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» Sin Mordaza
Fecha: 22/12/2024 07:13
La Libertad Avanza decidió judicializar la reforma constitucional a través de un amparo en donde se cuestiona principalmente el formato de elección a convencionales, entre otros puntos planteados en el documento ideado por el diputado nacional Nicolás Mayoraz y presentado por el presidente del Partido Vida y Familia, Carlos Scalzotto. Leer también: Mayoraz candidato hasta que Granata diga lo contrario En el escrito, al que accedió Sin Mordaza, los libertarios solicitan que se declare la inconstitucionalidad de los artículos 2 (parcial), 5, 6 (parcial) y 9 (parcial) de la ley 14.384 que dicta la Necesidad de la Reforma de la Constitución de la Provincia de Santa Fe. En rigor, cuestionan la división, en los comicios, de convencionales por sistema proporcional, por un lado, y por circunscripción uninominal, por otro. Ese formato es el que se aplica en las elecciones a diputados y senadores provinciales. 50 legisladores de la Cámara Baja a través del sistema proporcional y 19 miembros de la Cámara Alta a través de la representación departamental. El documento plantea que la aplicación de este formato a la elección de convencionales reúne contradicciones en la norma sancionada recientemente, además de plantear que esa modalidad perjudicaría a los frentes políticos con menor representación política. En tal sentido, solicitan que se anulen los efectos de los artículos criticados ya que constituirían "un acto de autoridad pública que de forma inminente lesiona y restringe con ilegalidad manifiesta derechos y garantías reconocidos por la Constitución Nacional". Motivos El amparo hace mella sobre varios ejes contemplados en la ley 14.384. Primero se refiere al "exceso en el ejercicio de las atribuciones de la legislatura provincial al momento de determinar qué puntos pueden ser reformados". Segundo, cuestiona la modalidad de elección a convencionales constituyentes. "El mecanismo de elección de los convencionales violenta el principio de representatividad popular y contradice abiertamente lo establecido por el art. 114 de la Constitución", sostiene. En este sentido, subraya que, según la Carta Magna, la elección debe ser directa y que "el artículo 7 de la ley 14.384 establece que la elección se hará a partir de dos mecanismos de elección, a saber; 50 por sistema proporcional y 19 convencionales por circunscripción uninominal". En esta línea, puntualiza que la modalidad de elección similar al del Senado provincial "contradice abiertamente el texto y el significado del artículo 114" y que "altera el equilibrio de la representación que la constitución establece", además de perjudicar directamente a los sectores políticos de menor representación. En tercer lugar, afirman que "el artículo 9 de la Ley de Reforma establece incompatibilidades adicionales que contradicen el texto del tercer párrafo del artículo 114". En este plano, sostienen que la Carta Magna provincial permite la compatibilidad del cargo de convencional con cualquier otro del orden nacional, provincial o municipal y que, en contraste, la ley votada hace días prohíbe a miembros del Poder Judicial nacional y provincial a participar, lo que consideran una "discriminación irrazonable", entre otras aseveraciones. La ley "contradice" la Constitución Finalmente, en el amparo señalan que "la ley 14.384 contradice abiertamente y casi en su totalidad el mecanismo de reforma establecido en el artículo 114 de la Constitución provincial y demás derechos constitucionales y de fuente convencional del artículo 75 incs. 22 y 23 de la Constitución nacional". Por tal motivo, solicitan la suspensión y la declaración de la inconstitucionalidad de los puntos planteados en el escrito respecto de la ley que habilitará la reforma, parcial, de la Carta Magna de la provincia de Santa Fe.
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