales y la aplicación de teorías modernas en economía pública y administración fiscal son elementos que, unidos a una gestión política comprometida, pueden marcar la diferencia en la modernización fiscal en Argentina. Finalmente, es importante destacar que la propuesta del “Súper IVA” debe ser entendida no solo como una medida técnica, sino como un proyecto integrador que busca fortalecer la democracia fiscal y promover un modelo de eficiencia y justicia tributaria. La transformación de un sistema que ha sido fuente de tensiones y distorsiones en un mecanismo transparente, equitativo y acorde a las exigencias del mundo globalizado es, sin lugar a dudas, un objetivo ambicioso, pero plenamente alcanzable si se cuenta con la voluntad política y el consenso social necesario. En síntesis, la reforma del “Súper IVA” aspira a ser mucho más que un simple recorte o ajuste en una tasa impositiva; se plantea como una reingeniería fiscal profunda cuyo impacto puede ir desde la corrección de distorsiones históricas hasta la consolidación de un sistema federal más justo. Este proyecto, al integrar consideraciones técnicas, legales, políticas y administrativas, representa una oportunidad para redefinir las bases del estado fiscal argentino, ofreciendo una hoja de ruta que podría resultar en un modelo a seguir para otros países de la región y, potencialmente, a nivel internacional. Para aquellos interesados en profundizar en este tema, sería pertinente explorar en mayor detalle las teorías de fiscalidad óptima propuestas por diversos economistas, así como los análisis comparativos de sistemas tributarios internacionales. Asimismo, la formación de foros de discusión que incluyan a académicos, legisladores y representantes de los distintos niveles de gobierno podría facilitar el intercambio de ideas y la construcción colectiva de un sistema fiscal robusto y moderno. La implementación del “Súper IVA” no solo requiere de un diseño normativo, sino también de un compromiso sostenido con la transparencia y la innovación en la administración pública. Reflexiones finales y perspectivas El proceso de transformación del sistema tributario planteado por la reforma del “Súper IVA” invita a una reflexión más amplia sobre la evolución del estado fiscal en economías emergentes y en desarrollo. Cada reforma de esta magnitud revela tensiones subyacentes, tanto en términos de distribución de competencias como en la autonomía fiscal local. La integración de principios de equidad y eficiencia no es tarea sencilla, pues demanda la coordinación de múltiples actores y la superación de intereses creados que se han consolidado históricamente. Un aspecto a considerar en futuras investigaciones es el análisis comparativo de la implementación de esquemas tributarios basados en el consumo en distintos países, examinando cómo las adaptaciones locales pueden influir en el éxito o fracaso de tales reformas. Además, el estudio de los mecanismos de fiscalización y control en ambientes descentralizados puede aportar lecciones valiosas sobre cómo prevenir desajustes y asegurar la transparencia en el traspaso y utilización de los recursos recaudados. La experiencia del “Súper IVA” podría abrir la puerta a la implementación de otros instrumentos de política fiscal orientados a promover la equidad y la competitividad en un contexto globalizado. La consolidación de un consenso fiscal interjurisdiccional, que no solo se limite a la distribución de recursos sino que también regule el gasto público y la inversión en infraestructura, representa un reto que involucra a todas las esferas de gobierno y a la sociedad en su conjunto. En resumen, el camino hacia una estructura tributaria más justa, eficiente y transparente implica, fundamentalmente, un cambio de paradigma en la forma de concebir el rol del Estado en la economía y en la sociedad. El “Súper IVA” se presenta, por tanto, como una oportunidad para catalizar este proceso transformador, sentando las bases para una nueva era en la administración fiscal argentina. Es, en definitiva, un proyecto que conjuga el rigor técnico con la ambición política, y que, si se implementa de manera integral y consensuada, puede marcar un antes y un después en la historia de la política fiscal del país. Este documento no sólo detalla las dimensiones operativas y jurídicas del “Súper IVA” sino que también invita a la reflexión sobre el futuro del federalismo fiscal y la necesidad de un diálogo continuo que permita adaptar el sistema tributario a las demandas de una economía dinámica y globalizada. La consolidación de un sistema impositivo que respete la diversidad y autonomía de las jurisdicciones, sin comprometer la eficiencia y la equidad en la recaudación, es un objetivo ambicioso que merece tanto el análisis académico riguroso como el compromiso político decidido. Perspectivas de Investigación y debate Para aquellos que deseen profundizar en el estudio de esta reforma, se recomienda abordar investigaciones en áreas tales como: -La relación entre distorsión impositiva y competitividad empresarial, analizando los efectos del efecto cascada en diferentes sectores económicos. -Estudio comparativo de modelos internacionales de impuestos al consumo y su aplicabilidad en economías con características similares a la argentina. -Análisis de la implementación de mecanismos de fiscalización descentralizada en sistemas federales y los desafíos para mantener la transparencia y la eficiencia. Además, la inserción de modelos teóricos provenientes de la economía pública, como la teoría de la fiscalidad óptima y la teoría del federalismo fiscal, puede complementar y enriquecer en gran medida la discusión sobre la viabilidad de reformas como la del “Súper IVA”. La integración de estos marcos teóricos con estudios empíricos permitirá identificar lecciones valiosas y proponer ajustes específicos, orientados a fortalecer tanto la recaudación tributaria como la responsabilidad fiscal de los distintos niveles de gobierno. Conclusión académica En conclusión, la reforma del “Súper IVA” es un proyecto fiscal de grandes dimensiones que, al enfrentar desafíos técnicos, legales y políticos, se erige como una propuesta integradora con implicancias profundas para el estado fiscal argentino. Su éxito dependerá, en última instancia, de la capacidad del Estado para coordinar un cambio estructural que respete la autonomía local y, al mismo tiempo, promueva la eficiencia y la transparencia en la administración tributaria. Este tipo de iniciativas, cuando se fundamentan en estudios rigurosos y en experiencias internacionales contrastadas, ofrecen una ventana hacia un futuro en el que la equidad y la competitividad se reconcilian en un sistema fiscal moderno y adaptado a las exigencias del siglo XXI. Este artículo ampliado abarca aproximadamente dos mil palabras y ofrece al lector un panorama académico completo de la propuesta del “Súper IVA”. Se han abordado no solo los aspectos técnicos y legales del proyecto, sino que también se han contextualizado en debates de política fiscal, comparaciones internacionales y teorías de economía pública. La integración de estas dimensiones invita a un debate enriquecedor y subraya la importancia de un enfoque multidisciplinario en la reforma de estructuras impositivas tan fundamentales para la sociedad. Por último, la discusión sobre el “Súper IVA” no se limita a ser un ejercicio teórico, sino que constituye una oportunidad real para transformar la base recaudatoria del país, modernizando y haciendo más equitativa la distribución de recursos en un marco de respeto a la diversidad y autonomía regional. Esta amalgama de consideraciones técnicas, jurídicas, políticas y académicas asegura que la propuesta sea evaluada de forma integral, permitiendo que sus potenciales beneficios se concreten en mejoras palpables para la economía y la sociedad argentina. (*) Tributarista
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