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Parana » Bicameral
Fecha: 27/04/2025 07:40
El Senado de Entre Ríos volverá a debatir debatirá esta semana en comisiones un proyecto que se propone reglamentar el artículo 117° de la Constitución Provincial, el cual faculta a los miembros de ambas Cámaras “a solicitar datos o informes que crean necesarios en razón de sus funciones”, lo que se conoce habitualmente como pedidos de informes. Será en un plenario de las comisiones de Asuntos Constitucionales y Legislación General, que tendrá lugar el martes desde las 11.30 horas. Como consignó oportunamente Bicameral, se trata de una iniciativa de la senadora Claudia Silva (Más para Entre Ríos), y si bien tiene algunas diferencias, puede emparentarse con el proyecto de Andrea Zoff (Más para Entre Ríos) que se discute actualmente en la Cámara baja. En el caso de este último, se apunta a “regular el procedimiento de los Pedidos de Datos e Informes solicitados por las Cámaras Legislativas al Poder Ejecutivo o al Poder Judicial, de conformidad a lo prescripto por el artículo 117 y 204 inc. f) de la Constitución de la Provincia de Entre Ríos”. Cabe mencionar que en el último encuentro de comisión donde se abordó el proyecto se introdujeron algunas modificaciones al texto, que estipula que el Poder Ejecutivo deberá contestar los respectivos pedidos de informes requeridos por cualquiera de las Cámaras en un plazo no mayor a sesenta (60) días corridos, pudiendo prorrogarse por treinta (30) días más. Los miembros de la Comisión intercambiaron entonces aportes sobre el asunto y resolvieron continuar analizando el tema para mejorar el articulado. El proyecto Silva menciona en los fundamentos que este proyecto “no es nuevo”, y señala como antecedente una iniciativa presentada por el exsenador del actual oficialismo Nicolás Mattiauda. “En la actualidad sucede que muchos de los pedidos o no son contestados, o su contestación es extemporánea o carente de fundamentos”, señala. De acuerdo al argumento de la senadora, la posibilidad de acceso a la información pública que tienen los legisladores se encuentra establecida en la Constitución provincial desde el año 1933, manteniéndose en la reforma del año 2008. Sin embargo, apunta: “A pesar de que lleva casi un siglo con rango constitucional la facultad establecida en el aludido art. 117 de la Constitución de Entre Ríos, se hace necesario reglamentarla legalmente, disponiendo aspectos relevantes en orden a su tramitación, tiempo de respuestas y eventuales sanciones en supuestos de inacciones u omisiones en las respuestas de pedidos de informes”. Siguiendo la idea original del texto presentado oportunamente, “se proyectan sanciones de apercibimiento y multa para el funcionario responsable del área ejecutiva requerida, generando de tal modo el compromiso de cumplir con la manda prevista en la Carta Magna”, El dinero recaudado por multas se dispone que sea destinado para el Instituto Provincial de Discapacidad (Iprodi).
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