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Concordia » Entre Rios Ahora
Fecha: 31/03/2025 05:58
La intendenta de San Jaime de la Frontera, Miriam Díaz (Juntos) volvió a soportar un revés en la Justicia en el inacabado pleito presentada por dos trabajadoras de la Municipalidad, desafectadas al inicio de la actual gestión. en diciembre de 2023, de sus tareas habituales y a quienes se les redujo el sueldo. La Cámara del Trabajo de Concordia, con el voto de los vocales Carolina Goñe y Héctor Rodolfo Solari, rechazó un recurso de inaplicabilidad de ley en el proceso seguido por la trabajadora Elida Vargas, una de las dos afectadas en diciembre de 2023. El fracaso en esa instancia se dio por un traspié burocrático: la Municipalidad de San Jaime no realizó el depósito de ley. El fallo señala que el artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial, «de aplicación por remisión expresa del art. 140 del CPL, establece como condición de admisibilidad del recurso de inaplicabilidad de ley que `el recurrente, cuando el recurso se deduzca respecto de sentencia confirmatoria, acompañará constancia de haber depositado a disposición de la Sala, una cantidad equivalente al diez por ciento del valor del litigio, que no podrá ser inferior ni superior a los montos mínimos y máximos que respectivamente fije en forma actualizada el Superior Tribunal de Justicia`». Ese requisito, pues, no se cumplió. Por tanto, el tribunal denegó el recurso de inaplicabilidad de ley contra una sentencia previa del mismo tribunal, dictada en septiembre de 2024. Antes, la misma Cámara del Trabajo, integrada por los vocales Carolina Goñe y Luciano Ruhl, había rechazado un recurso de inaplicabilidad de ley presentado por la intendenta de San Jaime de la Frontera, Miriam Díaz (Juntos), en el marco de una demanda iniciada por Romina Lucila Corradini, desafectada en diciembre de 2023 de su lugar de trabajo administrativo y enviada a la calle, a realizar tareas de barrido, poda y limpieza de cordones cuneta con reducción del salario. En primera instancia, el Juzgado de Paz de San Jaime de la Frontera se declaró incompetente para dictaminar frente a la denuncia que se enmarcó como violencia y discriminación en el ámbito laboral. Entonces, el caso recayó en manos del juez Civil y Comercial N° 2 de Chajarí, Mariano Luis Velasco, que ordenó a la intendenta Díaz a que “proceda a reestablecer el ingreso o retribución correspondiente a los servicios” de las trabajadoras, “debiendo abstenerse de incurrir en cualquier práctica discriminatoria o desigual en este aspecto”, y les otoruge “funciones o tareas acordes a su capacidad psicofísica, evitando la asignación de aquellas que resulten perniciosas para la integridad psicofísica o afecten la dignidad de la denunciante”. El juez se apoyó en un informe del Equipo Interdisciplinario, firmado por la licenciada en Trabajo Social Florencia Siviero y el licenciado en Psicología Guillermo Grubert, firmado el 19 de marzo último, que encontró creíbles los relatos de las denunciantes. En cambio, se reprobó la actitud de la denunciada intendenta de San Jaime, quien, según los profesionales que la evaluaron, “se mostró poco colaboradora, dando respuestas rígidas y sobreestructuradas, por lo que fue muy dificultoso avanzar en la entrevista, y se limitó a negar que el municipio la tenga como empleada a la denunciante, sea con ´contrato de servicio´ o de cualquier otra forma, como también, que haya mantenido entrevista con ella; no obstante, entre los escasos aportes que hizo, expresó que ´estas dos mujeres van y prestan servicios en el Corralón, yo le dejo las tareas por hacer (que se las imparte) mi jefe de obras públicas, Fabián Zufiaurre. Pero para mí no son empleadas del municipio´, y que los sueldos son en relación ´a un escalafón´». El Municipio de San Jaime apeló el fallo de primera instancia e intervino la Cámara del Trabajo de Concordia, integrada por los jueces Héctor R. Salarí, María Josefina Pace y Carolina Goñe, que rechazó “por manifiestamente improcedente el planteo efectuado por la denunciada, en cuanto el mismo resulta manifiestamente contradictorio con lo que su propia parte manifestó ante los integrantes” del Equipo Técnico. “En ese marco –dijo la Cámara-, resulta innegable que corresponde reprocharle a su parte que por un lado continúe negando en esta instancia el vínculo que unía a la denunciante con el municipio y por otro no se haga cargo que, tal como fue advertido por el juez de grado, su parte era la que estaba en mejores condiciones de poder presentar los registros, contratos y documentación en la que figuraba la Sra. Corradini”. La Cámara no encontró sustento en los fundamentos que avalaron el recurso de inaplicabilidad de ley y señaló que sólo se presentó «una mera disconformidad desconectada de la sentencia y de la prueba allí enunciada, que el recurrente ahora acompaña con normas, pero que omite exponer cómo esas normas se contraponen con lo resuelto; es decir, no se explica cómo, en rigor, estamos en presencia de una violación de la ley vigente». El abogado Roque Mary Delpra, que representa a las dos trabajadoras, se mostró sorprendido por la negativa de la jefa comunal a acatar una disposición judicial, que dispuso que ambas vuelvan a cumplir las tareas que originalmente desempeñaban y con el mismo salario. “Son dos trabajadoras municipales que estaban en negro, no tenían ni contrato ni eran planta ni temporaria ni permanente. Le pagaban un sueldo en negro. Cuando asume la nueva gestión, que está a cargo de la señora Díaz, lo que hace es en principio bajarles el sueldo y mandarlas a hacer otras tareas que no eran las que venían cumpliendo. Una cumplía tareas administrativas en el Corralón, y otra trabajaba dentro de la parte contable también como administrativa. Y las mandan a las dos a barrer calles, en forma separada. No podían hablar entre ellas. En ese contexto, nosotros lo que hicimos fue presentar una denuncia de violencia laboral que tiene una sentencia favorable en primera instancia, y que fue confirmada en segunda instancia. Lo que se ordenó fue que tenía que restablecer el ingreso y la retribución correspondiente de los servicios que prestaban, y que le paguen los montos que percibían con anterioridad a los hechos denunciados”, detalló el letrado en declaraciones al programa Puro Cuento de Radio Plaza 94.7. La Municipalidad de San Jaime inició una batalla legal para resistir la medida. En agosto hay un fallo de la Cámara Laboral, y ante ese pronunciamiento la Intendenta va con un recurso de inaplicabilidad de ley que también le rechazan. “Tienen sentencia favorable en primer y segunda instancia, y el rechazo a un recurso de inaplicabilidad de ley que introdujo la Municipalidad. Ahora veremos los pasos a seguir. Si la postura es la misma, seguramente apelaremos a la ejecución de sentencia”, adelantó. “Esto se inició hace un año. Es increíble que incumplan”, razonó. De la Redacción de Entre Ríos Ahora
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