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Chajari » Noticias Chajari
Fecha: 04/03/2026 14:56
Artistas y creadores culturales de Chajarí de las áreas de la música, las letras y la creación editorial pueden inscribirse hasta el martes 31 de marzo. Mediante la Ordenanza N° 3260 del HCD, promulgada por el Decreto N° 200/2026 del Departamento Ejecutivo, la Municipalidad de Chajarí amplía la entrega de subsidios reintegrables en el marco del Programa de Promoción Cultural, destinado a fortalecer el desarrollo artístico local. El mismo está dirigido a artistas y creadores culturales de la ciudad de Chajarí, específicamente de los sectores de Música, Letras y creación editorial. La inscripción estará abierta hasta el martes 31 de marzo inclusive, debiéndose realizar a través de la página www.chajari.gob.ar. En esta oportunidad se otorgarán 8 subsidios reintegrables de hasta $1.000.000; 4 de los cuales serán para música y 4 para letras y creación editorial. El subsidio podrá ser destinado a la compra de instrumentos, accesorios, equipamiento de estudio o servicios de grabación; o a la edición, impresión de libros y diseño editorial. Cada subsidio será a devolver en hasta 10 cuotas iguales, mensuales y consecutivas, sin interés. Las cuotas vencerán los días 25 de cada mes y comenzarán a pagarse el mes siguiente al otorgamiento. En caso de mora, se aplicará un interés equivalente al de la Tasa General Inmobiliaria. Los beneficiarios deberán cumplir como requisitos principales: ser mayores de 18 años de edad; acreditar dedicación comprobable a actividades artísticas o culturales; acreditar domicilio en la ciudad de Chajarí; no registrar deudas municipales; presentar garante con domicilio en Chajarí y no haber sido beneficiario del programa durante el año 2025. Para requerir el subsidio se deberá completar un formulario de solicitud; presentar un proyecto detallando destino de fondos, monto solicitado y plazo de devolución; presentar 2 presupuestos por cada bien o servicio (salvo bienes usados, que requieren uno solo), siempre priorizando comercios locales, y presentar constancia de CBU a nombre del solicitante. El subsidio deberá rendirse dentro de los 30 días de recibido, mediante factura correspondiente.
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