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Parana » Pagina Politica
Fecha: 04/03/2026 13:14
La Entre Ríos de 1952 fue el marco de la sanción del Código de Contravenciones, ese listado de delitos menores y sanciones que lleva bajo el brazo la Policía y que le permite actuar con alto margen de autonomía, (y de discrecionalidad), investigando y disponiendo arrestos y multas. Entre Ríos 2026 es sustancialmente otro escenario. Hay una sociedad distinta, con acuerdos de convivencia diferentes. Hay también una policía con otras características, interviniendo en un contexto en el que aparecen faltas nuevas, por nuevas maneras de la interacción, pero también por novedades ineludibles en materia jurídica: nuevos derechos y garantías y nuevas demandas a las fuerzas de seguridad. De 1952 a la fecha, se han realizado algunas pocas reformas puntuales al código. Pero ante todo se han planteado proyectos que han quedado en el tintero previendo la discusión de problemáticas específicas. Esta vez, la Cámara de Diputados debate un nuevo código completo. Supone la derogación de la norma dictada hace 74 años por la Legislatura. Se trata de un proyecto de la diputada oficialista Erica Vilma Vázquez, del departamento Islas, que se trata en la Comisión de Asuntos Constitucionales que preside la diputada Gabriela Lena. Además de ser, lisa y llanamente, un reemplazo del código vigente, amplía considerablemente los alcances. Por ejemplo, el proyecto avanza regulando faltas que hoy controlan y sancionan los municipios (en materia de tránsito o habilitaciones, por ejemplo). En esa ampliación, además, se prevén reformas importantes en materia de la orgánica judicial. Es el caso de la creación de los Juzgados Contravencionales de la Provincia de Entre Ríos, que vendrían a reestablecer los Juzgados Correccionales que existieron en la provincia hasta la entrada en vigencia del nuevo Código Procesal Penal. El proyecto contempla que puedan cumplir esta función, subsidiariamente, los jueces de paz o los jueces de garantía. El Ejecutivo no ha intervenido en la elaboración del proyecto. Según supo Página Política, la iniciativa es impulsada por Vázquez, a título personal. La temática no está en la agenda ni del Ministerio de Gobierno ni del Ministerio de Seguridad. Nuevas faltas Con relación a las contravenciones contempladas, se actualiza el código previendo nuevos tipos de faltas, en línea con el surgimiento de problemáticas nuevas como el medio ambiente (Título 7), la protección de los menores, los delitos ejercidos en el entorno digital (Capítulo IV), los daños de espacios públicos, el maltrato a los animales (Título VI), los ruidos molestos, el uso de pirotecnia, la discriminación, los desórdenes en espectáculos deportivos, etc. Se prevén agravantes en el caso de que las faltas sean cometidas por funcionarios públicos (arts. 11 y 135). También contempla la actuación policial ante presuntas faltas que pondrían en jaque el uso del espacio público o la propiedad privada. Con relación al espacio público, se prohíbe los cuidacoches o trapitos no autorizados (art. 71), previendo especialmente el sumario para funcionario que omita perseguir esta contravención. Además, queda expresado que el arte urbano y el graffiti (art. 75) no constituyen una falta si está autorizado por el propietario del bien. Con relación a reuniones y manifestaciones, (art. 85) se sanciona a quien no haya dado aviso previo y fehaciente ante autoridad policial de la realización de reuniones o asambleas, fuera de recintos privados o públicos, generando manifestaciones que perturben el orden público. Con relación a la propiedad privada y al reclamo de seguridad, se considera una falta el merodeo en zona urbana y rural (art. 93). La contravención se define como el merodeo de viviendas, edificios o vehículos, construcciones, establecimientos agrícolas, ganaderos, forestales o mineros o la permanencia en las inmediaciones de ellos en actitud sospechosa sin una razón atendible Del mismo modo, se prevén sanciones ante conductas sospechosas (art. 94) que se evidencian en inmediaciones de viviendas, edificios, construcciones o vehículos, aunque se deja abierta la posibilidad de que pueda considerarse delito la acción escalando cercas, vergas, tapias o techos; manipulando picaportes; circulando en vehículos o motovehículos sin la identificación correspondiente. Se actualizan y vuelven a contemplarse las faltas en zona rural: Intromisión en campo ajeno (art. 95); faenamiento sin autorización (art. 96); comercialización de faena sin autorización (art. 97); invasión de ganado en campo ajeno (art. 98). Sanciones El proyecto de Vázquez impulsa una jerarquización de las sanciones posibles, previendo que en primer lugar se contemple al condenado la imposición de trabajos de utilidad pública. En caso en que no fuera posible, se contempla la multa y en última instancia se prevé el arresto que puede ser de hasta 60 días. Se crea la Unidad de Control y Ejecución de la Sanción (UCES), en el ámbito de la Jefatura de Policía de Entre Ríos, área encargada de coordinar, registrar y supervisar el cumplimiento de las sanciones de trabajo de utilidad pública. Fuente: Página Política
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