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  • Establecieron cambios en el régimen del personal de las Fuerzas Armadas

    Parana » El Once Digital

    Fecha: 29/01/2026 05:47

    El Gobierno nacional modifica la Reglamentación de la Ley para el Personal Militar N° 19.101 a través del Decreto 58/2026, publicado el 28 de enero de 2026 en el Boletín Oficial, con el objetivo de adecuar el régimen vigente a las reformas introducidas por el Decreto de Necesidad y Urgencia 34/26. La medida busca resolver una situación que el propio Ejecutivo considera incongruente: que los militares designados por el Poder Ejecutivo en cargos dentro del área de Defensa vean afectadas sus expectativas de carrera profesional. Según se explica en los considerandos, la normativa anterior no contempla que el personal militar pueda mantener la condición de servicio efectivo cuando pasa a desempeñar funciones dentro del ámbito civil del área de Defensa, aun cuando dichas designaciones provienen del Presidente de la Nación. Reconocimiento del servicio efectivo Con la reforma, se incorpora que el personal del cuadro permanente de las Fuerzas Armadas es considerado en servicio efectivo cuando resulta designado en cargos dentro del área de Defensa, con excepción del grado de Teniente General, que continúa rigiéndose por disposiciones específicas. De esta manera, se busca garantizar que los oficiales y suboficiales no vean interrumpida su carrera profesional por asumir funciones dentro de la estructura ministerial. Nuevas situaciones de revista El decreto sustituye el artículo 18 de la reglamentación, estableciendo que el personal del cuadro permanente puede desempeñar funciones públicas no electivas cuando es designado por el Poder Ejecutivo Nacional o por otras autoridades, en este último caso con autorización del Jefe del Estado Mayor General del Ejército. Asimismo, se modifican varios incisos del artículo 83, redefiniendo las situaciones en las que el personal es considerado en servicio efectivo, entre ellas: - Prestación de servicios en organismos del Ejército. - Funciones específicamente militares en el Consejo de Defensa Nacional, el Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas y la Casa Militar. - Cumplimiento de comisiones propias del servicio militar. También se regula el caso del personal superior que es designado en cargos no previstos expresamente para ser ocupados por militares, permitiendo su alejamiento del servicio efectivo por un plazo máximo de dos meses. La norma faculta a las áreas competentes del área de Defensa a aplicar las disposiciones necesarias para su correcta implementación. El decreto entra en vigencia el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial.

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