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  • Monotributo 2026: recategorización, topes y como evitar errores que pueden "salir caros"

    Concepcion del Uruguay » La Pirámide

    Fecha: 07/01/2026 09:20

    Monotributo 2026: recategorización, topes y como evitar errores que pueden "salir caros" El 2026 ya está en marcha y se acercan semanas clave para los millones de trabajadores inscriptos en el Monotributo, el régimen simplificado para pequeños contribuyentes de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA, ex AFIP). Muy pronto, cada monotributista deberá calcular si le corresponde cambiar de categoría, tomando en cuenta parámetros actualizados y cumpliendo con el trámite dentro del plazo previsto. Además, es un buen momento para revisar si existe riesgo de quedar fuera de este régimen, ya sea por estar cerca de los límites permitidos o por errores y descuidos frecuentes que pueden evitarse. A continuación, punto por punto, los aspectos clave que conviene conocer. Recategorización: ¿quiénes deberán hacer el trámite y cuáles son los topes del régimen? La Ley de Monotributo y las reglamentaciones de ARCA establecen que solo deberán recategorizarse aquellos contribuyentes que, al evaluar los parámetros actualizados, vean modificada su categoría, independientemente de si les corresponde subir o bajar de nivel. Las categorías del Monotributo van desde la A hasta la K, siendo esta última el límite máximo del régimen. Superado ese nivel, el contribuyente queda automáticamente excluido. Según los valores actualmente vigentes, los principales topes de exclusión son: Ingresos brutos anuales: hasta $94.805.682,90. Superficie afectada a la actividad: hasta 200 m², con excepciones según localidad. Energía eléctrica consumida: hasta 20.000 kilowatts anuales. Alquileres devengados: hasta $6.273.905,49 anuales. Precio máximo unitario de venta de bienes muebles: $536.767,47. ¿Por qué es importante monitorear los parámetros por anticipado? Si bien el control de los parámetros es clave durante todo el año, cobra especial relevancia en junio y diciembre, momentos en los que se cierra el período de análisis de los últimos 12 meses. En esos meses, el contribuyente aún puede tomar decisiones que incidan en la categoría que mantendrá durante el semestre siguiente. ¿Qué límites de categorías habrá que mirar en la próxima recategorización? Para la próxima recategorización se deberán observar los parámetros actualizados por la inflación del segundo semestre de 2025. A noviembre, el índice acumulado era del 11,13%, por lo que se estima un ajuste mínimo cercano al 12%, salvo cambios legislativos. Por ejemplo, un contribuyente ubicado hoy en la categoría F podrá mantenerse en ella si sus ingresos no superaron en términos reales ese porcentaje durante el último semestre. Los valores definitivos se conocerán el 13 de enero, cuando el INDEC publique la inflación de diciembre de 2025. ¿Hasta cuándo habrá tiempo para hacer la recategorización? La recategorización correspondiente al año calendario 2025 vencerá el 5 de febrero de 2026. El trámite deberá realizarse utilizando la nueva tabla de parámetros que publicará ARCA, una vez actualizados los valores por inflación. ¿Quiénes deberán recategorizarse en febrero y quiénes no? Deberán recategorizarse únicamente quienes detecten que los nuevos parámetros superan o quedan por debajo de los correspondientes a su categoría actual. La categoría a elegir será siempre la más alta que surja de analizar todos los parámetros aplicables. No deberán recategorizarse quienes mantengan la misma categoría ni quienes tengan menos de seis meses de actividad. Aquellos con entre seis y doce meses deberán realizar un cálculo proporcional especial. ¿Qué pasa si tengo que recategorizarme pero no lo hago? Si el contribuyente no cumple con la recategorización cuando corresponde, ARCA podrá realizarla de oficio utilizando la información disponible, principalmente los ingresos declarados. La decisión será notificada a través del Domicilio Fiscal Electrónico y podrá apelarse dentro de los 15 días posteriores, informó Clarín. ¿En qué casos aplica la exclusión al régimen y cuál es el error común que puede volverse una trampa? La exclusión del Monotributo se produce automáticamente cuando se supera cualquiera de los parámetros permitidos y puede ocurrir en cualquier momento del año, no solo en febrero o agosto. Un error frecuente es evaluar la exclusión con los valores actualizados para la recategorización. Para este análisis, deben utilizarse siempre los montos vigentes al momento de la evaluación, lo que puede generar confusiones y derivar en sanciones si no se controla adecuadamente. ¿Qué otros errores frecuentes cometen los monotributistas y deberían evitar para cuidar la permanencia en el régimen? Entre los descuidos más habituales se encuentran los gastos que no guardan relación con los ingresos declarados, la mezcla de ingresos de distintas fuentes, la facturación incompleta o fuera de término, la confusión de fechas de devengamiento y el incumplimiento de otros impuestos como Bienes Personales, Ganancias, Ingresos Brutos o tasas municipales. ¿Por qué es clave planificar, asesorarse y cuidar la permanencia ordenada en el Monotributo? Cuando el contribuyente se encuentra cerca de los límites del régimen, la complejidad aumenta y exige mayor atención a la normativa. Por eso, se recomienda planificar con anticipación y buscar asesoramiento profesional. (elonce)

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