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» Diario Norte
Fecha: 26/12/2025 09:48
La Camara Federal de Casacion Penal anulo un fallo que impedia indagar a dos sospechosos por el fallecimiento del soldado chaqueno Mauro Jose Francisco Ramirez, ocurrido en 2003 dentro de un regimiento en Misiones. Los jueces consideraron que no se investigo correctamente un posible caso de violencia institucional que haya terminado en su asesinato. La Sala I se pronuncio este martes y marco un nuevo rumbo en la causa. El hecho sucedio hace mas de dos decadas, el 26 de junio de 2003, en el Destacamento de Monte 30 del Ejercito Argentino, situado en la localidad de Apostoles, provincia de Misiones. El joven perdio la vida por un disparo de fusil FAL mientras realizaba una guardia, y aunque la version oficial inicial sostuvo que se trato de un suicidio, su familia siempre cuestiono esa hipotesis. La decision judicial reciente revoco la negativa de instancias inferiores de convocar a prestar declaracion indagatoria a dos exconscriptos, Eduardo Jeremias Brevel y Ovidio Francisco Almeida, quienes estuvieron presentes en el lugar al momento del suceso. La querella, encabezada por Susana Monica Pintos, madre de la victima, solicito estas citaciones al sostener que existen elementos suficientes para sospechar que ambos tuvieron participacion en lo que considera un homicidio o un accidente encubierto, y no un acto autoinfligido. El camino judicial hasta este punto resulto extenso y complejo. En un primer momento, la justicia provincial de Misiones archivo el caso pocas semanas despues del deceso, al catalogarlo como suicidio. Anos mas tarde, tras la intervencion de la Corte Suprema, el expediente paso al fuero federal, donde nuevamente se cerro en 2008. Recien en 2016, gracias a la insistencia de la familia y el apoyo de organismos de derechos humanos, se logro reabrir la investigacion para realizar nuevas medidas de prueba. El fallo de Casacion Los jueces Alejandro Slokar y Carlos Mahiques, quienes conformaron la mayoria en el fallo de Casacion, cuestionaron duramente el accionar de los tribunales previos. En su voto, Slokar destaco que el caso debe analizarse bajo la optica de la violencia institucional, ya que la muerte ocurrio dentro de una dependencia estatal y bajo custodia de las Fuerzas Armadas. El magistrado senalo que el Estado tiene una responsabilidad especial en estas situaciones y debe garantizar una investigacion seria, imparcial y efectiva, conforme a los estandares internacionales de derechos humanos. Uno de los puntos centrales de la sentencia se enfoco en las irregularidades detectadas durante las primeras pesquisas. Se menciono, por ejemplo, que no se preservaron pruebas fundamentales como la ropa del soldado, el arma o las vainas servidas. Ademas, se advirtio sobre la falta de imparcialidad en el inicio del proceso, dado que el juez provincial que intervino originalmente mantenia vinculos de amistad con las autoridades del regimiento y con el instructor policial a cargo del sumario. Estas falencias impidieron durante anos que se exploraran hipotesis alternativas al suicidio. La querella aporto peritajes que contradicen la teoria de que Ramirez se quito la vida. Un informe medico legista y un analisis grafologico de la Policia Federal Argentina indicaron la ausencia de tendencias suicidas en el joven, quien tenia proyectos a futuro y no presentaba antecedentes psiquiatricos. Tambien se senalo que uno de los soldados sospechosos habria manipulado el fusil en el momento del disparo, segun se desprende de testimonios y contradicciones en sus relatos. El tribunal de Casacion considero que el rechazo a indagar a los sospechosos fue arbitrario porque no atendio a la gravedad del asunto ni al derecho de las victimas a conocer la verdad. El juez Mahiques adhirio a esta postura y remarco que el acceso a la justicia no puede ser una formalidad, sino que exige respuestas razonadas, especialmente cuando hubo dilaciones que favorecieron la impunidad. Por su parte, el juez Diego Barroetavena voto en disidencia. Opino que no existian pruebas nuevas contundentes para justificar el llamado a indagatoria y que la decision de los jueces anteriores de no citar a los acusados se ajustaba a derecho, al no haber una sospecha suficiente construida sobre evidencias claras. Sin embargo, su postura quedo en minoria. Con esta resolucion, la causa debera volver a su origen para que se dicte un nuevo pronunciamiento que contemple las observaciones del maximo tribunal penal.
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