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Parana » Entreriosya
Fecha: 25/01/2026 17:28
Lo que comenzó como un error administrativo sin precedentes en el Consorcio Industrial de Alimentos de Chile terminó convirtiéndose en un complejo dilema legal que mantuvo en vilo a los tribunales de Santiago durante más de tres años. La historia se remonta a mayo de 2022, cuando un empleado de la firma recibió en su cuenta bancaria una transferencia equivalente a 330 veces su salario mensual. El monto, que ascendía a los 165 millones de pesos chilenos (aproximadamente 180 mil dólares), transformó radicalmente la vida del trabajador y dio inicio a una batalla judicial que recién encontró su cierre definitivo en septiembre de 2025. Al detectar la equivocación, la compañía se puso en contacto con el operario para solicitar la restitución inmediata de los fondos. Si bien en un primer momento el hombre manifestó su disposición para devolver el dinero, el desenlace fue inesperado: tres días después de la comunicación, el empleado presentó su renuncia y desapareció con el dinero. Ante lo que consideró una maniobra de mala fe, la empresa inició una demanda penal por robo, buscando no solo recuperar el capital sino también una condena ejemplificadora. El debate legal: ¿Robo o error voluntario? Durante el extenso proceso judicial, el eje de la discusión se centró en la naturaleza del acto. Mientras la parte querellante sostenía que el trabajador se había aprovechado de una situación para despojar a la empresa de su patrimonio, la defensa técnica planteó una estrategia basada en la ausencia de dolo. Los abogados del exempleado argumentaron con éxito que no existió robo ni fraude, dado que su cliente no realizó ninguna maniobra, engaño o manipulación informática para provocar el depósito; la transferencia fue, en esencia, un acto voluntario aunque erróneo de la propia compañía. Finalmente, el tribunal resolvió desestimar la acusación penal. En su veredicto, los magistrados determinaron que el hecho no encuadraba en la figura de robo, sino en una apropiación no autorizada. Este tecnicismo fue la clave de la libertad del trabajador, ya que dicha figura no se encuentra tipificada como un delito penal dentro de la legislación chilena actual. De haber sido encontrado culpable, el hombre se enfrentaba a una pena de hasta 540 días de prisión, la devolución obligatoria de los fondos y la mancha de antecedentes penales en su legajo. Los fundamentos del fallo y el futuro del caso La Justicia fundamentó su decisión en varios pilares: la falta de intervención del empleado en el sistema de pagos, la inexistencia de una maniobra previa para obtener el dinero y la naturaleza accidental del depósito por parte de la empresa. Al no haber un delito tipificado, el tribunal procedió al cierre de la causa, dejando al trabajador sin cargos criminales. Sin embargo, el triunfo del exempleado es, por ahora, estrictamente penal. Desde el Consorcio Industrial de Alimentos adelantaron que no darán el brazo a torcer y que explorarán la vía civil para intentar recuperar los 165 millones de pesos. Este nuevo capítulo legal buscaría demostrar un enriquecimiento sin causa, una instancia donde el trabajador ya no arriesgaría su libertad, pero sí el millonario botín que lo llevó a renunciar a su empleo hace ya más de tres años.
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