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  • La Corte Suprema de la Nación declaró la inconstitucionalidad de la prisión perpetua en determinados delitos

    Parana » ViaParana

    Fecha: 22/11/2024 05:52

    La Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró la inconstitucionalidad de la prisión perpetua en la Argentina porque excluye la posibilidad de conceder la libertad condicional a un acusado cuando se cometen determinados delitos. Este fallo se hizo al rechazar un recurso de la fiscalía, contra ese caso en particular, en donde la defensa alegaba la afectación al derecho a la esperanza de un condenado. La decisión fue tomada por los jueces Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Horacio Rosatti. Por su parte, el magistrado Ricardo Lorenzetti no suscribió. El escrito mencionó: “No se advierte que en el recurso extraordinario federal la apelante haya rebatido las afirmaciones de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional respecto del derecho de una persona a conocer, desde el momento mismo de la imposición de la condena privativa de la libertad efectivamente perpetua, cuál es el régimen definitivamente aplicable de la pena impuesta”. Cuál fue el caso de homicidio La Corte Suprema aclaró que, en este caso, no se discutía la validez constitucional de la pena de prisión perpetua en sí misma. Además, el caso en cuestión, es el que involucra a Sebastián Alejandro Guerra, quien fue condenado a prisión perpetua por homicidio “criminis causae” reiterado. La defensa de Guerra argumentó la inconstitucionalidad de la prisión perpetua sin posibilidad de libertad condicional, pero el Tribunal Oral de Menores N° 2 de la Capital Federal rechazó el planteo, argumentando que Guerra aún no había cumplido el tiempo mínimo para solicitar la libertad condicional. La defensa apeló la decisión y la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal, por mayoría, declaró la inconstitucionalidad del artículo 14 del Código Penal, que excluye la libertad condicional en ciertos delitos, incluyendo el de Guerra. La fiscalía apeló la decisión de la Cámara, argumentando que no era el momento procesal adecuado para discutir la constitucionalidad de la norma. La Corte Suprema, sin embargo, rechazó el recurso extraordinario de la fiscalía, argumentando que esta no había refutado los argumentos de la Cámara de Casación. La Corte Suprema destacó que la fiscalía no había realizado un esfuerzo por responder a los fundamentos de la Cámara, que se basaban en el principio de legalidad en materia penal. Este principio exige que la ley defina claramente la conducta delictiva, la duración de la pena y las condiciones para la reinserción social, lo que en el caso de la prisión perpetua implica establecer un plazo de revisión y los requisitos para la libertad condicional. Entonces, la Corte Suprema no se pronunció sobre la constitucionalidad de la prisión perpetua, sino que se limitó a rechazar el recurso de la fiscalía por motivos procesales Aún así, la decisión sienta un precedente importante al reafirmar la importancia del principio de legalidad en materia penal y la necesidad de que las penas, incluso las más severas, cumplan con los principios de proporcionalidad y humanidad.

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